Sentencia nº 995-2002 de Corte de Constitucionalidad, 21 de Noviembre de 2002

Fecha de Resolución21 de Noviembre de 2002
Número de expediente995-2002

G.J.N. 66- Apelaciones de Sentencias de Amparo 995-2002

EXPEDIENTE 995-2002 CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD: Guatemala, veintiuno de noviembre de dos mil dos. En apelación y con sus antecedentes, se examina la sentencia de veintiocho de junio de dos mil dos, dictada por la Sala Decimocuarta de Corte de Apelaciones, constituida en Tribunal de Amparo, de C. departamento de Alta Verapaz, en el amparo promovido por M.T.C.B. contra el Fondo de Tierras. El postulante actuó con el patrocinio del abogado, M.H.P.R.. ANTECEDENTES I. EL AMPARO A) Interposición y autoridad: presentado en la Sala Decimocuarta de la Corte Apelaciones, de Cobán Alta Verapaz el trece de mayo de dos mil dos. B) Acto reclamado: El amparista indica que el objeto del amparo es que el Fondo de Tierras, por medio de su Gerente General, emita resolución pronunciándose sobre la oposición presentada el diez y diecinueve de julio del año dos mil uno, dentro del expediente de remedida que se efectuó en una finca de su propiedad, la que se pretende titular para la nación. Dicho expediente se encuentra en estado de resolver ya que el estudio técnico exigido se concretó y el informe del ingeniero encargado ya se presentó. C) Violaciones que denuncia: derechos de defensa y de propiedad. D) Hechos que motivan el amparo: lo expuesto por el postulante se resume: a) que el diez y diecinueve de junio de dos mil uno, dirigió memoriales al despacho del Presidente Constitucional de la República, en los cuales manifiesta su oposición a un trámite de agrimensura, que se pretende realizar en una finca de su propiedad, que el estado pretende titular para sí, y pidió que se solventara la situación jurídica existente la cual es confusa y le perjudica; b) que el Fondo de Tierras al conocer su oposición, convino en realizar estudios para determinar los mojones de la propiedad del amparista; c) reiteró la necesidad de concretar los estudios respectivos ya que la inscripción del terreno a favor de la nación, viola su derecho constitucional de propiedad. Solicita se otorgue amparo. E) Uso de recursos: ninguno. F) Casos de procedencia: invocó los contenidos en el inciso f), del artículo 10 de la ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad. G) Leyes violadas: citó los artículos 12 y 28 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 8, 10, 27, 28 y 31 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad. II. TRAMITE DEL AMPARO: A) Amparo provisional: no se otorgó. B) Tercero interesado: N.G.P.. C) Antecedentes: expediente cuarenta y nueve guión dos mil dos, a cargo del oficial segundo de la Sala Decimocuarta de la Corte de Apelaciones. D) Pruebas: los antecedentes del amparo relacionados en el apartado anterior. E) Sentencia de primer grado: el Tribunal consideró: “...Que según acta identificada como veintidós-noventa y...

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