Reglamento de estacionamientos municipales del municipio de San Miguel Petapa, departamento de Guatemala

CONSIDERANDO

Que es de suma importancia regular la administración de los Estacionamientos Municipales, así como velar por el cumplimiento de tas ordenanzas aplicables.

CONSIDERANDO

Que es intensión de la Municipalidad habilitar espacios municipales para la utilización del vecino del Municipio para facilitar su acceso a las instalaciones municipales brindando un servicio eficiente.

PORTANTO

Con base en los artículos 253,254 y 255 de la Constitución Política de la República de Guatemala; y en usó de las facultades contenidas en los artículos 1,2,3,33 y 35 inciso (i) del Código Municipal, el Concejo Municipal de la Municipalidad de San Miguel Petapa,

ACUERDA:

Aprobar el siguiente:

REGLAMENTO DE ESTACIONAMIENTOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SAN MIGUEL PETAPA

DEPARTAMENTO DE GUATEMALA

CAPÍTULO 1
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 24
ARTÍCULO 1 Naturaleza.

El Reglamento de Estacionamientos Municipales de la Municipalidad de San Miguel Petapa, en adelante El Reglamento” o Reglamento, es un instrumento orientado a regular la administración de los estacionamientos municipales, así como los criterios para un eficiente funcionamiento de los trabajadores municipales a cargo de los mismos.

ARTÍCULO 2 Objeto.

El presente Reglamento tiene por objeto normar la administración de los estacionamientos municipales, incluyendo la actividad de ingreso, estacionamiento y guarda de vehículos privados, en las pareas que se definan para éste efecto dentro del Municipio de San Miguel Petapa.

ARTÍCULO 3 Uso de los Estacionamientos Municipales.

Los Estacionamientos Municipales localizados en el Municipio de San Miguel Petapa son de uso público, siendo responsabilidad de su administración la Municipalidad de San Miguel Petapa.

ARTÍCULO 4 Propiedad de los Estacionamientos Municipales.

La Municipalidad de San Miguel Petapa del Departamento de Guatemala, es propietaria de cada uno de los témenos, edificaciones e instalaciones públicas de Parqueo Municipal.

CAPITULO II Artículos 5 a 9

ADMINISTRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS ESTACIONAMIENTOS MUNICIPALES

ARTÍCULO 5 Administración.

Para la administración, vigilancia y cuidado de los estacionamientos Municipales, se tendrá que nombrar a los trabajadores municipales de acuerdo a los puestos establecidos en el Manual de Organización y Funciones de la Municipalidad, cuya facultad compete al Alcalde Municipal como máxima autoridad administrativa.

ARTÍCULO 6 Funciones de la Administración de cada Estacionamiento Municipal.

Corresponde a la Administración de cada Estacionamiento Municipal a la Policía Municipal, quien deberá realizar las siguientes funciones:

  1. Abrir y cenar las puertas del Estacionamientos Municipales a las horas señaladas en el horario ordinario y extraordinario cuando se trate de actividades solemnes;

  2. Vigilar las instalaciones de cada Estacionamiento Municipal e informar de las anomalías que observe al Director de la Policía Municipal;

  3. Indicar a cada piloto de vehículo que ingrese en donde puede estacionar el vehículo y que el mismo debe ser estacionado de retroceso.

  4. Verificar que cada piloto cuente en el momento de su ingreso con un ticket en el cual este marcada la hora de su acceso al Estacionamiento.

  5. Realizar rondas para supervisar las instalaciones del Estacionamiento para verificar que no se encuentren personas ajenas a los trabajadores municipales o a los propietarios de los vehículos estacionados.

  6. No permitir el retiro de ningún vehículo que no cuente con el ticket respectivo. Si en su caso el mismo fuera extraviado debe de resolver su inconveniente en las ventanillas de pago de la Dirección de Administración Financiera Integrada Municipal.

  7. Supervisar que se realicen en forma adecuada las reparaciones y obras de cualquier índole que se requieran en los mismos.

  8. Reservar el derecho de admisión a los Estacionamientos Municipales de cualquier persona que a su juicio pudiere poner el peligro la tranquilidad o bien atentare contra la moral o las buenas costumbres;

  9. Velar porque todos los espacios de estacionamiento estén señalizados con el número que le corresponde, y que fas áreas de acceso estén señalizadas de forma que se facilite su circulación.

  10. Restringir la permanencia o presencia de vendedores de ninguna clase de productos y el expendio de alimentos y/o bebidas de cualquier tipo en el...

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