Reglamento para la administración y el uso del parqueo municipal La Polvora, del municipio de Antigua Guatemala, departamento de Sacatepéquez
MUNICIPALIDAD DE ANTIGUA GUATEMALA, DEPARTAMENTO DE SACATEPÉQUEZ
Acuérdase emitir el siguiente: REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACIÓN Y EL USO DEL PARQUEO MUNICIPAL LA POLVORA DEL MUNICIPIO DE ANTIGUA GUATEMALA, DEPARTAMENTO DE SACATEPÉQUEZ.
CERTIFICA:
Haber tenido a la vista el libro de Actas del Concejo Municipal en el cual aparece el acta número veintidós guión dos mil veinte (22-2020) de fecha dos de marzo del dos mil veinte, punto décimo, Que en su pade conducente, textualmente dice: ;-
LOS MIEMBROS DEL CONCEJO MUNICIPAL DE ANTIGUA GUATEMALA, ACUERDAN: I) APROBAR REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACIÓN Y EL USO DEL PARQUEO MUNICIPAL LA POLVORA DEL MUNICIPIO DE ANTIGUA GUATEMALA, DEPARTAMENTO DE SACATEPEQUEZ, el cual se detalla a continuación: EL CONCEJO MUNICIPAL DE ANTIGUA GUATEMALA, DEPARTAMENTO DE SACATEPEQUEZ
CONSIDERANDO:
Que el artículo 253 de la Constitución Política de la República, establece que los municipios de la República de Guatemala, son instituciones autónomas. Entre otras (unciones les corresponde obtener y disponer de sus recursos, y atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios; para lo que emitirán las ordenanzas y reglamentos respectivos.
CONSIDERANDO:
Que el artículo 67 del Código Municipal establece Gestión de intereses del municipio. El municipio, para la gestión de \ sirs intereses y en el ámbito de sus competencias puede promover toda clase de actividades económicas, sociales, culturales, ambientales, y prestar cuantos servicios contribuyan a mejorar la calidad de vida, a satisfacer las .-necesidades y aspiraciones de la población del municipio, y que el artículo 34. Reglamentos intemos. El Concejo Municipal emitirá su propio reglamento intemo de organización y funcionamiento, los reglamentos y ordenanzas para la organización y funcionamiento de sus oficinas, así como el reglamento de persona!, reglamento de viáticos y demás disposiciones que garanticen la buena marcha de la administración municipal.
CONSIDERANDO:
Que en el Municipio de Antigua Guatemala se cuenta con varias áreas destinadas para uso de parqueo municipal y que para poder prestar un buen servicio de calidad y transparencia a los vecinos es necesario contar con un reglamento que regule su uso del mismo.
POR TANTO:
El Concejo Municipal, con base en lo considerado y en uso de las facultades que le confieren los artículos 254 y 255 de la Constitución Política de la República de Guatemala; y de lo que para el efecto establecen los artículos 3,9,33, 34,35 inciso i) y 67 del Código Municipal, por unanimidad.
ACUERDA:
Emitir el siguiente:
REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACIÓN Y EL USO DEL PARQUEO MUNICIPAL LA POLVORA DEL MUNICIPIO DE ANTIGUA GUATEMALA, DEPARTAMENTO DE SACATEPEQUEZ
GENERAUDADES
ARTÍCUL01. OBJETO. El presente reglamento es de observancia general, es decir, aplica a lodos los habitantes del municipio que hagan uso o visiten las instalaciones de tos parqueos municipales, sean Nacionales o Extranjeros; y tiene como objeto regular el uso de tos mismos, o bien lugares definidos por emergencia como tal.
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Administración: Serán las personas nombradas por el Alcalde Municipal; conformada por el Encargado del parqueo Municipal La Pólvora, el personal administrativo, operativo y de seguridad quienes serán empleados municipales de carrera, serán contralados por el Departamento de Recursos Humanos con la aprobación del Alcalde Municipal.
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Seguridad: Serán las personas contratadas por el Departamento de Recursos Humanos, y estarán a cargo de velar por el orden y seguridad dentro de las instalaciones y en las periferias del edificio; debiendo resguardar tos bienes de tos arrendatarios, tos arrendatarios mismos y los usuarios que hagan uso de las instalaciones. El cuerpo de Seguridad será compuesto por: Guardianes quienes realizarán su trabajo por las noches; y la Policía Municipal, quienes realizarán su trabajo por el día.
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Usuario: Son todas las personas que hacen uso de las instalaciones del parqueo Municipal La Pólvora, con el objeto de realizar sus transacciones comerciales de compra de productos.
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Áreas de Parqueo: áreas propiedad de la Municipalidad de Antigua Guatemala, habilitadas para aparcar, vehículos livianos, pickups, microbuses, vans, mlni yan, vehículos de transporte de mercancías hasta un máximo de 3.5 toneladas y buses.
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Comprobante de Pago: Este será expedido por la máquina instalada en el parqueo, la cual hará el cobro automático según la fracción de ilempo utilizado o bien por recibo autorizado por la Contraloria General de Cuentas que extiende el Encargado de la Ganta Municipal o Cobrador Municipal por concepto de ingreso y estacionamiento a las áreas de parqueo,
DEL ÁMBITO DE APLICACIÓN
El presente Reglamento es de aplicación general, el cual servirá para la administración de las...
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