Sentencia de Corte de Constitucionalidad (Expediente nº 5396-2021), 01-06-2022

Sentido del falloSin Lugar -Ausencia de agravio
EmisorCorte Constitucional (Guatemala)
Fecha01 Junio 2022
Tipo de RecursoAmparo en Única Instancia
Número de expediente5396-2021
Expediente 5396-2021
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CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD
REPÚBLICA DE GUAT EMALA, C.A.
AMPARO EN ÚNICA INSTANCIA
EXPEDIENTE 5396-2021
CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD, EN CALIDAD DE TRIBUNAL
EXTRAORDINARIO DE AMPARO: G.a, uno de junio de dos mil veintidós.
Se tiene a la vista para dictar sentencia, la acción constitucional de amparo
en única instancia promovida por Neftalí R.B.os, en calidad de abogado
defensor de L..A.P.L., contra la Corte Suprema de Justicia,
Cámara Penal. El postulante actuó con su propio patrocinio. Es ponente en el
presente caso la Magistrada Vocal II, Leyla S.L.A., quien expresa
el parecer del Tribunal.
ANTECEDENTES
I. EL AMPARO
A) Solicitud y autoridad: presentado el dos de octubre de dos mil veintiuno, en
esta Corte. B) Acto reclamado: sentencia de quince de febrero de dos mil
veintiuno, dictada por la Corte Suprema de Justicia, Cámara Penal, que declaró
procedente el recurso de casación por motivo de fondo interpuesto por el
Ministerio blico contra la sentencia de apelación especial y, como
consecuencia, casó el fallo impugnado y aumenla pena impuesta a L.A.
.
P.L. por el delito de Violación con agravación de la pena en forma
continuada, fijándola en veinticuatro años de prisión. C) Violaciones que
denuncia: al derecho de defensa y a los principios jurídicos de jerarquía
constitucional, debido proceso y presunción de inocencia. D) Hechos que
motivan el amparo: de lo expuesto por el postulante y del estudio del
antecedente, se resume: D.1) Producción del acto reclamado: a) el Tribunal de
Expediente 5396-2021
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CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD
REPÚBLICA DE GUAT EMALA, C.A.
Sentencia Penal de Delitos de F. y Otras Formas de Violencia Contra la
M.er y Violencia Sexual del departamento de Guatemala dictó sentencia
condenatoria contra L.A.P.L.z por el delito de Violación con
agravación de la pena en forma continuada, imponiéndole la pena de veinticuatro
años de prisión y lo absolvió del delito de Plagio o secuestro; b) contra ese fallo,
el procesado y el Ministerio Público interpusieron sendos recursos de apelación
especial, ambos por motivo de fondo. Al conocer de los referidos medios de
impugnación, la Sala Segunda de la Corte de Apelaciones del ramo Penal de
Delitos de Femicidio y Otras Formas de Violencia Contra la M.er y Violencia
Sexual dispuso acoger únicamente, de manera parcial, la apelación especial del
procesado y, en consecuencia, rebajó la pena impuesta a dieciséis años de
prisión; y c) ante esa decisión, el Ministerio Público promovió recurso de casación
por motivo de fondo, que la Corte Suprema de Justicia, Cámara Penal autoridad
reprochada–, en sentencia de quince de febrero de dos mil veintiuno ‒acto
reclamado‒, lo declaró procedente y, como consecuencia, casó la sentencia
impugnada y aumentó la pena impuesta a veinticuatro años de prisión. D.2)
Agravios que reprocha al acto reclamado: estima vulnerados el derecho y los
principios jurídicos enunciados porque el Tribunal de Casación no tomó en
consideración que en el presente caso existen circunstancias atenuantes, pues la
agraviada es cónyuge del sindicado, lo cual era necesario ponderar para
establecer si se trataba de una agresión ilegítima o de actos consentidos,
obviando analizar la teoría de la culpa. Afirmó que en el acto reclamado se
aprecia violación del artículo 65 del Código Penal, en tanto que, al calificar los
antecedentes del victimario, se debió imponer la pena mínima porque la víctima
sostenía una relación matrimonial placentera; además, se valoró la peligrosidad,

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