Sentencia nº 5829-2013 de Corte de Constitucionalidad, 19 de Agosto de 2014

Número de expediente5829-2013
Fecha19 Agosto 2014
Tipo de RecursoAmparo en Única Instancia

AMPARO EN ÚNICA INSTANCIA EXPEDIENTE 5829-2013 CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD, EN CALIDAD DE TRIBUNAL EXTRAORDINARIO DE AMPARO:Guatemala, diecinueve de agosto de dos mil catorce.

Se tiene a la vista para dictar sentencia, el amparo en única instancia promovido por R.R.T.G. contra la Corte Suprema de Justicia, Cámara Penal. El postulante actuó bajo el patrocinio de la abogada M.D.M.A.. Es ponente en este caso el M.P., R.M.B., quien expresa el parecer de este Tribunal.

ANTECEDENTESI. EL AMPAROA) Interposición y autoridad:presentado el dieciséis de diciembre de dos mil trece en la Secretaría General de este Tribunal.B) Acto reclamado:sentencia de dos de agosto de dos mil doce emitida por la Corte Suprema de Justicia, Cámara Penal en la cual se declara con lugar el recurso de casación interpuesto por el Ministerio Público contra el fallo de veintiuno de febrero de dos mil once dictado por la Sala Segunda de la Corte de Apelaciones del ramo Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente y, en consecuencia, lo casó por motivo de fondo, condenando al postulante como responsable del delito consumado de violencia contra la mujer, en contra de G.C.L., imponiéndole la pena de cinco años de prisión conmutables a razón de cinco quetzales diarios.C) Violaciones que denuncia: al derecho de defensa y a los principios jurídicos del debido proceso, presunción de inocencia, justicia y seguridad jurídica.D) Hechos que motivan el amparo:de lo expuesto por el postulante y del análisis de los antecedentes, se resume:D.1) Producción del acto reclamado:a)el Tribunal Sexto de Sentencia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente del departamento de Guatemala absolvió al ahora postulante dentro del proceso incoado en su contra por el delito de violencia contra la mujer;b)contra el fallo antedicho,el Ministerio Público interpuso recurso de apelación especial que la Sala Segunda de la Corte de Apelaciones del ramo Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente, dispuso no acoger;c) contra la sentencia antes mencionada, ante la Corte Suprema de Justicia, Cámara Penal -autoridad reclamada- el encargado de la persecución penal promovió recurso de casación por motivo de fondo, que fue declarado con lugar en sentencia de dieciséis de junio de dos mil once;d)inconforme con lo anterior, el ahora postulante promovió acción de amparo, la que fue conocida por este Tribunal dentro del expediente tres mil seiscientos setenta y seis – dos mil once (3676-2011) y en sentencia de catorce de junio de dos mil doce, otorgó la protección constitucional solicitada ordenando a la autoridad recurrida dictar nueva resolución de acuerdo a los términos relacionados en ese fallo;e)en cumplimiento de lo anterior, en sentencia de dos de agosto de dos mil doce –acto reclamado- la autoridad objetada declaró con lugar la casación interpuesta, y en consecuencia, casó el fallo impugnado, declarando al hoy amparista autor responsable del delito de violencia contra la mujer y le impuso la pena de cinco años de prisión conmutables a razón de cinco quetzales diarios.D.2) Agravios que se reprochan al acto reclamado:el postulantemanifestó que la autoridad reclamada ocasionó las violaciones enunciadas al declarar con lugar el recurso de casación promovido por el Ministerio Público, aun y cuando la sentencia emitida por la Sala de la Corte de Apelaciones estaba debidamente fundamentada y contenía los razonamientos en forma clara y precisa por los que no acogió la apelación especial contra el fallo que lo absolvió, dejándolo en total estado de indefensión.D.3) Pretensión:solicitó que se le otorgue amparo y, como consecuencia, se deje sin efecto la sentencia que constituye el acto reclamado y se ordene a la Corte Suprema de Justicia, Cámara Penal, emitir la que en derecho corresponde.E) Uso de recursos: ninguno.F) Caso de procedencia:no invocó.G) Leyes que denuncia como violadas:citó los artículos 12 y 14 de la Constitución Política de la República de Guatemala.

  1. TRÁMITE DEL AMPARO

A) A. provisional:no se otorgó.B) Terceros interesados: a)Unidad de Impugnaciones del Ministerio Público y, b) M.D.M.A..C) Remisión de antecedente:expediente de casación ciento dos – dos mil once (102-2011) de la Corte Suprema de Justicia, Cámara Penal.D)Medios de Comprobación: a)sentencia de catorce de junio de dos mil doce dictada por este Tribunal...

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