Sentencia de Corte de Constitucionalidad (Expediente nº 1259-2018), 17-10-2018

Sentido del falloSin Lugar -Ausencia de agravio
Tribunal de OrigenCorte Suprema de Justicia -Cámara de Amparo y Antejuicio
Número de expediente1259-2018
Fecha17 Octubre 2018
EmisorCorte Constitucional (Guatemala)
Tipo de RecursoApelación de Sentencia de Amparo
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Expediente 1259-2018
CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD
REPÚBLICA DE GUATEMALA, C.A.
APELACIÓN DE SENTENCIA DE AMPARO
EXPEDIENTE 1259-2018
CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD: Guatemala, diecisiete de octubre de dos
mil dieciocho.
En apelación y con sus antecedentes, se examina la sentencia de ocho de
diciembre de dos mil diecisiete, dictada por la Corte Suprema de Justicia, Cámara
de A. y A., en la acción constitucional de amparo promovida por el
Estado de Guatemala, por medio de la Abogada de la Procuraduría General de la
Nación, K.C.O..B., contra la Sala Segunda de la Corte de
Apelaciones de Trabajo y Previsión Social. El postulante actuó con el patrocinio
de la Abogada mencionada. Es ponente en el presente caso el Magistrado Vocal
III, N.A.H., quien expresa el parecer de este Tribunal.
ANTECEDENTES
I. EL AMPARO
A) Interposición y autoridad: presentado el diecisiete de mayo de dos mil
diecisiete en la Sección de A. de la Corte Suprema de Justicia. B) Acto
reclamado: resolución de veintidós de febrero de dos mil diecisiete, dictada por
la Sala Segunda de la Corte de Apelaciones de Trabajo y Previsión Social, que
revocó la emitida por el Juzgado Segundo de Trabajo y Previsión Social del
departamento de Guatemala, que declaró con lugar la solicitud de autorización de
terminación de contrato de trabajo que el Congreso de la República de
Guatemala promovió contra E.A..S.S.. C) Violaciones que
denuncia: al derecho de defensa y a los principios jurídicos de legalidad,
tutelaridad y del debido proceso. D) Hechos que motivan el amparo: de lo
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CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD
REPÚBLICA DE GUATEMALA, C.A.
expuesto por el postulante y de los antecedentes del caso se resume: D.1)
Producción del acto reclamado: a) en el Juzgado Segundo de Trabajo y
Previsión Social del departamento de Guatemala, el Congreso de la República de
Guatemala promovió incidente de autorización de terminación de contrato de
trabajo contra E. Alexander S..S. (debido a que se encontraba
emplazado como consecuencia del planteamiento de un conflicto colectivo de
carácter económico social), aduciendo que la solicitud aludida se basaba
exclusivamente en “cuestiones propias del desarrollo de las actividades
ordinarias de la institución”; b) el Juez referido declaró con lugar el incidente de
mérito; y c) el trabajador apeló y la Sala cuestionada, al emitir el acto reclamado,
revocó la resolución de primera instancia, al considerar que: c.1) la autoridad
nominadora se limitó a indicar que la solicitud presentada se relacionaba
exclusivamente con las actividades ordinarias de la institución, sin aportar
argumentos ni pruebas que permitieran al J. establecer que la
autorización pretendida era ajena al planteamiento del conflicto colectivo
correspondiente; y c.2) para determinar la inexistencia de represalias, debe
indicarse la causa con base en la cual se solicita autorización para terminar el
contrato de trabajo respectivo. D.2) Agravios que se reprochan al acto
reclamado: denuncia el postulante que la autoridad objetada, al emitir el acto
reclamado, le produjo agravio porque no tomó en cuenta que: a) de conformidad
con lo establecido en el artículo 380 del Código de Trabajo, la solicitud de
autorización de terminación de contrato de trabajo debe ser conocida y resuelta
por el Juez ante el cual se tramita el conflicto colectivo correspondiente, y la
resolución definitiva que se dicte no debe prejuzgar sobre la justicia o injusticia
del despido; b) el proceso subyacente es un incidente de Derecho, por lo que no

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