Sentencia de Corte de Constitucionalidad (Expediente nº 53-2021), 22-06-2021

Número de expediente53-2021
Fecha22 Junio 2021
EmisorCorte Constitucional (Guatemala)
Tipo de RecursoAmparo en Única Instancia
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Expediente 53-2021
CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD
REPÚBLICA DE GUAT EMALA, C.A.
AMPARO EN ÚNICA INSTANCIA
EXPEDIENTE 53-2021
CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD, EN CALIDAD DE TRIBUNAL
EXTRAORDINARIO DE AMPARO: Guatemala, veintidós de junio de dos mil
veintiuno.
Se tiene a la vista para dictar sentencia, la acción constitucional de amparo
en única instancia, promovida por Mario Oswaldo O.L. contra la Corte
Suprema de Justicia, Cámara Penal. El postulante actuó con el patrocinio del
abogado C..A.G.S.. Es ponente en el presente caso el
Magistrado Presidente, R.M.B.arreto, quien expresa el parecer del
Tribunal.
ANTECEDENTES
I. EL AMPARO
A) S.ud y autoridad: presentado el seis de enero de dos mil veintiuno en
esta Corte. B) Acto reclamado: sentencia de veinticuatro de septiembre de dos
mil veinte, emitida por la Corte Suprema de Justicia, Cámara Penal, que declaró
improcedente el recurso de casación que, por motivo de fondo, interpuso M.
.
O..O...L. -amparista-, contra el fallo que no acogió el recurso de
apelación especial, por motivos de forma y fondo, que planteó dentro del proceso
penal en el que se le condenó por el delito de Agresión sexual, con agravación de
la pena. C) Violaciones que denuncia: a los derechos de defensa, libertad, de
locomoción y a una tutela judicial efectiva, así como a los principios jurídicos de
recurrir y debido proceso. D) H.os que motivan el amparo: de lo expuesto por
el postulante y del estudio del antecedente, se resume: D.1) P.ión del acto
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Expediente 53-2021
CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD
REPÚBLICA DE GUAT EMALA, C.A.
reclamado: a) el Tribunal de Sentencia Penal, de Delitos de F.o y Otras
Formas de Violencia contra la Mujer, Violencia Sexual, Explotación y Trata de
Personas del departamento de San Marcos, dictó sentencia condenatoria contra
M..O.do O.L., declarándolo autor responsable del delito de
Agresión sexual con agravación de la pena, imponiéndole la pena de ocho años y
cuatro meses de prisión inconmutables; b) contra ese fallo, el procesado interpuso
recurso de apelación especial por motivos de forma y fondo, impugnación que la
S.M. de la Corte de Apelaciones del departamento de San Marcos no
acogió; c) inconforme con lo resuelto, el procesado planteó recurso de casación
por motivo de fondo, que la Corte Suprema de Justicia, Cámara Penal, en
sentencia de tres de diciembre de dos mil dieciocho, declaró procedente, y, como
consecuencia, modificó parcialmente el fallo dictado por el Tribunal de Sentencia
Penal de Delitos de F.dio y Otras Formas de Violencia contra la M.er,
Violencia Sexual, E.ación y Trata de Personas del departamento de San
Marcos en cuanto al numeral romano IV el cual quedó de la siguiente manera: “IV.
Que el señor M.O.aldo Orozco L. es autor responsable de una falta
contra las buenas costumbres, cometida contra la señora (…), por cuyo ilícito
penal le impone la pena de cincuenta días de arresto”; d) ante lo resuelto el
Ministerio Público promovió amparo, que esta Corte otorgó en sentencia de doce
de mayo de dos mil veinte dentro del expediente 2005-2019; e) en atención a lo
ordenado por este Tribunal, la Corte Suprema de Justicia, Cámara Penal -
autoridad cuestionada-, dictó resolución de veinticuatro de septiembre de dos
mil veinte -acto reclamado-, en la que declaró improcedente el recurso de
casación. D.2) Agravios que reprocha al acto reclamado: el solicitante indicó
que la autoridad cuestionada vulneró los derechos y principios jurídicos

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