Sentencia nº 4555-2014 de Corte de Constitucionalidad, 21 de Agosto de 2015

PonenteJuan Pablo Contreras Gamboa
Fecha de Resolución21 de Agosto de 2015
Número de expediente4555-2014
Nº de Gaceta117
Tribunal de amparo de primer gradoSalas de la Corte de Apelaciones -Sala Cuarta de la Corte de Apelaciones del Ramo Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente
Tipo de expedienteApelación de Sentencia de Amparo
Sentido del falloSin Lugar -Ausencia de agravio
Tipo de antecedentePenal -Procedimiento común - Delitos de acción pública

APELACIÓN DE SENTENCIA DE AMPARO EXPEDIENTE 4555-2014CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD:Guatemala, veintiuno de agosto de dos mil quince.

En apelación, y con sus antecedentes, se examina la sentencia de uno de julio de dos mil catorce, dictada por la Sala Cuarta de la Corte de Apelaciones del Ramo Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente, constituida en Tribunal de A., en la acción constitucional de amparo promovida por J.P.C.G. contra el Juez de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente del municipio de Mixco, departamento de Guatemala. El postulante actuó con el patrocinio de J.R.C. Quinteros Es ponente en el presente caso el Magistrado Vocal II, M.R.C.C., quien expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTESI. EL AMPAROA) Interposición y autoridad: presentado el seis de marzo de dos mil catorce, en el Centro de Servicios Auxiliares del Organismo Judicial y, remitido posteriormente a la Sala Cuarta de la Corte de Apelaciones del Ramo Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente.B)Acto reclamado: auto de treinta y uno de enero de dos mil catorce, por el cual la autoridad denunciada desestimó la reposición interpuesta por el ahora postulante contra la resolución que declaró sin lugar la actividad procesal defectuosa instada por la misma parte, dentro del proceso penal promovido en su contra por los delitos de abusos deshonestos violentos con agravación de la pena en forma continuada y corrupción de menores con agravación de la pena en forma continuada.C) Violaciones que denuncia:a los derechos de defensa, presunción de inocencia, debido proceso, a la tutela judicial efectiva y al principio de seguridad jurídica.D) Hechos que motivan el amparo:delo expuesto por el postulante y del análisis de los antecedentes se resume:D.1) Producción del acto reclamado:a)el Juez de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente del municipio de Mixco, departamento de Guatemala dictó orden de aprehensión contra J.P.C.G., sindicado de los delitos ya relacionados;c)contra la decisión anterior, el acusado promovió actividad procesal defectuosa, la cual fue declarada sin lugar;d)contra lo resuelto presentó reposición que la autoridad denunciada, en resolución de treinta y uno de enero de dos mil catorce -acto reclamado- desestimó.D.2) Agravios que se reprochan al acto reclamado:indicó que el acto reclamado constituye una evidente violación a sus derechos, ya que la autoridad denunciada, al declarar sin lugar la actividad procesal defectuosa, no tomó en consideración que la orden de aprehensión solicitada por el Ministerio Público no cumpló con los requisitos necesarios para fundar su petición, ya que el video presentado no demuestra que exista hecho punible que perseguir; por ello, su decisión es contraria a derecho, ya que se parcializó, favoreciendo al ente investigador, sin tomar en cuenta que este sorprendió a la autoridad denunciada en su buena fe, ocultando ciertos elementos de convicción que harían variar las circunstancias del hecho, debido a que las figuras penales que se le imputan no estaban reguladas en la ley al momento de esa solicitud, pues estos delitos fueron reformados. Aunado a ello, la autoridad objetada declaró sin lugar la reposición instada sin fundamentar debidamente su decisión, pues se basó en hechos alejados de la realidad.D.3) Pretensión:solicitó que se le otorgue el amparo y, como consecuencia, se deje en suspenso definitivo la resolución que constituye el acto reclamado.E)Uso de procedimientos y recursos: ninguno.F) Casos de procedencia: invocó los contenidos en los incisos a), b) y d) del artículo 10 de la Ley de A., Exhibición Personal y de Constitucionalidad.G)Leyes que estima violadas: citó los artículos , , 12 y 14 de la Constitución Política de la República de Guatemala; y 257 del Código Procesal Penal.

II. TRÁMITE DEL AMPAROA) A. provisional: no se otorgó.B) Terceros interesados:i)Ministerio Público, por medio de la Fiscalía de la Mujer y Niñez Víctima, Agencia Uno;ii)Procuraduría General de la Nación; yiii)C.R.R.M., H.R.S.Z. y L.G.S.Z...

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