Sentencia de Corte de Constitucionalidad (Expediente nº 4725-2020), 22-06-2021

Fecha22 Junio 2021
Número de expediente4725-2020
EmisorCorte Constitucional (Guatemala)
Tipo de RecursoAmparo en Única Instancia
Expediente 4725-2020
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CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD
REPÚBLICA DE GUAT EMALA, C.A.
AMPARO EN ÚNICA INSTANCIA
EXPEDIENTE 4725-2020
ASUNTO: CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD, EN CALIDAD DE TRIBUNAL
EXTRAORDINARIO DE AMPARO: Guatemala, veintidós de junio de dos mil
veintiuno.
Se tiene a la vista para dictar sentencia, la acción constitucional de amparo
en única instancia promovida por J..M.el Quiñonez Cruz contra la Corte
Suprema de Justicia, Cámara Penal. El postulante actuó con el patrocinio del
abogado, defensor público, W.O.oniel Z..Q.tanilla. Es ponente en el
presente caso el Magistrado Presidente, R.M.B., quien expresa el
parecer del Tribunal.
ANTECEDENTES
I. EL AMPARO
A) S.ud y autoridad: presentado el veintinueve de diciembre de dos mil
veinte, en esta Corte. B) Acto reclamado: sentencia de siete de octubre de dos
mil veinte, dictada por la Corte Suprema de Justicia, Cámara Penal, que declaró
improcedente el recurso de casación, por motivo de fondo, interpuesto por el
amparista, contra el fallo emitido por la Sala Cuarta de la Corte de Apelaciones
del ramo Penal, N.idad y D.tos contra el Ambiente del departamento de
Guatemala, que no acogió el recurso de apelación especial por motivo de fondo
por él interpuesto contra la sentencia proferida por el Tribunal Primero de
Sentencia Penal, Narcoactividad y D.tos contra el Ambiente del municipio de
V.N.a del departamento de G.a, que lo condenó a seis años de
prisión por la comisión del delito de Extorsión. C) Violaciones que denuncia: a
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los derechos de defensa y a recurrir; así como al principio jurídico de debido
proceso. D) Hechos que motivan el amparo: del estudio de los antecedentes y
de lo expuesto por el accionante, se resume: D.1) Producción del acto
reclamado: a) el Tribunal Primero de Sentencia Penal, Narcoactividad y D.tos
contra el Ambiente del municipio de Villa Nueva del departamento de Guatemala,
condenó a J.M.Q..e.C. a seis años de prisión por la comisión del
delito de Extorsión; b) contra la decisión anterior el procesado interpuso recurso
de apelación especial, por motivo de fondo, ante la Sala Cuarta de la Corte de
Apelaciones del ramo Penal, N.idad y D.tos contra el Ambiente del
departamento de Guatemala, que no lo acogió, y c) por lo anterior, J..M...
.
Q..o.C. instó recurso de casación, por motivo de fondo, ante la Corte
Suprema de Justicia, Cámara Penal autoridad cuestionada, que en sentencia
de siete de octubre de dos mil veinte acto reclamado, lo declaró improcedente.
D.2) Agravios que reprocha al acto reclamado: denuncia que, conforme a los
hechos acreditados por el Tribunal de Sentencia, su única participación en el
delito de Extorsión fue prestar la cuenta bancaria de depósitos monetarios a
personas que nunca fueron individualizadas por el Ministerio P.co, siendo esto
solo un medio para obtener el dinero y no un acto imprescindible para la
consumación del referido ilícito como pretende el ente investigador, por lo que no
concurren los elementos para que se le condene como autor, lo cual denota
inobservancia de lo regulado en el artículo 37, numeral 3), del Código Penal. D.3)
Pretensión: solicitó que se otorgue la protección constitucional pedida y, como
consecuencia, se deje en suspenso definitivo el fallo que constituye el acto
reclamado y se ordene a la autoridad cuestionada dictar uno nuevo, ajustado a
derecho. E) Uso de procedimientos y recursos: ninguno. F) Casos de

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