Resolución No. DGDCAyTN-13-2024.- Reglamento del Centro Cultural de la Dirección General del Diario de Centro América y Tipografía Nacional



CONSIDERANDO:

Que de conformidad con la Constitución Política de la República de Guatemala, toda persona tiene derecho a participar libremente en la vida cultural y artística de la comunidad, y que es obligación primordial del Estado proteger, fomentar y divulgar la cultura nacional; se emitió el Acuerdo Ministerial número 708-2023 de fecha 20 de diciembre de 2023, que creó el Centro Cultural de la Dirección General del Diario de Centro América y Tipografía Nacional, con el objeto de difundir la historia guatemalteca sobre el rol de la Tipografía Nacional como casa editora del Gobierno de Guatemala y del Diario de Centro América como medio de comunicación oficial del Estado; así como para resguardar las valiosas piezas históricas con que cuenta, estableciéndose que es necesario desarrollar la estructura organizativa y funcional, así como las atribuciones de su competencia;

CONSIDERANDO:

Que para dar cumplimiento a lo que establece el Acuerdo Ministerial Número 708-2023, es necesario emitir las disposiciones correspondientes por medio de las cuales se establezca la estructura orgánica interna y las funciones de cada uno de los órganos de dirección, órganos de control interno, así como las directrices necesarias que requiera el Centro Cultural de la Dirección General del Diario de Centro América y Tipografía Nacional para su funcionamiento;

POR TANTO:

Con base en los considerandos, en la normativa citada y en el ejercicio de las funciones que me otorga Acuerdo Ministerial número 591-2009 del Ministerio de Gobernación, Reglamento Orgánico de la Dirección General del Diario de Centro América y Tipografía Nacional, esta Dirección General,

RESUELVE:

Aprobar el siguiente:

REGLAMENTO DEL CENTRO CULTURAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL DIARIO DE CENTRO AMÉRICA Y TIPOGRAFÍA NACIONAL

TÍTULO I OBJETO Artículos 1 a 3
CAPÍTULO ÚNICO Disposiciones Generales Artículos 1 a 3
Artículo 1 Objeto.

El presente Reglamento, tiene por objeto normar la integración, organización, atribuciones, mecanismo de coordinación y demás disposiciones necesarias para el cumplimiento de las funciones que competen al Centro Cultural de la Dirección General del Diario de Centro América y Tipografía Nacional, que en lo sucesivo se denominará Centro Cultural.

Artículo 2 Integración.

El Centro Cultural, estará integrado de la forma siguiente:

  1. Edificio de la Tipografía Nacional.

  2. Museo de la Tipografía Nacional.

  3. Hemeroteca de la Dirección General del Diario de Centro América y Tipografía Nacional.

  4. Biblioteca de la Dirección General del Diario de Centro América y Tipografía Nacional.

Artículo 3 Ubicación.

El Centro Cultural tendrá su sede, en el Edificio de la Tipografía Nacional, ubicado en la dieciocho callé seis guión setenta y dos, zona uno de la ciudad capital.

TÍTULO II ORGANIZACIÓN Y ATRIBUCIONES Artículos 4 a 12
CAPÍTULO ÚNICO CONFORMACIIMfUNCIONES Artículos 4 a 12
Artículo 4 Conformación.

El Centro Cultural para el cumplimiento de sus atribuciones, se conforma administrativamente por un Coordinador General, encargado de coordinar las funciones de cada departamento que lo integra.

Artículo 5 Coordinador General.

El Coordinador General es el responsable que se cumplan los objetivos del Centro Cultural, siendo su función principal la de dirigir y supervisar que los Jefes de Unidad y sus equipos cumplan con sus obligaciones.

El Coordinador General será nombrado por el Director General del Diario de Centro América y Tipografía Nacional.

Artículo 6 Funciones del Coordinador General.
  1. Son funciones del Coordinador:

    1. Dirigir, promover, organizar y dictar los lincamientos que sean necesarios para el funcionamiento del Centro Cultural.

    2. Velar por el cumplimiento de los objetivos del Centro Cultural, coordinar los servicios que estén directamente bajo su responsabilidad, de acuerdo con la delegación recibida.

    3. Organizar el plan operativo anual del Centro Cultural de la Dirección General del Diario de Centro América y Tipografía Nacional.

    4. Representar aí Centro Cultural ante la misma Dirección General.

    5. Custodiar y resguardar los documentos, obras y materiales pertenecientes ai Centro.

    6. Gestionar la sostenibilidad del Centro Cultural para fortalecer su funcionamiento.

    7. Coordinar las funciones y actividades de las Unidades Administrativas que se encuentran bajo su cargo (Biblioteca, Hemeroteca y Museo).

  2. Actividades a coordinar y delegar

    1. Supervisar la conservación, catalogación, almacenamiento y exhibición de las obras o artefactos del Centro Cultural.

    2. Planificar, diseñar y supervisar las exposiciones temporales y permanentes, asegurando que cumplan con los estándares profesionales y educativos.

    3. Desarrollar y coordinar programas educativos, visitas guiadas, talleres y eventos especiales para púHWMiversos.

    4. Supervisar al equipo de trabajo, realizar capacitaciones, asignar tareas y garantizar un ambiente laboral adecuado.

    5. Establecer y mantener relaciones con otros museos, instituciones culturales, patrocinadores y el público en general.

    6. Promover y participar en investigaciones relacionadas con las colecciones del museo, contribuyendo al conocimiento y la difusión cultural.

    7. Asegurarse de que se cumplan las medidas de seguridad para proteger los bienes y los visitantes.

    8. Colaborar en estrategias de promoción y mercadeo para aumentar la visibilidad del museo y atraer a más visitantes.

    9. Garantizar que todas las actividades del Centro Cultural cumplan con las leyes y regulaciones pertinentes, incluidas las relacionadas con la propiedad cultural y los derechos de autor.

Artículo 7 Funciones del Jefe de Biblioteca.

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