Sentencia de Corte de Constitucionalidad (Expediente nº 4151-2021), 16-03-2022

Sentido del falloSin Lugar -Ausencia de agravio
EmisorCorte Constitucional (Guatemala)
Número de expediente4151-2021
Fecha16 Marzo 2022
Expediente 4151-2021
Página 1 de 18
CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD
REPÚBLICA DE GUAT EMALA, C.A.
AMPARO EN ÚNICA INSTANCIA
EXPEDIENTE 4151-2021
CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD, EN CALIDAD DE TRIBUNAL
EXTRAORDINARIO DE AMPARO: Guatemala, dieciséis de marzo de dos mil
veintidós.
Se tiene a la vista para dictar sentencia, la acción constitucional de amparo
en única instancia promovida por C.H.ugo Muñoz Cárdenas contra la Corte
Suprema de Justicia, Cámara Penal. El postulante actuó con el patrocinio del
abogado F.A.P.C.fuentes. Es ponente en el presente caso la
Magistrada Vocal IV, L.S.usana L..A., quien expresa el parecer de
este Tribunal.
ANTECEDENTES
I. EL AMPARO
A) Solicitud y autoridad: presentado el diecinueve de julio de dos mil veintiuno,
en el Juzgado de Paz Penal del municipio y departamento de Quetzaltenango y
remitido, posteriormente, a esta Corte. B) Acto reclamado: sentencia de
veinticinco de mayo de dos mil veintiuno, por la que la Corte Suprema de Justicia,
Cámara Penal, declaró procedente el recurso de casación por motivo de forma
interpuesto por el Ministerio Público contra el fallo de apelación especial y, como
consecuencia, ordenó el reenvío para la emisión de nuevo fallo sin los vicios
señalados, en el proceso penal en el que se absolvió al postulante del delito de
Violencia contra la mujer en su manifestación psicológica. C) Violaciones que
denuncia: a los derechos de defensa, a la tutela judicial efectiva y de petición, así
como al principio jurídico de debido proceso. D) Hechos que motivan el amparo:
Expediente 4151-2021
Página 2 de 18
CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD
REPÚBLICA DE GUAT EMALA, C.A.
de lo expuesto por el postulante y del estudio del antecedente, se resume: D.1)
Producción del acto reclamado: a) el Tribunal de Sentencia Penal de Delitos de
F. y Otras Formas de Violencia contra la Mujer y Violencia Sexual del
departamento de Quetzaltenango, constituido de forma unipersonal, absolvió al
amparista del delito de Violencia contra la mujer en su manifestación psicológica;
b) contra tal decisión, el Ministerio Público interpuso recurso de apelación
especial por motivo de forma, el cual, la Sala Quinta de la Corte de Apelaciones
del ramo Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente no acogió; y c)
inconforme con el referido fallo, el ente fiscal promovió recurso de casación por
motivo de forma ante la Corte Suprema de Justicia, Cámara Penal autoridad
reprochada, la cual, en sentencia de veinticinco de mayo de dos mil veintiuno
acto reclamado, declaró procedente y, como consecuencia, anu el fallo
impugnado y ordenó el reenvío para la emisión de nuevo fallo sin los vicios
señalados. D.2) Agravios que reprocha al acto reclamado: el postulante
manifestó que la resolución cuestionada vulnera derechos y los principios
jurídicos enunciados porque la Corte Suprema de Justicia, Cámara Penal, fue
escueta al resolver, al indicar que en su calidad de procesado se había limitado a
solicitar la improcedencia del recurso de casación que interpuso el ente fiscal, con
lo que evadió efectuar el análisis correspondiente de los argumentos vertidos en
la evacuación de la vista, los cuales no se reducían únicamente a solicitar la
improcedencia de la casación; en todo caso, si ese fuese el escenario, debía
responder y motivar las respuestas efectivas que le permitieran comprender y
conocer las razones de la decisión asumida. D.3) Pretensión: solicitó que se
otorgue amparo y, como consecuencia, se deje sin efecto la sentencia que
constituye el acto reclamado y se emita nueva resolución apegada a Derecho. E)

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR