Reglamento para el funcionamiento y administración del mercado municipal de San Sebastián Coatán, departamento de Huehuetenango

Acuérdase emitir y aprobar el siguiente: REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO Y ADMINISTRACIÓN DEL MERCADO MUNICIPAL DE SAN SEBASTIÁN COATÁN, DEPARTAMENTO DE HUEHUETENANGO.

EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN SEBASTIAN COATAN, DEPARTAMENTO DE HUEHUETENANGO, CERTIFICA: QUE PARA EL EFECTO HA TENIDO A LA VISTA EL LIBRO DE ACTAS DE HOJAS MOVIBLES, QUE DOCUMENTAN LAS SESIONES ORDINARIAS DEL CONCEJO MUNICIPAL, EN EL CUAL APARECE ASENTADA EL ACTA NUMERO CERO SIETE GUION DOS MIL DIECINUEVE (07-2019) DE FECHA ONCE DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE EN DONDE FUE APROBADO EL PUNTO SEPTIMO, QUE COPIADO LITERALMENTE DICE:--

SEPTIMO: El Concejo Municipal del municipio de San Sebastián Coatán, departamento de Huehuetenango en pleno,

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el artículo 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala y lo dispuesto en el artículo 35 incisos a) e i) del Código Municipal contenido en el Decreto número 12-2002 del Congreso de la República, el Gobierno Municipal corresponde con exclusividad al Concejo Municipal, el cual está facultado para emitir sus Acuerdos, Reglamentos y Ordenanzas Municipales;

CONSIDERANDO:

Que de Acuerdo con los artículos 3 y 5 del Código Municipal, en ejercicio de la autonomía que la Constitución Política de la República de Guatemala garantiza a los municipios, es facultad de las autoridades municipales, ei gobierno y administración de sus intereses, de manera eficaz y eficiente.

CONSIDERANDO:

Que la municipalidad está obligada a formular y ejecutar planes de desarrollo integral, tales formas de desarrollo deberán garantizar como mínimo el establecimiento, funcionamiento y administración de los servidos públicos, como agua potable, parques, escuelas, centros de salud, mercado y entre otros que sean apropiados y de las dimensiones proporcionales a la población y proyectados de acuerdo a la naturaleza del desarrollo,

CONSIDERANDO:

Que dentro de sus competencias corresponde al municipio el abastecimiento domiciliario de agua potable debidamente clorada, alcantarillado, alumbrado público, administración mercados; rastros; administración de cementerios y la autorización y control de los cementerios privados; recolección, tratamiento y disposición de desechos sólidos; limpieza y omato.

POR TANTO:

Con base en lo considerado y en ei ejercicio de las facultades que le confiere los artículos 253 y 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala; artículos 3,9,33,35, literales a), e i), 67,72,73,100 literal q) y 151 del Código Municipal Decreto número 12-2002 del Congreso de la República,

ACUERDA:

Emitir y aprobar el siguiente;

REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO Y ADMINISTRACIÓN DEL MERCADO MUNICIPAL DE SAN SEBASTIAN COATÁN, DEPARTAMENTO DE HUEHUETANANGO.

CAPÍTULO I Artículos 1 a 6

Artículos 1 a 6 DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1 Objeto

El presente Reglamento es de observancia general y tiene por objeto regular las condiciones y obligaciones a las que deben sujetarse los arrendatarios de los locales o áreas de comercialización en ei mercado municipal y sus alrededores, así como todas aquellas personas que hagan uso de las mismas.

Artículo 2 Propiedad del mercado

La municipalidad de San Sebastián Coatán, Departamento de Huehuetenango es propietaria del inmueble, edificio e instalaciones del mercado municipal, así como de todas [as ampliaciones y mejoras que se ejecuten en el futuro; cuyo costo total deberá figurar en el inventario municipal.

Artículo 3 Áreas de comercialización

Forma parte del presente acuerdo todos los locales ubicados en el mercado y todos los espacios que pueden utilizarse para la instalación de comercio de alimentos, medicinas, y otros servicios comprendidos en el comercio popular.

Artículo 4 Definición de arrendatario

Se denomina arrendatario a toda persona que mediante la suscripción del contrato de arrendamiento respectivo, se le asigne un área de comercialización en las instalaciones del mercado municipal.

Artículo 5 Autoridad competente

El Alcalde Municipal nombrará al Director Administrativo que será ei encargado de la administración del Mercado municipal y tendrá las funciones establecidas en el presente Reglamento.

Artículo 6 Asignación de locales y áreas de comercialización

La asignación de locales y las áreas de comercialización en el mercado municipal, corresponde a la Municipalidad de San Sebastián Coatán departamento de Huehuetenango, exclusivamente por conducto de la Dirección Administrativa, quien podrá darlas en arrendamiento a las personas que cumplan con los requisitos establecidos en el presente Reglamento!

CAPÍTULO 11 Artículos 7 a 10

Artículos 7 a 10 DE LOS LOCALES

Artículo 7

Los locales de mercado municipal serán arrendados a las personas que llenen los requisitos que se señalan y con las condiciones que especifique este Reglamento.

Artículo 8

En ningún caso se concederá a persona alguna individual ni jurídica, el uso de locales o demás instalaciones del mercado, en forma gratuita.

Artículo 9

No se aceptará la instalación de negocios sobre las calles adyacentes o en banquetas exteriores del mercado. El Juez de Asuntos Municipales o autoridad competente será la encargada de que se cumpla esta disposición. En caso de reincidencia se aplicará la sanción correspondiente.

Artículo 10

Cualquier construcción, adición o mejora que el comerciante desee efectuar en los locales del mercado, debe contar con la previa autorización del Alcalde o Concejo Municipal.

CAPÍTULO III Artículos 11 a 35

Artículos 11 a 35 ADMINISTRACIÓN DEL MERCADO

Artículo 11 Organización

Para su funcionamiento el mercado estará estructurado con las siguientes unidades.

Dirección Administrativa Recaudación Limpieza y Vigilancia

Artículo 12 Control financiero

El Director Financiero Municipal, además de sus atribuciones establecidas en el Código Municipal, controlará las actividades financieras y de recaudación que realice el Administrador del Mercado, para lo cual implantará los controles necesarios sobre todos los comercios autorizados.

El Administrador del mercado será el representante de la municipalidad y tendrá la autoridad dentro del mismo para ejecutar las fundones que se le asignen.

Artículo 13 Del Administrador

Son atribuciones de! Administrador del Mercado:

Aplicar este Reglamento en los términos legalmente estableados.

Pagar fianza por las operaciones de recaudación y retención de fondos por servicio.

La inspección sanitaria cuando no exista persona nominada para ello. La municipalidad podrá solicitar a la Dirección de Salud Pública, que realicen ese trabajo a través de sus dependencias y representantes.

Llevar un Registro actualizado de concesionarios permanentes que incluirá lo siguiente:

Fotocopia de Documento de Identificación. Personal (DPI)

Nombres y apellidos completos.

Lugar y fecha de nacimiento.

Fotografía tamaño cédula.

Estado Civil.

Ocupación.

Dirección de su residencia.

Número y tipo de negocio.

Fecha de autorizaaon del local.

Número de identificación tributaria.

Controlará mensualmente el cumplimiento en el pago del local.

Hacer cumplir el horario de apertura y cierre que avale la municipalidad.

Velar que se limpie el mercado por las personas asignadas, al cerrar el mismo.

Rendir cuentas de acuerdo al requerimiento del Director Financiero Municipal.

Informar al Alcalde las modificaciones que necesite el mercado para su funcionamiento.

Para cualquier modificación que deba efectuarse en el mercado debe contratarse con autorización previa del alcalde Municipal.

Cualquier punto no previsto en estas funciones, será resuelto por el Alcalde Municipal.

Artículo 14 De los guardianes Son atribuciones de los guardianes:

- Reportarse en cada tumo con el Administrador.

- Cuidar y vigilar el edificio y los locales de los arrendatarios.

- Constatar antes del cierre del Mercado, que no ha quedado dentro del mismo persona alguna.

- Informar al Administrador cualquier irregularidad que observe en su tumo.

- Mantenerse alerta durante su tumo, a efecto de cumplir con eficiencia sus funciones.

- Desempeñar cualquier otra función relacionada con el cargo que le asigne la Municipalidad.

Artículo 15 De los Encargado de limpieza;

Son atribuciones del Encargado de Limpieza:

- Reportarse al iniciar labores y al terminarlas con el Administrador.

- Limpiar diariamente el Mercado.

- Recogerla basura y depositarla en lugares establecidos para tal fin.

- Reportar cualquier anomalía que observe en el interior del Mercado y exterior del...

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