Sentencia nº 3347-2006 de Corte de Constitucionalidad, 12 de Julio de 2007
Fecha de Resolución | 12 de Julio de 2007 |
Número de expediente | 3347-2006 |
APELACIÓN DE SENTENCIA DE AMPARO EXPEDIENTE 3347-2006 CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD: Guatemala, doce de julio de dos mil siete. En apelación y con sus antecedentes, se examina la sentencia del nueve de mayo de dos mil seis, dictada por la Corte Suprema de Justicia, Cámara de Amparo y A., en el amparo promovido por M.R.V.G. contra la Sala Segunda de la Corte de Apelaciones de Trabajo y Previsión Social. El postulante actuó con el patrocinio del abogado M.F.L.P.. ANTECEDENTES I. EL AMPARO A) Interposición y autoridad: presentado el siete de abril de dos mil cuatro, en el Juzgado Primero de Paz del Ramo Penal de Turno Grupo “D” Nocturno y remitido posteriormente a la Corte Suprema de Justicia, Cámara de Amparo y A.. B) Acto reclamado: sentencia de cinco de febrero de dos mil cuatro dictada por la autoridad impugnada, que revocó la emitida por el Juzgado Primero de Trabajo y Previsión Social de la Primera Zona Económica, que declaró sin lugar la excepción perentoria de prescripción interpuesta por la demandada y, como consecuencia, resolvió con lugar la demanda ordinaria laboral interpuesta por el ahora amparista contra la entidad Central de Alimentos, Sociedad Anónima. C) Violaciones que denuncia: debido proceso, derechos sociales mínimos, principio de tutelaridad de las leyes laborales e irrenunciabilidad de los derechos laborales. D) Hechos que motivan el amparo: de lo expuesto por la postulante y del análisis de los antecedentes, se resume: D.1) Producción del acto reclamado: a) en el Juzgado Primero de Trabajo y Previsión Social de la Primera Zona Económica, promovió juicio ordinario laboral en contra de la entidad Central de Alimentos, Sociedad Anónima, solicitando el pago de prestaciones laborales por haber sido despedido en forma injustificada; b) el Juzgado mencionado dictó sentencia declarando sin lugar la excepción perentoria de prescripción interpuesta por la parte demandada y, como consecuencia, resolvió con lugar la demanda ordinaria laboral que promovió, condenándose a la empleadora al pago de prestaciones laborales de conformidad con la ley; y c) contra dicho fallo la entidad anteriormente nombrada interpuso recurso de apelación, y la autoridad impugnada, mediante la resolución que constituye el acto reclamado, revocó lo resuelto en primera instancia. D.2) Agravios que se reprochan al acto reclamado: afirma el postulante que se vulneran sus derechos, debido a que: a) la autoridad impugnada declaró con lugar la excepción perentoria de prescripción interpuesta por la parte demandada en el juicio ordinario laboral; para llegar a ese resultado, al computar el plazo que medió entre el día que se le notificó su despido y la gestión presentada en la Inspección General de Trabajo, lo hizo a partir del mismo día en que cesó la relación laboral, aplicando el artículo 260 del Código de Trabajo, no obstante que de conformidad con el artículo 45 inciso e) de la Ley del Organismo Judicial, todo plazo debe computarse a partir del día siguiente al de la última notificación, de ahí que su derecho a reclamar contra el patrono por despido injustificado no había prescrito; b) la autoridad recurrida, en caso de duda sobre la interpretación o alcance de las disposiciones legales, reglamentarias o contractuales en materia laboral -que fue lo que sucedió en el caso concreto-, debió interpretar las mismas en el sentido más favorable para el trabajador; c) la Sala impugnada, mediante la resolución que constituye el acto reclamado, examinó una sentencia dictada por el Juez Primero de Trabajo y Previsión
Social de la Primera Zona Económica, que no corresponde al proceso subyacente al presente amparo, por lo que resolvió en base a una sentencia inexistente o, en todo caso incorrecta, de conformidad con las constancias que obran en autos; y d) al declarar sin lugar la demanda en cuanto al pago de indemnización y daños y perjuicios, se dio valor en el proceso a las pruebas aportadas por la entidad demandada, sin percatarse que el J. de primera instancia estableció que la supuesta causal que motivó su despido no encuadra dentro de la premisa invocada por la ex empleadora. D.3) Pretensión: solicitó que se le otorgue amparo. E) Uso de recursos contra el acto reclamado: ninguno F) Casos de procedencia: invocó los contenidos en los incisos a), d) y h) del artículo 10 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad. G) Normas que se consideran violadas: artículos 12, 102, 103, 106 y de la Constitución Política de la República; 17 del Código de Trabajo; y 45 inciso e) de la Ley del Organismo Judicial. II. TRÁMITE DEL AMPARO. A) A. provisional: no se otorgó. B) Tercero interesado: Central de Alimentos, Sociedad Anónima. C) Remisión de Antecedentes: a) juicio ordinario laboral cuatrocientos cuarenta y cuatro – dos mil uno (444-2001) del Juzgado Primero de Trabajo y Previsión Social de la...
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