Sentencia nº 5203-2015 de Corte de Constitucionalidad, 29 de Marzo de 2016

Sentido del falloCon Lugar -Principio de Debido Proceso
Tipo de RecursoAmparo en Única Instancia
Fecha29 Marzo 2016
Número de expediente5203-2015

AMPARO EN ÚNICA INSTANCIA EXPEDIENTE 5203-2015 CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD, EN CALIDAD DE TRIBUNAL EXTRAORDINARIO DE AMPARO:Guatemala, veintinueve de marzo de dos mil dieciséis. Se tiene a la vista para dictar sentencia, la acción constitucional de amparo en única instancia promovida por E.L.S.V. contra la Corte Suprema de Justicia, Cámara Penal. La postulante actuó con el patrocinio del abogado R.S.Á.. Es ponente en el presente caso el Magistrado Vocal IV, R.M.B., quien expresa el parecer del Tribunal. ANTECEDENTES I. EL AMPAROA) Interposición y autoridad: presentado el diecinueve de noviembre de dos mil quince, en esta Corte. B) Acto reclamado:auto de siete de agosto de dos mil quince, por el que la Corte Suprema de Justicia, Cámara Penal, rechazó para su trámite el recurso de casación por motivo de fondointerpuesto por la ahora postulante contra el fallo que no acogió el recurso de apelación especial que planteó dentro del proceso incoado en su contra por el delito de extorsión.C) Violaciones que denuncia:a los derechos de defensa,a recurrir, al libre acceso a tribunales y a la justicia; así como alos principiosdel debido proceso y de legalidad.D)Hechos que motivan el amparo:de lo expuesto por la postulante y del estudio del antecedente, se resume:D.1) Producción del acto reclamado: a)el Tribunal Tercero de Sentencia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente del departamento de Guatemala declaró a la ahora postulante autora del delito de extorsión, imponiéndole la pena de siete años de prisión;b)contra esa decisión, interpuso recurso de apelación especial que la Sala Primera de la Corte de Apelaciones del ramo Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente, no acogió;c)contra lo anterior, la ahoraamparistaplanteó recurso de casación por motivos de forma y fondo ante la Corte Suprema de Justicia, Cámara Penal -autoridad objetada-, que previo a conocer de ese medio de impugnación, fijó plazo de tres días para que la recurrente cumpliera con determinados requisitos; yd)la impugnante presentó escrito de subsanación con el que, a su juicio, cumplía con lo pedido, no obstante, la autoridad reprochada, en auto de siete de agosto de dos mil quince -acto reclamado-, lo rechazó para su trámite en cuanto al motivo de fondo.D.2) Agravios que se reprochan al acto reclamado:estimó que la autoridad cuestionada conculcó los derechos y principiosenunciados por las razones siguientes:a)al interponer el recurso de casación por motivo de fondo, invocó cuatro tesis fundantes, de las cuales le fue requerido subsanar únicamente dos, de manera que las demás se encontraban ajustadas a derecho, por lo que debió entrarse a conocer del recurso en cuanto a estas por haber superado la fase de admisibilidad;b)en cuanto al único submotivo de fondo del que se requirió subsanación, tanto en el escrito inicial como en la corrección respectiva se expuso claramente que la Sala no se pronunció en cuanto al alegato formulado en relación con la aplicación del artículo 10 del Código Penal, lo que constituye una falta de aplicación de la norma jurídica por omisión; yc)contrario a lo argumentado por la autoridad reprochada, no se cuestionó la plataforma fáctica acreditada, señalando únicamente que no existía relación de causalidad entre la acción y el resultado de los hechos probados conforme a lo previsto en el artículo 10 del Código Penal, norma que la Sala omitió aplicar.D.3) Pretensión:solicitó que se otorgue la protección constitucional y, como consecuencia, se deje en suspenso definitivo la resolución que constituye el acto reclamado, ordenándose a la autoridad objetada que admita el medio de impugnación instado.E) Uso de recursos:reposición. F) Casos de procedencia:invocó los contenidos en los incisos a), b) y h) del artículo 10 de la Ley de A., Exhibición Personal y de Constitucionalidad.G) Leyes que estima violadas:citó los artículos , 12, 19, 203 y 204 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 8, numeral 2), y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; 10, 36, 37, 65 y 261 del Código Penal; 11, 11Bis, 399, 441 y 444 del Código Procesal Penal; 2, 3, 10, 13, 16 y 68 de la Ley del Organismo Judicial. II. TRÁMITE DEL AMPAROA) A. provisional:no se otorgó.B) Terceros interesados:a)R.S.Á., abogado defensor; yb)Ministerio Público.C) Remisión de antecedente: expediente de casación 01004-2015-00228 de la Corte Suprema de Justicia, Cámara Penal.D) Medio de comprobación: a)el antecedente del amparo; yb) copias certificadas de:i)sentencia de cinco de febrero de dos mil quince, dictada por la Sala Primera de la Corte de Apelaciones del ramo Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente, en el expediente de apelación especial 188-2014; yii)sentencia de seis de mayo de dos mil catorce, dictada por el Tribunal Tercero de Sentencia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente del departamento de Guatemala, dentro del proceso penal 01079-2013-00501. III. ALEGACIONES DE LAS PARTESA) E.L.S.V. -postulante-ratificó los argumentos del escrito inicial de amparo. Solicitó que se otorgue el amparo y, como consecuencia, se suspenda en definitiva el acto reclamado, ordenándose a la autoridad reprochada admitir para su trámite el recurso instado.B) El Ministerio Público, por medio de la Unidad de Impugnaciones...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 temas prácticos
1 sentencias

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR