Se reforma el reglamento de agua potable de Aldea Plan Grande

La Infrascrita Secretaría Municipal de Palencia. Municipio del Departamento de Guatemala.

CERTIFICA:

Que para el efecto tiene a la vista el libro de Actas Ordinarias del Concejo Municipal, autorizado por la Contraloría General de Cuentas, en el que aparece inscrita; la que en sus puntos conducentes dice:

ACTA NÚMERO 52-2019: Sesión pública ordinaria celebrada por el Concejo Municipal el día martes treinta de julio de dos mil diecinueve (30/07/2019) Presidida por el señor Alcaide Municipal, Guadalupe Alberto Reyes Aguilar. Con la asistencia de los Síndicos Municipales Primero y Segundo Señores Emeterio Rodas Aguilar y Mateo Fernando Pineda Paz y de los Concejales del Primero al Quinto en su orden: Tobías de Jesús Gómez Alvizures, Ramiro Tercero Aquino, Vilmer Alfredo Mijangos Reyes, Abel de Jesús Gómez Cifuentes y Marta Lidia Osorio del Cid de Montenegro; así también se encuentra presente la Secretaria Municipal Sonia Deynira Aquino Montenegro. Siendo las dieciséis horas treinta y ocho minutos se procedió como sigue:

DÉCIMO QUINTO: EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE PALENCIA, DEL DEPARTAMENTO DE GUATEMALA

CONSIDERANDO:

Que por mandamiento constitucional, los municipios de la República de Guatemala, son instituciones autónomas, que entre otras funciones les corresponde atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios y para los efectos correspondientes emitirá las ordenanzas y reglamento respectivo.

CONSIDERANDO:

Que este Concejo tiene competencia para emitir las ordenanzas y reglamentos de su municipio, ejecutarlos y hacerlos ejecutar, así como ordenar la autorización e inspección de la construcción de obras públicas y privadas, la fijación de rentas de los bienes municipales y de tasas por servicios públicos locales.

CONSIDERANDO:

Que la Municipalidad tiene como obligación el desarrollo en el mejoramiento de las condiciones de vida de la población, propiciando la mejora continua de sus servicios para beneficio de sus contribuyentes.

POR TANTO:

En uso de las facultades que le confieren los artículos 253 incisos b, c, 254,255 y 260 de la Constitución de la República de Guatemala, Artículos 3, 7, 9, 33, 35 incisos a, e, i, 42...

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