Sentencia nº 785-2011 de Corte de Constitucionalidad, 19 de Enero de 2012

Número de expediente785-2011
Fecha19 Enero 2012

AMPARO EN ÚNICA INSTANCIA EXPEDIENTE 785-2011 CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD, EN CALIDAD DE TRIBUNAL EXTRAORDINARIO DE AMPARO: Guatemala, diecinueve de enero de dos mil doce. Se tiene a la vista para dictar sentencia, la acción de amparo en única instancia promovida por Miami Air International, Inc., por medio de su Mandatario Administrativo y Judicial Especial con Representación, abogado C.N.S., contra la Corte Suprema de Justicia, Cámara Civil. La postulante actuó con el patrocinio del abogado que la representa. Es ponente en este caso la Magistrada Vocal IV, G.P.P.E., quien expresa el parecer de este Tribunal. ANTECEDENTES I. EL AMPARO A) Interposición y autoridad: presentado el dos de marzo de dos mil once, en esta Corte. B) Acto reclamado: resolución de cinco de enero de dos mil once, dictada por la autoridad impugnada, mediante la cual rechazó el recurso de casación interpuesto por la postulante contra la sentencia emitida por la Sala Primera del Tribunal de lo Contencioso Administrativo, en el proceso de esa naturaleza promovido contra el Ministro de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda. C) Violación que denuncia: a los derechos de defensa y de petición. D) Hechos que motivan el amparo: de lo expuesto por la entidad amparista se resume: D.1) Producción del acto reclamado: a) la Dirección General de Aeronáutica Civil impuso a la entidad ahora postulante una multa, por infringir la Ley de Aeronáutica Civil y su Reglamento; b) contra la decisión indicada interpuso recurso de revocatoria, el que fue declarado sin lugar por el Ministro de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda en resolución SA- cuarenta y cuatro- dos mil dos (SA-44-2002), de dieciocho de diciembre de dos mil dos; c) contra la decisión anterior, promovió demanda contencioso administrativa que, en sentencia de once de enero de dos mil diez, fue declarada sin lugar por la Sala Primera del Tribunal de lo Contencioso Administrativo; d) inconforme con lo resuelto, solicitó aclaración y ampliación, remedios que fueron declarados sin lugar; e) interpuso recurso de casación ante la Corte Suprema de Justicia, Cámara Civil, que en resolución de cinco de enero de dos mil once, fue rechazado a trámite -acto reclamado-. D.2) Agravios que se reprochan: señala que al emitir el acto reclamado la autoridad impugnada incurrió en la violación denunciada, porque de manera ilegal y arbitraria rechazó de plano el recurso de casación interpuesto, sin respetar las normas procesales y constitucionales puesto que no se resolvió su petición de conformidad con la ley y desatendiendo el criterio asentado por la Corte de Constitucionalidad en varios de sus fallos, en cuanto que la casación como medio contralor de legalidad del proceso, tiene dentro de sus finalidades la defensa del derecho objetivo y, por ello, se debe alejar de un formalismo estricto o excesivo. D.3) Pretensión: solicitó que se le otorgue amparo y, como consecuencia, se deje sin efecto la resolución reclamada y se ordene a la autoridad responsable admitir a trámite el recurso de casación. E) Uso de recursos: ninguno. F) Casos de procedencia: invocó los contenidos en los incisos a), b) y h) del artículo 10 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad. G) Leyes violadas: citó los artículos 12 y 28 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 4º. y 11 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad; y 16 de la Ley del Organismo Judicial. II. TRÁMITE DEL AMPARO

  1. A. provisional: no se otorgó. B) Tercero interesado: no hubo. C) Remisión de antecedentes: expediente de casación un mil dos – dos mil diez- cuatrocientos ochenta y ocho (1002-2010-488), de la Corte Suprema de Justicia, Cámara Civil. D) Pruebas: a) el antecedente del amparo; b)...

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