Reglamento para la Gestión Integral de Bifenilos Policlorados (PCB) y equipos que lo contienen

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO

Que de conformidad con lo establecido en los artículos 94 y 97 de la Constitución Política de la República, el Estado está obligado a velar por la salud de sus habitantes y a propiciar el desarrollo social, económico y tecnológico que prevenga la contaminación del ambiente y mantenga el equilibrio ecológico.

CONSIDERANDO

Que Guatemala suscribió el Convento de Estocolmo Sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes, en la ciudad de Estocolmo, en el Reino de Suecia, el cual fue aprobado mediante el Decreto número 60-2007 del Congreso de la República de Guatemala el 14 de noviembre de 2007, ratificado por el Gobierno de Guatemala el 22 de abril de 2008 y publicado en el Diario de Centro América el 2 de enero de 2009, convirtiéndose desde ese momento en Estado Parte del mismo y en consecuencia está obligado a su cumplimiento;

POR TANTO

En ejercicio de fas funciones que le confiere el artículo 183 literal e) de la Constitución Política de la República de Guatemala; y con fundamento en el artículo 29 BIS literales f) y m) de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala y sus reformas.

ACUERDA

Emitir el siguiente:

REGLAMENTO

PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DE BIFENILOS POLICLORADOS (PCB) Y EQUIPOS QUE LO CONTIENEN

TÍTULOl

OBJETO, ALCANCE Y DEFINICIONES

Artículo 1 OBJETO

El presente reglamento tiene por objeto regular lo relativo a la gestión ambientalmente racional de los Bifenilos Policlorados (PCB) contenidos en el aceite dieléctrico, transformadores, capacitores, recipientes y otros equipos ubicados dentro del territorio nacional, sin perjuicio de lo que establezcan los convenios o tratados internacionales ratificados por el Estado de Guatemala en la materia. A fin de eliminar el PCB en Guatemala y proteger la salud humana y el medio ambiente frente a los contaminantes orgánicos persistentes. Se aplica a la gestión ambientalmente racional de los Bifenilos Policlorados (PCB) en todo su ciclo de vida en el territorio nacional.

Artículo 2 CÁMPO DE APLICACIÓN

El presente reglamento es de observancia obligatoria para todas las personas individuales, jurídicas, públicas o privadas, que posean equipos, productos, líquidos, sólidos, residuos y desechos que contengan o estén contaminados con PCB, así como las empresas que presten servicios, relacionados con el manejo de los mismos.

El propietario que importe, manipule, transporte, use, almacene, comercialice o disponga de Bifenilos Policlorados (PCB) deberá cumplir con las disposiciones del presente Reglamento y la Ley de Protección y Mejoramiento del Medio Ambiente. Todas las disposiciones contenidas en el presente Reglamento constituyen compromisos ambientales que el propietario está obligado a cumplir.

El propietario de PCB, es responsable por la generación de desechos peligrosos y, como tal, deberá cumplir con las regulaciones establecidas por el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales.

Artículo 3 COMPETENCIA

Sin perjuicio de la competencia que otras leyes otorguen a dependencias del Estado, corresponde al Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales -MARN- la aplicación de este Reglamento.

Artículo 4 DEFINICIONES

Para los efectos del presente Reglamento, sin menoscabo de lo que establezcan los instrumentos y normativas internacionales sobre la materia, se entenderá por:

Accidente: Evento no deseado que da lugar a pérdidas de la vida o lesiones, daños a la propiedad, al ambiente o al medio ambiente de trabajo.

Aceite dieléctrico: Fluido aislante, utilizado en equipos eléctricos debido a sus propiedades dieléctricas (una baja conductividad eléctrica) y térmicas (como fluido refrigerante)

Almacenamiento temporal: Operación de acumulación temporal de equipos y residuos que contengan, o que sean sospechosos de contener o estén contaminados con PCB, en las condiciones técnicas requeridas hasta su tratamiento o disposición final.

Análisis cualitativo de PCB: Ensayo analítico utilizado para identificar o establecer la existencia de cloro que sugiere la presencia de PCB en diferentes matrices sin cuantificar su concentración.

Análisis cuantitativo de PCB: Ensayo analítico cromatográfico utilizado para la determinación y cuantificación de la presencia de PCB y medición de su concentración en diferentes matrices, entre las cuales puede considerarse el aceite dieléctrico.

Análisis semicuantitativo de PCB: Ensayo analítico electroquímico de tamizaje, barrido o prueba de preselección, utilizado para medir la concentración de iones Cloruro, y por ende la posible presencia de PCB, en partes por millón en aceite dieléctrico.

Aplicaciones abiertas: Aplicaciones donde los PCB se consumen durante su uso o son irrecuperables tras su utilización y están en contacto directo con et entorno general y medio ambiente.

Aplicaciones cerradas: Aplicaciones donde los PCB están confinados dentro de un equipo cerrado o sellado. En este caso, las probabilidades de que los PCB puedan pasar al medio ambiente, se limitan a la ocurrencia de fugas ó derrames, como resultado del deterioro de los equipos o mal manejo.

Aplicaciones nominalmente cerradas: Aplicaciones nominalmente o parcialmente cerrados donde los PCB no está directamente expuesta at entorno, pero pueden estar expuestas periódicamente durante la operación.

Bajo nivel de PCB: Concentración de PCB menor a 50 ppm.

Bifenilos Policlorados: También llamados PCB por sus siglas en inglés. Son compuestos aromáticos formados de manera tal que los átomos de hidrógeno de la molécula de bifenilos pueden ser sustituidos por hasta 10 átomos de cloro. Con características tóxicas, no biodegradables fácilmente, persistentes en el ambiente, se acumulan en los tejidos adiposos del cuerpo, son carcinógenos y causan efectos graves en los humanos y animales. Tienen propiedades dieléctricas, no son inflamables y son resistentes la degradación térmica y química.

Capacitores o bancos de capacitores: Los capacitores o condensadores consisten en un contenedor metálico sellado con un núcleo activo, se componen principalmente de placas conductoras de electricidad (láminas metálicas delgadas) separadas por un material dieléctrico. Pueden encontrarse solos o como bancos.

Caracterización de Sitios Contaminados: Determinación cualitativa y cuantitativa de los contaminantes físicos, químicos o biológicos presentes en un sitio o matrices, provenientes de materiales o residuos peligrosos, para determinar los mecanismos de migración y transformación de los mismos, la magnitud y tipo de riesgos que conlleva dicha contaminación.

Certificados de fabricante u origen: Son los certificados emitidos por el fabricante y sustentado en un certificado del laboratorio acreditado y consignando que los equipos han sido fabricados utilizando fluidos libres de PCB, encontrándose los equipos en condiciones similares a las de recepción, es decir, perfectamente sellados y con los precintos de fábrica intactos.

Compromisos ambientales: Conjunto de acciones y o prácticas, derivadas del análisis de los instrumentos ambientales, que la Dirección de Gestión Ambiental y Recursos Naturales o las Delegaciones departamentales del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales, determinan e imponen como condicionantes para la ejecución de los proyectos, obras, industrias o actividades. Sirven para garantizar que los diferentes proyectos, obras, industrias o actividades tengan una gestión ambiental efectiva y mantengan un sistema de información eficiente y efectivo ante el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales.

Contaminación cruzada: Procesa mediante el cual se dispersa la contaminación de PCB, la cual se presenta cuando se llevan a cabo operaciones de toma de muestra, regeneración filtración, mantenimiento o reparación de transformadores sin PCB, y se utilizan equipos, tanques, bombas, mangueras y otros elementos contaminados con PCB.

Contaminado con PCB: Concentración mayor o igual a 50 partes por millón.

Dado de baja o dar de baja: Proceso por medio del cual el propietario presenta la información de soporte ante el MARN, sobre la disposición final de forma ambientalmente racional de los PCB, a fin que sea registrada en el Sistema de información de PCB.

Derrame: Liberación, rebose, vaciamiento o pérdida en un fluido, que, al caer, lo hace en varias direcciones y hace contacto con el ambiente, por lo general debido a algún tipo de falla o rotura en los equipos o recipientes que lo contienen.

Descontaminación de PCB: Operación o proceso de tratamiento que reduce la concentración del contaminante a valores por debajo de los límites permitidos en equipos, materiales, suelos, residuos y desechos.

Desechos peligrosos: Sustancias que son generadas de un proceso o actividad industrial, incluido el reciclaje, que por sus características físicas, biológicas o químicas puedan representar un peligro para el medio ambiente o la salud humana al ser manipuladas, envasadas, almacenadas, transportadas, confinadas o eliminadas.

Disposición final Acción de eliminar, destruir, depositar o confinar permanentemente residuos y desechos de forma ambientalmente racional y que se prevenga su liberación al ambiente y las consecuentes afectaciones a la salud de la población y...

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