Sentencia nº 1781-2014 de Corte de Constitucionalidad, 21 de Mayo de 2015

Fecha de Resolución21 de Mayo de 2015
Número de expediente1781-2014
Nº de Gaceta116
Tipo de expedienteApelación de Sentencia de Amparo
Sentido del falloSin Lugar
Tipo de antecedenteLaboral y Previsión Social -Juicio ordinario de reclamación de prestaciones e indemnización

APELACIÒN DE SENTENCIA DE AMPARO EXPEDIENTE 1589-2014CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD:Guatemala,veintiuno de mayo de dos mil quince.

En apelación y con sus antecedentes, se examina la sentencia de siete de marzo de dos mil catorce, dictada por la Corte Suprema de Justicia, Cámara de A. y A., en la acción constitucional de amparo promovida por el Estado de Guatemala, por medio del abogado de la Procuraduría General de la Nación, H.K.M.Z., contra la Sala Segunda de la Corte de Apelaciones de Trabajo y Previsión Social. El postulante actuó con el patrocinio del abogado mencionado. Es ponente en el presente caso el Magistrado Vocal II, M.R.C.C., quien expresa el parecer de este Tribunal.

ANTECEDENTESI. EL AMPAROA) Interposición y autoridad: presentado el diecisiete de octubre de dos mil trece, en la Corte Suprema de Justicia, Cámara de A. y A..B) Acto reclamado:sentencia de catorce de junio de dos mil trecedictada por la Sala Segunda de la Corte de Apelaciones de Trabajo y Previsión Social, que confirmó parcialmente la emitida por el Juzgado Segundo de Trabajo y Previsión Social del departamento de Guatemala, que condenó al Estado de Guatemala al pago de vacaciones, bonificación anual para trabajadores del sector privado y público, aguinaldo y bonificación incentivo por productividad dentro de la demanda ordinaria laboral en su contra promovida por L.A.E.G..C) Violaciones que denuncia:no señaló expresamente.D) Hechos que motivan el amparo:del análisis de los antecedentes, se resume:D.1) Producción del acto reclamado:a)en el Juzgado Segundo de Trabajo y Previsión Social del departamento de Guatemala, L.A.E.G. promovió juicio ordinario laboral en su contra, en el que reclamó el pago de indemnización y prestaciones laborales, manifestando que fue despedido de manera injustificada del puesto que ocupó como Brigada de Protección Vial de la Dirección General de Protección y Seguridad Vial del Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda;b)el juez de mérito, al proferir sentencia, declaró con lugar parcialmente la demanda promovida, al evidenciar que se pretendía simular una relación de trabajo por medio de una serie de contratos de servicios profesionales bajo el renglón presupuestario cero veintinueve (029); yc)el demandante apeló y la Sala denunciada, mediante la sentencia que constituye el acto reclamado, confirmó parcialmente el fallo que conoció en alzada.D.2) Agravios que se reprochan al acto reclamado:denuncia el postulante que el actor celebró varios contratos cuyo asidero legal es la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, creando así una relación de carácter administrativo y a la plazo fijo, ya que él se comprometió a prestar sus servicios técnicos a la entidad nominadora a cambio de honorarios, de los cuales se tenían que deducir el Impuesto al Valor Agregado, haciéndose efectivos contra la presentación de la factura e informes de actividades respectivos.D.3) Pretensión:solicitó que se declare con lugar el amparo y, como consecuencia, se le restablezca en la situación jurídica afectada.E) Uso de recursos: ninguno.F) Casos de procedencia:invocó los contenidos en los incisos a), d) y h) del artículo 10 de la Ley de A., Exhibición...

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