Sentencia nº 40-2016 de Corte de Constitucionalidad, 11 de Agosto de 2016

PonenteMisión Internacional de Justicia
Fecha de Resolución11 de Agosto de 2016
Número de expediente40-2016
Nº de Gaceta121
Tipo de expedienteAmparo en Única Instancia
Sentido del falloSin Lugar -Ausencia de agravio
Tipo de antecedentePenal -Procedimiento común - Delitos de acción pública

AMPARO EN ÚNICA INSTANCIA EXPEDIENTE 40-2016CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD, EN CALIDAD DE TRIBUNAL EXTRAORDINARIO DE AMPARO:Guatemala,once de agosto de dos mil dieciséis.

Se tiene a la vista para dictar sentencia, la acción constitucional de amparo en única instancia, promovida por la entidad Misión Internacional de Justicia, por medio de su Mandataria Especial Judicial con Representación, M.S.G.D., contra la Corte Suprema de Justicia, Cámara Penal. La entidad postulante actuó con el patrocinio de la referida mandataria. Es ponente en el presente caso el Magistrado Presidente, N.A.H., quien expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTESI. EL AMPAROA) Interposición y autoridad:presentado el seis de enero de dos mil dieciséis en esta Corte.B) Acto reclamado:sentencia de quince de julio de dos mil quince, por la que la autoridad denunciada declaró procedente el recurso de casación que por motivo de fondo interpuso J.A.G.J., contra el fallo proferido por la Sala de la Corte de Apelaciones del ramo Penal de Delitos de F. y Otras Formas de Violencia contra la Mujer del departamento de Guatemala que no acogió el recurso de apelación especial que interpuso, dentro del proceso penal seguido en su contra por el delito de violación con agravación de la pena y circunstancias especiales de agravación en forma continuada.C) Violaciones que denuncia:a los derechosa la igualdad, de legalidad, al debido proceso y a la tutela judicial efectiva, así como al principio del interés superior del niño.D) Hechos que motivan el amparo:de lo expuesto por la institución postulante y del estudio del antecedente se resume:D.1) Producción del acto reclamado: a)el Tribunal Segundo Pluripersonal de Sentencia Penal de Delitos de F. y otras Formas de Violencia contra la Mujer, y Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas del departamento de Guatemala, declaró a J.A.G.J. autor del delito de violación con agravación de la pena y circunstancias especiales de agravación en forma continuada;b)contra la resolución anterior, el acusado interpuso recurso de apelación especial por motivo de fondo, que la Sala de la Corte de Apelaciones del ramo Penal de Delitos de Femicidio y Otras Formas de Violencia contra la Mujer del departamento de Guatemala no acogió;c)contra esa decisión,el procesado promovió recurso de casación por motivo de fondo, que la Corte Suprema de Justicia, Cámara Penal -autoridad impugnada-,en sentencia de quince julio de dos mil quince -acto reclamado-, declaró procedente.D.2) Agravios que reprocha al acto reclamado:la autoridad cuestionada:a)pretendió sustentar el fallo en la supuesta vulneración al principione bis in idem,realizando para ello una interpretación errada sobre el concurso aparente de normas, pues los artículos 173 y 195Quinquies, a los que atribuyó identidad de contenido, se refieren, el primero, a los elementos del tipo penal, en tanto que el segundo a la pena propiamente dicha, por lo que lo resuelto carece de la fundamentación debida;b)la Cámara basó su decisión en conceptos doctrinales y no en la ley; yc)el tribunal de casación no consideró que por la condición de la agraviada, en el análisis efectuado, debió prevalecer el interés superior del niño, derecho preferente que se encuentra garantizado en la ley y en convenios internacionales en materia de derechos humanos.D.3) Pretensión:solicitó que se otorgue la protección constitucional instada y, como consecuencia, se deje en suspenso el acto reclamado, ordenando a la autoridad cuestionada emitir un nuevo fallo sin los vicios denunciados.E) Uso de procedimientos y recursos:ninguno.F) Casos de procedencia:invocó los contenidos en los incisos a), d) y h) del artículo 10 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad.G) Leyes que estimó violadas: citó los artículos4º, 12 y 17 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 3 de la Convención sobre los Derechos del Niño; 4 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad; 173 y 195Quinquies del Código Penal.

II. TRÁMITE DEL AMPAROA)A. provisional:no se otorgó.B) Terceros interesados: a)J.A.G.J., acusado;b)N.M.G., abogado defensor; yc)Ministerio Público.C) Remisión de antecedente:expediente del recurso de casación 01004-2015-00246 de la Corte Suprema de Justicia, Cámara Penal.D) Medios de comprobación:mediante auto de doce de febrero de dos mil dieciséis, se relevó del período probatorio y se incorporó como medios de comprobación:a)el antecedente del amparo; yb)copia certificada de las...

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