Sentencia nº 1541-2014 de Corte de Constitucionalidad, 6 de Marzo de 2015

Fecha de Resolución 6 de Marzo de 2015
Número de expediente1541-2014
Nº de Gaceta115
Tipo de expedienteApelación de Sentencia de Amparo
Sentido del falloSin Lugar
Tipo de antecedenteAdministrativo

APELACIÓN DE SENTENCIA DE AMPARO

EXPEDIENTE 1246-2014

CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD: Guatemala, seis de marzo de dos mil quince.

En apelación y con copia de sus antecedentes, se examina la sentencia de diecisiete de enero de dos mil catorce, dictada por el Juzgado Octavo de Primera Instancia Civil del departamento de Guatemala, constituido en Tribunal de Amparo, en la acción constitucional promovida porLuis F.E.X. y F.G.M.E. contra el Tribunal Electoral del Benemérito Cuerpo Voluntario de B.s de Guatemala.Los postulantes actuaron con el patrocinio del abogado N.R.B.. Es ponente en este caso el Magistrado Vocal III, M.R.C.C., quien expresa el parecer de este tribunal.

ANTECEDENTES
  1. EL AMPARO

A) Interposición y autoridad: presentado el dieciséis de septiembre de dos mil trece, en el Juzgado de Paz Penal de Faltas de Turno del departamento de Guatemala; posteriormente remitido a la Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Ramo Civil y M., quien por razón de competencia lo envió al Juzgado Octavo de Primera Instancia Civil del departamento de Guatemala. B) Actos reclamados: lo constituyen: a) la resolución de diecinueve de junio de dos mil trece, por la que la autoridad cuestionada dispuso: “(…) por recibido el presente memorial contentivo de la denuncia de los señores F.G.M.E., H.A.H.S. y L.F.E.X.. En vista de que el señor H.A.H.S. no pertenece a esta institución se rechaza el mismo (…)”. Y b)resolución de trece de agosto de dos mil trece, dictado por la autoridad impugnada, que repelió el recurso de apelación instado contra el rechazo liminar de un recurso de nulidad. C) Violaciones que se denuncian: a los derechos de defensa, de petición y al principio jurídico del debido proceso.D) Hechos que motivan el amparo:de los antecedentes y lo expuesto por los postulantes se resume:D.1) Producción del acto reclamado: a. El once de marzo de dos mil trece el Benemérito Cuerpo Voluntario de B.s de Guatemala convocó a elecciones generales para elegir la Segunda Mitad del Directorio Nacional de dicha institución, período dos mil trece – dos mil quince (2013-2015) y a la Junta de Oficiales de todas las compañías del país, correspondiente al período dos mil trece – dos mil catorce (2013-2014), la cual se celebraría el siete de julio de dos mil trece, de ocho a dieciséis horas en todas las compañías de la institución.b.Con fecha catorce de junio de dos mil trece comparecieron a presentar ante la autoridad impugnada, denuncia contra la agrupación política que dentro de dicho cuerpo se denomina Unidad, por violación a la ley orgánica de la institución, requiriendo la suspensión de la agrupación y la renovación de la convocatoria a elecciones, a efecto de que el proceso electoral se realizara conforme a la ley.c.El Tribunal Electoral del Benemérito Cuerpo Voluntario de B.s de Guatemala emitió la decisión de diecinueve de junio de dos mil trece –primer acto reclamado-, en la que dispuso rechazar el memorial contentivo de la denuncia aludida, tras considerar que H.A.H.S. no pertenecía a esa institución por habérsele dado de baja desde el diecinueve de abril de dos mil trece, según consta en el Acuerdo sesenta . cero cuatro – dos mil trece (60.04-2013). d. Contra lo anteriormente manifestado interpusieron recursos de aclaración y ampliación, mediante escritos distintos, el segundo de los cuales fue declarado sin lugar en resolución de diez de julio de dos mil trece, contra dicho fallo instó nulidad, debido a que no se pronunció respecto del primero de los correctivos aludidos, la cual fue declarada sin lugar –rechazada según el argumento utilizado- en fallo de treinta y uno de julio de dos mil trece.e. Promovieron recurso de apelación, que fue declarado sin lugar por extemporáneo el trece de agosto de dos mil trece –segundo acto reclamado-.D.2) Agravios que se reprochan al acto reclamado:estiman que la autoridad cuestionada, al emitir las decisiones que causan los actos reclamados infringió sus derechos enunciados con fundamento en que:(i)rechazó la denuncia presentada debido a que uno de los presentados, H.A.H.S., fue dado de baja y por ende no pertenecía a esa institución, no obstante dicha medida aun no le había sido notificada y, por ende, todavía ostentaba la condición de integrante del Cuerpo de B.s;(ii)el Reglamento Electoral del Benemérito Cuerpo Voluntario de B.s de...

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