Sentencia nº 2734-2014 de Corte de Constitucionalidad, 19 de Octubre de 2015

Sentido del falloCon Lugar -Derecho a la tutela judicial efectiva
Tipo de RecursoAmparo en Única Instancia
Fecha19 Octubre 2015
Número de expediente2734-2014

AMPARO EN ÚNICA INSTANCIA EXPEDIENTE 2734-2014CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD, EN CALIDAD DE TRIBUNAL EXTRAORDINARIO DE AMPARO:Guatemala, diecinueve de octubre de dos mil quince. Se tiene a la vista para dictar sentencia, la acción constitucional de amparo en única instancia promovida por G.A.C.A. contra la Corte Suprema de Justicia, Cámara Penal. El postulante actuó con el patrocinio del abogado L.F.G.M.. Es ponente en el presente caso la Magistrada Presidenta, G.P.P.E., quien expresa el parecer de este Tribunal. ANTECEDENTESI. EL AMPAROA) Interposición y autoridad:presentadoelseis de junio de dos mil catorce, enel Juzgado de Primera Instancia Civil y Económico Coactivo del departamento de Huehuetenango y remitido, posteriormente, aesta Corte.B) Acto reclamado: resolución dediecisiete de marzo de dos mil catorce, por la que la autoridad cuestionadadeclaró improcedenteel recurso de casación que,por motivo deforma,interpusoelahora amparista contra la sentencia dictada por la SalaSéptimade la Corte de Apelaciones del ramo Penal, N. y Delitoscontra el Ambiente,en el proceso penal instruido en su contra poreldelitodeViolencia contra la mujer en su manifestación física.C) Violacionesque denuncia:alosderechosde defensa,de seguridad jurídica,a latutela judicial efectiva,delibre acceso a los tribunales de justicia y de petición, así como alos principios jurídicosdel debido procesoy de legalidad.D)Hechos que motivan el amparo:de lo expuesto por la postulante y del estudio del antecedente se resume:D.1) Producción del acto reclamado: a)elTribunal de Sentencia Penalde delitos de Femicidio y Otras Formas de Violencia contra la Mujer del departamento de Huehuetenangodictó sentencia condenatoria contraelahora postulante,porel delito de Violencia contra la mujer en su manifestación física, en forma continuada, por lo que le impuso la pena de seis añosconseis meses de prisión;b)el ahora amparistainterpusorecurso deapelación especial por motivo deforma yfondo,que la SalaSéptimade la Corte de Apelaciones del ramo Penal, N. y Delitos contra el Ambiente acogióperoúnicamente respecto al submotivo de formadevicio no esencial-fecha en la sentencia-, ordenandosurectificación y quedando firme el fallo apelado;c)el sindicadoplanteó casaciónpor motivosdeformaante la Corte Suprema de Justicia, Cámara Penal -autoridad impugnada-que,en resolución dediecisiete de marzode dos mil catorce -acto reclamado-,declaró improcedente. D.2) Agravios que se reprochan al acto reclamado:elaccionante señaló violación a losderechosy principio jurídicoenunciados,al declarar improcedente el recurso de casación, por lo siguiente:a)en relación al primer submotivo de forma, que descansa en el inciso 1) del artículo 440, del Código Procesal Penal, la autoridad reprochada resolvió cuestiones diferentes de las expuestas en el medio recursivo, sin conocerde las argumentaciones queexpuso, respecto a una omisión en la sentencia impugnada;b)en cuanto al segundo submotivo de forma, relativo al inciso 6), del artículo citado anteriormente,no se resolvió apropiadamente, pues lo que planteó fue el error de sostener el vicio de ordenar un reenvío, únicamente para la corrección de la fecha de la sentencia, contrario a los efectos del artículo 421 de la ley procesal penal, en cuanto a la emisión de un nuevo fallo y no como se hizo, únicamente un reenvío parcial. Asimismo, indicó que no se fundamentó debidamente la sentencia, pues elvicio denunciado enel recurso de casación no fue el error de la fecha en la sentencia, sino la falta de motivación por parte de la Sala,extremo que permite advertir queno se hizo el estudio respectivodelmedio de impugnación interpuesto. Concluyó enqueaún persiste el vicio denunciado en apelación especial, que no obstante habersidoargumentadoen casación,la autoridad reprochadano resolvió adecuadamente.D.3) Pretensión:solicitóque se le otorgue...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
48 temas prácticos
45 sentencias

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR