Reglamento para la administración, recolección, transporte y funcionamiento del servicio de desechos y residuos sólidos

Acuerda emitir el REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACION, RECOLECCION, TRANSPORTE Y FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO DE DESECHOS Y RESIDUOS SÓLIDOS. TREN DE ASEO MUNICIPAL PACHALUM QUICHE:

LA INFRASCRITA SECRETARIA MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE PACHALUM, DEPARTAMENTO DE QUICHE

CERTIFICA: que para el efecto tiene a la vista el punto TERCERO del Acta número seis del año dos mil dieciocho, de la Sesión Publica Extraordinaria del Honorable Concejo Municipal de Pachalum, departamento de Quiché, celebrada el veinticuatro de agosto de dos mil dieciocho, el cual en su parte conducente dice:

TERCERO; REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACION, RECOLECCION, TRANSPORTE Y FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO DE DESECHOS Y RESIDUOS SOLIDOS. TREN DE ASEO MUNICIPAL PACHALUM QUICHE. DISPOSICIONES GENERALES Y OPERACIÓN- DEL SERVICIO. EL CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO PACHALUM, DEPARTAMENTO DE QUICHE. CONSIDERANDO: El presente Reglamento es de observancia general en el Municipio de Pachalum Departamento de Quiché, sus disposiciones en cuanto al manejó y recolección de los residuos sólidos municipales son servicios de carácter público e interés social que compete exclusivamente a las Municipalidades, cuyo propósito es la recolección y manejo ordenado de los residuos sólidos, así como el transporte hacía los lugares definidos específicamente por la Municipalidad y el tratamiento de conformidad con las normas especificas. CONSIDERANDO: Que corresponde exclusivamente a la Corporación Municipal la deliberación y decisión del gobierno y administración del municipio y dentro de sus funciones esta emitir ordenanzas y reglamentos que establezcan y regulen la prestación de los servicios públicos a su cargo. CONSIDERANDO: Que el artículo 253 de la Constitución Política de la República establece que los municipios de la República de Guatemala son instituciones autónomas. Entre otras funciones Ies corresponde obtener y disponer de sus recursos, atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios. CONSIDERANDO: Que el artículo 68 inciso a) del Código Municipal establece que es una competencia propia del municipio formular y coordinar políticas, planes y programas relativos a la recolección, tratamiento y disposición final de desechos y residuos sólidos hasta su disposición final. CONSIDERANDO; Que en el municipio de Pachalum no se cuenta con un reglamento que regule este servicio, por lo que es necesario regularlo. POR TANTO: Con fundamento en lo considerado y que para el efecto preceptúan los artículos 253,255, 259 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 9,11,17,22,23,151,161,162, del Código Municipal por unanimidad. ACUERDA: Aprobar el siguiente: REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACION, RECOLECCION, TRANSPORTÉ Y FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO DE DESECHOS Y RESIDUOS SOLIDOS.TREN DE ASEO MUNICIPAL PACHALUM QUICHE.

TÍTULO ÚNICO
DISPOSICIONES GENERALES Y OPERACIÓN DEL SERVICIO
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 14
Artículo 1 Objetivo

El siguiente; reglamento tiene por objeto regularla prestación del servicio de recolección, transporte, tratamiento y disposición final de desechos y residuos sólidos en el Municipio de Pachalum.

Artículo 2 Del servicio

El servicio de recolección, transporte tratamiento y disposición final de desechos y residuos sólidos son competencia de ja comuna municipal, la cual está obligada a realizarla. Si existiere algún inconveniente el Concejo Municipal, podrá aprobar su prestación en forma mancomunada o concesionario a personas individuales o jurídicas, conforme lo estipulado en los artículos 73, 74 y 75 del Código Municipal.

Artículo 3 Responsable

La Responsabilidad de velar por el cumplimiento del presente reglamento estará bajo el cargo de la oficina Municipal de Servicios Públicos, quien velara para que el reglamento se aplique correctamente sin ninguna excepción.

Artículo 4 De la suscripción al servicio

Para un servicio eficiente de la recolección de los desechas sólidos y evitar la proliferación de basureros clandestinos, los propietarios, arrendatarios o usufructuarios de inmuebles en el área urbana se suscribirán de forma obligatoria y sin excepción alguna, pagando la tasa previamente establecida de forma mensual, según lo establecido por el Concejo Municipal, independientemente hagan o no uso del mismo. Quedando de la siguiente manera: Uso doméstico: unifamiliar de Q. 25.00 a Q.100.00; Comercial (Hoteles, Centros Comerciales, Carnicerías, y otros establecimientos que produzcan iguales volúmenes de desechos de Q. 40.00 a Q. 300.00.

Artículo 5 Áreas públicas

Cada vecino deberá mantener limpia la acera y la calle frente a su casa, y le corresponderá a la Municipalidad hacer el barrido y recolección de la basura, tanto en los mercados municipales, parques, y demás áreas públicas municipales.

CAPÍTULO II Artículos 6 a 14

OPERACIÓN DEL SERVICIO

Artículo 6 Administración del servicio por la Municipalidad

La oficina Municipal de Servicios Públicos deberá: a) Mantener informado al Alcalde Municipal y al Juez de Asuntos Municipales sobre las irregularidades de acuerdo con los preceptos establecidos en el presente reglamento previa verificación y documentación, b) Estar pendiente del cumplimiento del presente reglamento, c) Realizar un POA anual necesario para cumplir con sus obligaciones, el cual se adjuntara al de la oficina de servicios públicos, d) Establecer un itinerario donde esté incluido el horario, rutas etc, por donde se recolectarán los desechos sólidos, e) Estar pendiente que el servicio se preste de forma ordenada y eficientemente, f) Llevar un registro de los usuarios dónde incluya el nombre DPI y lugar de ubicación de las casas, g) Estarán bajo su cargo la coordinación de los empleados municipales, los cuales serán los encargados de prestar, los servicios, h) Velar por que los desechos sólidos no se queden tirados en la calle cuando se transporten a su lugar de destino, i) Informar a donde correspondan y existiera violación a este reglamento.

Artículo 7 Del Servicio por parte de las empresas Concesionadas

Si la recolección de Desechos Sólidos, se diera a empresas en forma de concesión, deberán presentar a la Municipalidad específicamente a la...

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