Sentencia nº 938-96 de Corte de Constitucionalidad, 17 de Abril de 1997

Fecha de Resolución17 de Abril de 1997
Número de expediente938-96

G.J. Nº 44 -Apelaciones de Sentencias de Amparos EXPEDIENTE No. 938-96

EXPEDIENTE No. 938-96 APELACION DE SENTENCIA DE AMPARO CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD: Guatemala, diecisiete de abril de mil novecientos noventa y siete. En apelación y con sus antecedentes se examina la sentencia de veintiséis de abril de mil novecientos noventa y seis dictada por la Corte Suprema de Justicia en calidad de Tribunal de Amparo, en el amparo promovido por M.R.P. contra el Ministro de la Defensa Nacional. El postulante actuó con el patrocinio del abogado J.L.S.C.. ANTECEDENTES I. EL AMPARO A) Interposición y autoridad: presentado el dieciséis de enero de mil novecientos noventa y seis en la Corte Suprema de Justicia. B) Acto reclamado: resolución diez mil trescientos dieciséis emitida por la autoridad impugnada el veintinueve de noviembre de mil novecientos noventa y cinco, que declaró sin lugar la reposición interpuesta por el postulante contra la resolución emitida por dicha autoridad al denegar el pago de la prestación de indemnización por tiempo de servicio por él solicitada. C) Violaciones que denuncia: derecho a indemnización. D) Hechos que motivan el amparo: lo expuesto por el postulante se resume: a) desempeñó el cargo de oficial en el Ejército de Guatemala durante catorce años y seis meses, lapso en el cual obtuvo el grado de Capitán Segundo del Arma de Ingenieros del Ejército, rango del que fue dado de baja el treinta de junio de mil novecientos noventa y cuatro; b) derivado de lo anterior, solicitó al Ministro de la Defensa Nacional se le pagara la prestación de indemnización por el tiempo de servicio prestado en el Ejército de Guatemala: c) dicha solicitud fue resuelta en sentido negativo, argumentando la autoridad impugnada que la indemnización no es una prestación que se encuentre contemplada en la Ley Orgánica del Instituto de Previsión Militar; d) contra dicha denegatoria interpuso reposición, la que fue declarada sin lugar por la autoridad impugnada mediante la emisión del acto reclamado; proceder que estima violatorio al derecho constitucional invocado, puesto que fue dado de baja sin que existiera causa justificada, razón por la que si le asiste el derecho al pago a tal prestación. Solicita que se le otorgue amparo. E) Uso de recursos: ninguno. F) Casos de procedencia: invocó el artículo 10 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad. G) Leyes violadas: citó el artículo 110 de la Constitución. II. TRAMITE DEL AMPARO A)...

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