Sentencia de Corte de Constitucionalidad (Expediente nº 1784-2018), 17-10-2018

Sentido del falloCon Lugar -Derecho a la tutela judicial efectiva
Tribunal de OrigenJuzgados de Primera Instancia Civil -Juzgado Séptimo de Primera Instancia Civil del departamento de Guatemala
Fecha17 Octubre 2018
Número de expediente1784-2018
EmisorCorte Constitucional (Guatemala)
Tipo de RecursoApelación de Sentencia de Amparo
Expediente 1784-2018
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CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD
REPÚBLICA DE GUATEMALA, C.A.
APELACIÓN DE SENTENCIA DE AMPARO
EXPEDIENTE 1784-2018
CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD: Guatemala, diecisiete de octubre de dos mil
dieciocho.
En apelación y con sus antecedentes, se examina la sentencia de veintinueve
de enero de dos mil dieciocho, dictada por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia
del ramo Civil del departamento de Guatemala, constituido en Tribunal de Amparo, en
la acción constitucional de amparo promovida por Goddard Catering Group
(Guatemala), Sociedad Anónima, por medio de su Gerente General y Representante
Legal, Ever Aldo Santis Rivas, contra el Jefe de la Unidad Antifraudes e Ilícitos, de la
Dirección de Facturación y Lecturas de la Empresa Municipal de Agua. El postulante
actuó con el auxilio del abogado Nestor Alexander Moscoso Mérida. Es ponente en el
presente caso el Magistrado Vocal III, Neftaly Aldana Herrera, quien expresa el
parecer de este Tribunal.
ANTECEDENTES
I. EL AMPARO
A) Interposición y autoridad: presentado el ocho de noviembre de dos mil diecisiete,
en el Centro de Servicios Auxiliares de la Administración de Justicia en materia Civil,
Económico Coactivo y Contencioso Administrativo y, posteriormente, remitido al
Juzgado Séptimo de Primera Instancia del ramo Civil del departamento de
Guatemala. B) Actos reclamados: i) resolución de once de octubre de dos mil
diecisiete, identificada como “Cuenta de medidor número 25048971”, por la que
rechazó la “impugnación” promovida por la postulante contra la decisión contenida en
la “notificación 10786”, al considerar que dicha petición fue extemporánea y no

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