Reforma a la Ley de Apoyo social temporal a los consumidores de gas propano, Decreto No. 45-2022 del Congreso de la República de Guatemala

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de la República de Guatemala, reconoce que el régimen económico y social se funda en principios de justicia social, siendo obligación del Estado orientar la economía nacional para lograr la utilización de los recursos naturales, para incrementar la riqueza y tratar de lograr el pleno empleo y la equitativa distribución del ingreso nacional.

CONSIDERANDO:

Que como consecuencia del constante aumento de los precios del Gas Propano (Gas Licuado de Petróleo -GLP-), resultado de la variación de los precios internacionales, el Congreso de la República de Guatemala emitió el Decreto Número 45-2022, Ley de Apoyo Social Temporal a los Consumidores de Gas Propano, por medio del cual se estableció un apoyo social temporal por dos (2) meses a los consumidores de Gas Propano (Gas Licuado de Petróleo -GLP-), envasado en cilindros con capacidad de diez (10), veinte (20), veinticinco (25) y treinta y cinco (35) libras, con el propósito de beneficiar a la población guatemalteca que consume dicho producto.

CONSIDERANDO:

Que los precios internacionales del Gas Propano (Gas Licuado de Petróleo -GLP-), continúan al alza y se prevé que se mantenga así por los próximos meses, por lo que se hace necesario prorrogar la vigencia del apoyo social temporal a fin de beneficiar a los hogares guatemaltecos con recursos limitados.

POR TANTO:

En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171 literal a) de la Constitución Política de la República de Guatemala,

DECRETA:

La siguiente:

REFORMA A LA LEY DE APOYO SOCIAL TEMPORAL A LOS CONSUMIDORES DE GAS PROPANO, DECRETO NÚMERO 45-2022 DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA

Artículo 1 Se reforma el...

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