Reglamento para la administración y el uso del parqueo municipal La Polvora, del municipio de Antigua Guatemala, departamento de Sacatepéquez

MUNICIPALIDAD DE ANTIGUA GUATEMALA, DEPARTAMENTO DE SACATEPÉQUEZ

Acuérdase emitir el siguiente: REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACIÓN Y EL USO DEL PARQUEO MUNICIPAL LA POLVORA DEL MUNICIPIO DE ANTIGUA GUATEMALA, DEPARTAMENTO DE SACATEPÉQUEZ.

CERTIFICA:

Haber tenido a la vista el libro de Actas del Concejo Municipal en el cual aparece el acta número veintidós guión dos mil veinte (22-2020) de fecha dos de marzo del dos mil veinte, punto décimo, Que en su pade conducente, textualmente dice: ;-

LOS MIEMBROS DEL CONCEJO MUNICIPAL DE ANTIGUA GUATEMALA, ACUERDAN: I) APROBAR REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACIÓN Y EL USO DEL PARQUEO MUNICIPAL LA POLVORA DEL MUNICIPIO DE ANTIGUA GUATEMALA, DEPARTAMENTO DE SACATEPEQUEZ, el cual se detalla a continuación: EL CONCEJO MUNICIPAL DE ANTIGUA GUATEMALA, DEPARTAMENTO DE SACATEPEQUEZ

CONSIDERANDO:

Que el artículo 253 de la Constitución Política de la República, establece que los municipios de la República de Guatemala, son instituciones autónomas. Entre otras (unciones les corresponde obtener y disponer de sus recursos, y atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios; para lo que emitirán las ordenanzas y reglamentos respectivos.

CONSIDERANDO:

Que el artículo 67 del Código Municipal establece Gestión de intereses del municipio. El municipio, para la gestión de \ sirs intereses y en el ámbito de sus competencias puede promover toda clase de actividades económicas, sociales, culturales, ambientales, y prestar cuantos servicios contribuyan a mejorar la calidad de vida, a satisfacer las .-necesidades y aspiraciones de la población del municipio, y que el artículo 34. Reglamentos intemos. El Concejo Municipal emitirá su propio reglamento intemo de organización y funcionamiento, los reglamentos y ordenanzas para la organización y funcionamiento de sus oficinas, así como el reglamento de persona!, reglamento de viáticos y demás disposiciones que garanticen la buena marcha de la administración municipal.

CONSIDERANDO:

Que en el Municipio de Antigua Guatemala se cuenta con varias áreas destinadas para uso de parqueo municipal y que para poder prestar un buen servicio de calidad y transparencia a los vecinos es necesario contar con un reglamento que regule su uso del mismo.

POR TANTO:

El Concejo Municipal, con base en lo considerado y en uso de las facultades que le confieren los artículos 254 y 255 de la Constitución Política de la República de Guatemala; y de lo que para el efecto establecen los artículos 3,9,33, 34,35 inciso i) y 67 del Código Municipal, por unanimidad.

ACUERDA:

Emitir el siguiente:

REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACIÓN Y EL USO DEL PARQUEO MUNICIPAL LA POLVORA DEL MUNICIPIO DE ANTIGUA GUATEMALA, DEPARTAMENTO DE SACATEPEQUEZ

CAPÍTULO I Artículo 2

GENERAUDADES

ARTÍCUL01. OBJETO. El presente reglamento es de observancia general, es decir, aplica a lodos los habitantes del municipio que hagan uso o visiten las instalaciones de tos parqueos municipales, sean Nacionales o Extranjeros; y tiene como objeto regular el uso de tos mismos, o bien lugares definidos por emergencia como tal.

ARTICULO 2 SIGNIFICADO DE TERMINOS, Para efectos de aplicación de este reglamento, se establecen tos términos siguientes:
  1. Administración: Serán las personas nombradas por el Alcalde Municipal; conformada por el Encargado del parqueo Municipal La Pólvora, el personal administrativo, operativo y de seguridad quienes serán empleados municipales de carrera, serán contralados por el Departamento de Recursos Humanos con la aprobación del Alcalde Municipal.

  2. Seguridad: Serán las personas contratadas por el Departamento de Recursos Humanos, y estarán a cargo de velar por el orden y seguridad dentro de las instalaciones y en las periferias del edificio; debiendo resguardar tos bienes de tos arrendatarios, tos arrendatarios mismos y los usuarios que hagan uso de las instalaciones. El cuerpo de Seguridad será compuesto por: Guardianes quienes realizarán su trabajo por las noches; y la Policía Municipal, quienes realizarán su trabajo por el día.

  3. Usuario: Son todas las personas que hacen uso de las instalaciones del parqueo Municipal La Pólvora, con el objeto de realizar sus transacciones comerciales de compra de productos.

  4. Áreas de Parqueo: áreas propiedad de la Municipalidad de Antigua Guatemala, habilitadas para aparcar, vehículos livianos, pickups, microbuses, vans, mlni yan, vehículos de transporte de mercancías hasta un máximo de 3.5 toneladas y buses.

  5. Comprobante de Pago: Este será expedido por la máquina instalada en el parqueo, la cual hará el cobro automático según la fracción de ilempo utilizado o bien por recibo autorizado por la Contraloria General de Cuentas que extiende el Encargado de la Ganta Municipal o Cobrador Municipal por concepto de ingreso y estacionamiento a las áreas de parqueo,

CAPÍTULO II Artículo 3

DEL ÁMBITO DE APLICACIÓN

ARTICULO 3 AMBITO DE APLICACIÓN

El presente Reglamento es de aplicación general, el cual servirá para la administración de las...

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