Sentencia nº 677-2014 de Corte de Constitucionalidad, 6 de Noviembre de 2014

PonenteWerner Eduardo Montiel Aldana
Fecha de Resolución 6 de Noviembre de 2014
Número de expediente677-2014
Nº de Gaceta114
Tipo de expedienteAmparo en Única Instancia
Sentido del falloCon lugar -Por considerar que la Norma Impugnada vulnera derechos Constitucionales
Tipo de antecedenteAdministrativo -Acuerdo Gubernativo

AMPARO EN ÚNICA INSTANCIA EXPEDIENTE 677-2014CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD, EN CALIDAD DE TRIBUNAL EXTRAORDINARIO: Guatemala, seis de noviembre de dos mil catorce.

Se tiene a la vista para dictar sentencia, la acción de amparo en única instancia promovida por W.E.M.A., en su calidad de Gerente y Representante Legal del Plan de Prestaciones del Empleado Municipal, contra el Presidente de la República. El postulante actuó con el patrocinio del abogado A.C. Albizures.Es ponente en el presente caso el Magistrado Vocal II, A.M.A., quien expresa el parecer de este Tribunal.

ANTECEDENTESI. EL AMPAROA) Interposición y autoridad: presentado el siete de febrero de dos mil catorce, en esta Corte.B) Acto reclamado:artículo 5 del Acuerdo Gubernativo 502-2013 de trece de diciembre de dos mil trece, emitido por el Presidente de la República, que establece:“(…) La creación de puestos para personal permanente y temporal, sólo podrá autorizarse cuando se trate de servicios que se requieran para incremento de cobertura y que se encuentren vinculados con programas de modernización del Estado, siempre que para ello exista aprobación previa del Ministerio de Finanzas Públicas y de la Oficina Nacional de Servicio Civil (Onsec). En todo caso, ningún sueldo podrá ser superior al inicial de acuerdo con la escala de salarios vigente”.C) Violaciones que denuncia:al deber del Presidente de la República de emitir reglamentos sin alterar el espíritu de la ley.D) Hechos que motivan el amparo:de lo expuesto por la postulante y del análisis de los antecedentes, se resume:D.1) Producción del acto reclamado:a)presentó al Organismo Ejecutivo, para su conocimiento e información, su Presupuesto de Ingresos y Egresos para el año dos mil catorce;b)posteriormente, el Presidente de la República emitió el Acuerdo 502-2013 de trece de diciembre de dos mil trece, normativa que en su artículo 5 -acto reclamado-.D.2) Agravios que se reprochan al acto reclamado:estima la postulante que mediante la emisión del acto reclamado, específicamente en el artículo 5 aludido, la autoridad denunciada le impuso procedimientos y obligaciones que vulneran la autonomía municipal y que contradicen lo normado en la Ley Orgánica del Plan de Prestaciones del Empleado Municipal, dado que impone procedimientos que esa ley ordinaria no establece. La citada Ley Orgánica únicamente podría ser modificada por disposición de igual categoría.D.3) Pretensión: solicitó que se le otorgue amparo y, como consecuencia, se suspendan en forma definitiva el acto reclamado.E) Uso de recursos:ninguno.F) Casos de procedencia:invocó los contenidos en los incisos a), b), d) y h) del artículo 10 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad.G) Leyes violadas:citó los artículos 12 y 183, inciso e), de la Constitución Política de la República de Guatemala.

II. TRÁMITE DEL AMPAROA) A. provisional:no se otorgó.B) Tercera interesada:Dirección Técnica del Presupuesto, del Ministerio de Finanzas Públicas.C) Informe circunstanciado:la autoridad denunciada describió el proceso de aprobación del presupuesto del...

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