Sentencia nº 112-2007 de Corte de Constitucionalidad, 16 de Agosto de 2007

Fecha de Resolución16 de Agosto de 2007
Número de expediente112-2007

APELACIÓN DE SENTENCIA DE AMPARO EXPEDIENTE 112-2007 CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD: Guatemala, dieciséis de agosto de dos mil siete. En apelación y con sus antecedentes, se examina la sentencia del dieciocho de septiembre de dos mil seis, dictada por la Corte Suprema de Justicia, Cámara de A. y A., en el amparo promovido por el Estado de Guatemala, contra la Sala Segunda de la Corte de Apelaciones de Trabajo y Previsión Social. El postulante actuó con el patrocinio del abogado J.I.J.C.. ANTECEDENTES I. EL AMPARO A) Interposición y autoridad: presentado el seis de octubre de dos mil cuatro, en la Secretaría de la Corte Suprema de Justicia. B) Acto reclamado: sentencia de siete de julio de dos mil cuatro dictada por la autoridad impugnada, que declaró con lugar el juicio ordinario laboral en única instancia promovido por G.A.G.S. en su contra y, como consecuencia, se le condenó al pago de indemnización, daños y perjuicios a favor de la persona mencionada. C) Violaciones que denuncia: al principio de legalidad. D) Hechos que motivan el amparo: de lo expuesto por el postulante y del análisis de los antecedentes, se resume: D.1) Producción del acto reclamado: a) G.A.G.S. fue destituido del cargo que desempeñaba como Asesor Profesional Especializado II del Ministerio de Educación, bajo el renglón presupuestario cero veintidós; b) como consecuencia de la decisión mencionada precedentemente, presentó solicitud de pago de indemnización ante la Junta Nacional de Servicio Civil, autoridad administrativa que la declaró sin lugar; c) no encontrándose conforme con tal decisión, el ex trabajador promovió juicio ordinario laboral en única instancia en su contra y de la entidad nominadora mencionada, ante la Sala Segunda de la Corte de Apelaciones de Trabajo y Previsión Social, reclamando el pago de indemnización y daños y perjuicios, por haber sido despedido en forma injustificada; d) la autoridad impugnada, mediante la resolución que constituye el acto reclamado, declaró con lugar la demanda promovida por el ex trabajador y, en consecuencia, se le condenó al pago de indemnización, daños y perjuicios. D.2) Agravios que se reprochan al acto reclamado: estima el postulante que se vulneran sus derechos, debido a que: a) la autoridad impugnada, no aplicó las normas específicas al caso concreto, por el contrario, sustentó dicha decisión en los preceptos contenidos en el Código de Trabajo con relación a la continuidad en la prestación de los servicios, sin percatarse que de conformidad con el Acuerdo Gubernativo 212-99, que es el que regula todo lo relativo a las personas contratadas bajo el renglón presupuestario cero veintidós (022), no se encuentra obligado a pagar indemnización al ex trabajador, debido a que la relación laboral de éste se extinguió como consecuencia del vencimiento del plazo pactado en el propio contrato de trabajo, por lo que el despido no puede considerarse injustificado; y b) además, la resolución descrita precedentemente es incongruente con los hechos, fundamentos legales y medios de prueba que se aportaron al proceso, y ello se verifica con el resultado del diligenciamiento de estos últimos, porque no fueron valorados de manera concreta por la autoridad recurrida, de lo contrario se lo debió absolver de la pretensión ejercitada por el actor, ya que demostró plenamente que aquel aceptó y ratificó cada una de las cláusulas de los contratos suscritos para prestar sus servicios; en consecuencia, al haber declarado con lugar la demanda ordinaria laboral promovida en su...

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