Sentencia nº 3662-2016 de Corte de Constitucionalidad, 29 de Noviembre de 2016

Sentido del falloSin Lugar -Ausencia de agravio
Sentencia en primera instanciaSalas de la Corte de Apelaciones -Sala Primera de la Corte de Apelaciones de Trabajo y Previsión Social
Tipo de RecursoApelación de Sentencia de Amparo
Fecha29 Noviembre 2016
Número de expediente3662-2016

APELACIÓN DE SENTENCIA DE AMPARO EXPEDIENTE 3662-2016CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD:Guatemala, veintinueve de noviembre de dos mil dieciséis.

En apelación, y con sus antecedentes, se examina la sentencia de veintisiete de mayo de dos mil dieciséis, dictada por la Sala Primera de la Corte de Apelaciones de Trabajo y Previsión Social, constituida en Tribunal de A., en la acción constitucional de amparo promovida por la entidad Autómata, Sociedad Anónima, por medio del Gerente Especial para Asuntos Laborales, O.R.M.Z., contra el J. Sexto de Trabajo y Previsión Social del departamento de Guatemala. La postulante actuó con el patrocinio del Abogado M.L.C.C.. Es ponente en este caso el Magistrado Vocal III, B.A.M.O., quien expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTESI. EL AMPAROA) Interposición y autoridad: presentado el veinte de enero de dos mil dieciséis, en el Juzgado de Paz Penal de Faltas de Turno del municipio de Guatemala y, posteriormente, remitido a la Sala Primera de la Corte de Apelaciones de Trabajo y Previsión Social. B) Acto reclamado: resolución de catorce de diciembre de dos mil quince, por la que el J. Sexto de Trabajo y Previsión Social del departamento de Guatemala, dictó auto para mejor proveer en el juicio ordinario laboral promovido por E.F.G.C. contra la ahora amparista. C) Violaciones que denuncia: a los principios jurídicos de legalidad y del debido proceso. D) Hechos que motivan el amparo: de lo expuesto por la postulante se resume: D.1) Producción del acto reclamado: a) en el Juzgado Segundo de Trabajo y Previsión Social para la Admisión de Demandas del departamento de Guatemala, E.F.G.C., por medio del Mandatario Especial Judicial con Representación, A.O.F.F., promovió juicio ordinario laboral en su contra, manifestando que fue destituido en forma directa e injustificada del puesto que desempeñaba como “Técnico”, por lo que reclamó el pago de prestaciones laborales, indemnización, reajuste salarial, costas judiciales, daños y perjuicios y b) en el proceso mencionado, el J. Sexto de Trabajo y Previsión Social del departamento de Guatemala, autoridad que continuó conociendo el juicio, el catorce de diciembre de dos mil quince, dictó auto para mejor proveer (acto reclamado), en el que le requirió:i.la totalidad de documentos obrantes en los autos que no fueron ofrecidos como prueba de la demanda, su contestación o bien de las excepciones perentorias”; ii.copia simple de la totalidad de las facturas que fueron entregadas por el actor en el período del veinte de junio de dos mil siete al diez de septiembre de dos mil doce y que se acreditaran los pagos de los montos que estas documentan;iii.copia de todas las facturas emitidas por el actor”, así como las que hayan sido anuladas yiv.certificación bancaria u otro documento en los que conste las acreditaciones que hizo la demandada a la cuenta del interesado. D.2) Agravios que se reprochan al acto reclamado: denuncia la amparista que la autoridad cuestionada le produjo agravio porque: a) al proferir el acto reclamado, benefició a la actora, en virtud de que suplió las deficiencias en que esta incurrió junto a su abogado asesor, puesto que incumplió con aportar prueba y b)no tomó en cuenta que el objeto del auto para mejor proveer es despejar o aclarar cualquier situación dudosa que se origine en el proceso, pero no faculta al juzgador para que en forma antojadiza incorpore prueba a este, tal como ocurrió en el caso concreto. D.3) Pretensión: solicitó que se otorgue amparo y, como consecuencia, se restituya la situación jurídica afectada. E) Uso de recursos: ninguno. F) Casos de procedencia: invocó el contenido en la literal a) del Artículo 10 de la Ley de A., Exhibición Personal y de Constitucionalidad. G) Leyes que se consideran violadas: citó los Artículos 12, 154 y 203 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 16 de la Ley del Organismo Judicial y 357 del Código de Trabajo.

  1. TRÁMITE DEL AMPARO

    A) A. provisional: no se otorgó. B) Tercero interesado: E.F.G.C.. C) Remisión de antecedente: copia certificada del juicio ordinario laboral cero mil ciento setenta y tres – dos mil trece – mil ciento diez (01173-2013-1110) del Juzgado Sexto de Trabajo y Previsión Social del departamento de Guatemala. D) Medios de comprobación: el antecedente del amparo. E) Sentencia de primer grado: la Sala Primera de la Corte de Apelaciones de Trabajo y Previsión Social, constituida en Tribunal de A., consideró: “… el J. de primera...

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