Sentencia de Corte de Constitucionalidad (Expediente nº 2085-2022), 26-04-2023
Número de expediente | 2085-2022 |
Fecha | 26 Abril 2023 |
Emisor | Corte Constitucional (Guatemala) |
Tipo de Recurso | Apelación de Sentencia de Amparo |
Expediente 2085–2022
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CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD
REPÚBLICA DE GUATEMALA, C.A.
EXPEDIENTE 2085–2022
CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD: Guatemala, veintiséis de abril de dos mil
veintitrés.
En apelación y con sus antecedentes, se examina la sentencia de veintidós
de abril de dos mil veintiuno, dictada por la Sala Primera de la Corte de Apelaciones
de Trabajo y P.isión Social, constituida en Tribunal de Amparo, en la acción
constitucional de amparo promovida por el Estado de Guatemala, por medio de la
abogada de la Procuraduría General de la Nación, K.C.O.B.
en quien se delegó su representación, contra el Juzgado Séptimo Pluripersonal de
Trabajo y Previsión Social del departamento de Guatemala. El postulante actuó con
el patrocinio de la abogada mencionada, quien posteriormente fue sustituida por la
abogada H..A.O..A.. Es ponente en el presente caso la
Magistrada Vocal II, L.S.L.A.riaga, quien expresa el parecer de este
Tribunal.
ANTECEDENTES
I. EL AMPARO
A) Interposición y autoridad: presentado el diecisiete de marzo de dos mil veinte,
en el Centro de Servicios Auxiliares de la Administración de J.cia Laboral, y
posteriormente, remitido a la Sala Primera de la Corte de Apelaciones de Trabajo y
Previsión Social. B) Acto reclamado: auto de diecisiete de enero de dos mil veinte,
dictado por el Juzgado Séptimo Pluripersonal de Trabajo y P.isión Social del
departamento de Guatemala, que declaró sin lugar el recurso de rectificación
interpuesto por el Estado de Guatemala (postulante) contra el auto de liquidación
aprobado en el juicio ordinario laboral que V.a G.P. promovió
contra ese ente, autoridad nominadora: la Comisión Presidencial Coordinadora de
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la Política del Ejecutivo en materia de Derechos Humanos –COPREDEH–. C)
Violaciones que denuncia: al derecho de defensa y a los principios jurídicos del
debido proceso y de legalidad. D) Hechos que motivan el amparo: lo expuesto
por el postulante y de lo consta en los antecedentes, se resume: D.1) Producción
del acto reclamado: a) en el Juzgado Séptimo Pluripersonal de Trabajo y
Previsión Social del departamento de Guatemala, V..G..P.
promovió juicio ordinario laboral en su contra, autoridad nominadora: la Comisión
Presidencial Coordinadora de la Política del Ejecutivo en Materia de Derechos
Humanos –COPREDEH– solicitando su indemnización, prestaciones laborales,
daños y perjuicios y costas judiciales, por haber sido despedida de manera directa
e injustificada del puesto de “Asesora para la Dirección de Mecanismos de
Protección para Defensores de los Derechos Humanos, administradores y
operadores de justicia, periodistas y comunicadores sociales”; b) el Juzgado
referido, al resolver, profirió sentencia dentro del proceso y, como consecuencia,
condenó a la parte demandada al pago de indemnización, vacaciones, aguinaldo,
bonificación anual para trabajadores del sector privado y público, bonificación
según Acuerdo 66–2000, bonificación incentivo y bono vacacional por los períodos
reclamados por la parte actora y daños y perjuicios, y la absolvió del pago de
costas procesales; c) apeló, al igual que V.G..á.P., y la Sala Tercera
de la Corte de Apelaciones de Trabajo y Previsión Social, al conocer en alzada,
declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por el Estado de Guatemala
(postulante) y, con lugar el recurso de apelación de la actora y, como
consecuencia, condenó al ente demandado al pago de costas judiciales; d) el
Juzgado de mérito practicó liquidación mediante auto de dieciséis de julio de dos
mil diecinueve, la cual ascendió a la cantidad de doscientos sesenta y siete mil
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