Plan de tasas, rentas, multas y otros tributos del municipio de Cajolá, departamento de Quetzaltenango
MUNICIPALIDAD DE CAJOLÁ, DEPARTAMENTO DE QUETZALTENANGO
Acuérdase aprobar el PLAN DE TASAS, RENTAS, MULTAS Y OTROS TRIBUTOS DEL MUNICIPIO DE CAJÓLÁ, DEPARTAMENTO DE QUETZALTENANGO.
El Infrascrito Secretario Municipal del Municipio de Cajolá, departamento de Quetzaltenango
CERTIFICA:
Que tiene a la vista el libro de Hojas Móviles de Sesiones Ordinarias del Concejo Municipal con Registro número QTZ-463-2017, Autorizado por la Contraloría General de Cuentas de Quetzaltenango, con fecha ocho de agosto de dos mil diecisiete (08-08-2017), en el que aparece el punto: SEGUNDO: del acta número veintiuno guión dos mil dieciocho (21-2018) de fecha veinticuatro de mayo del año dos mil dieciocho (24-05-2018) y que copiado su punto conducente preceptúa:
SEGUNDO: El Honorable Concejo Municipal sesionante de la municipalidad del municipio de Cajolá, departamento de Quetzaltenango.
CONSIDERANDO:
Que el artículo 253 de la Constitución Política de la República, establece que los municipios de la República de Guatemala, son instituciones autónomas. Entre otras funciones les corresponde obtener y disponer de sus recursos; y atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios.
CONSIDERANDO:
Que el articulo 72 del Código Municipal establece que el municipio debe regular y prestar los servicios públicos municipales, por lo tanto tiene competencia para establecerlos, mantenerlos, ampliarlos y mejorarlos, garantizando un funcionamiento eficaz, seguro y continuo, para lo que tiene la facultad de determinar y cobrar tasas y contribuciones equitativas y justas. Las tasas y contribuciones deberán ser fijadas atendiendo a los costos de operación, mantenimiento y mejoramiento de calidad y cobertura de servicios.
CONSIDERANDO:
Que el plan de tasas Administrativas del Municipio de Cajolá, incluye las tasas por servicios y que fue aprobado desde el año de 1982 por lo que ya sus valores son obsoletos y no son suficientes para que la municipalidad para cubrir los costos de prestación de los servicios administrativos y públicos municipales.
POR TANTO:
En uso de las facultades que le confieren los artículos 253, 254, 255 y 257 de la Constitución Política de la República de Guatemala artículos 3, 33, 34, 35 literal i), 40, 68, 72, 100 y 101 del Decreto No. 12-2002 Código Municipal.
ACUERDA:
I) Aprobar el PLAN DE TASAS, RENTAS, MULTAS Y OTROS TRIBUTOS DEL MUNICIPIO DE CAJOLÁ, DEPARTAMENTO DE QUETZALTENANGO.
II) El presente acuerdo debe publicarse en el Diario de Centroamérica y surtirá efecto el días siguiente de su publicación.
III) Se ordena a Secretaria Municipal a transcribirse el presente Acuerdo Municipal y compulsar certificación del mismo a donde corresponda.
(Fs) Señor Juan Gómez López Alcalde Municipal.Ilegible; Señor Ricardo Huinil Castro, Síndico Primero. Ilegible; Señor Lorenzo Huinil Méndez, sindico Segundo.Ilegible; Señor Sabino Marcelino López López, Concejal Primero. Ilegible; Señor Armando Vail Pérez, Concejal Segundo.Ilegible; Señor Manuel Vásquez López, Concejal Tercero.Ilegible; señor Jaime Alejandro Pérez Alonzo, Concejal cuarto. Ilegible; y Luis Miguel Barrios Salvatierra, Secretario Municipal.Ilegible. Están los sellos de alcaldía y secretaría, municipal respectivamente. CERTIFICO: Luis Miguel Barrios Salvatierra.- Secretario Municipal.
DE LAS TASAS, RENTAS Y MULTAS
El presente Plan de Tasas, Rentas, Multas Y Otros Tributos es de observancia general y tiene por objeto regular la prestación de los servicios públicos municipales en el Municipio de Cajolá, Departamento de Quetzaltenango.
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Por cada solvencia municipal que se extiende Q. 25.00
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Por cada certificación que se extienda Q. 25.00
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Por cada constancia de residencia Q. 10.00
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Por cada carta de Avecindamiento Q. 10.00
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Por extensión de guía de conducción de semovientes Q. 50.00
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Por registro de fierro para marcar ganado Q. 2.25.00
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Por venta de formularios varios Q. 25.Ó0
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Por venta de formularios para cotización Q. 1,500.00
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Por venta de formularios para licitación: Q. 2,000.00
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Por cada fotocopia Q. 1.00
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Por cada declaración jurada realizada ante el secretario municipal Q. 50.00
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Instalación de rótulos en vías públicas de acuerdo a la siguiente descripción:
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Rótulos voladizos apoyados en lugares públicos municipales, cincuenta quetzales (Q. 50.00) al año por metro cuadrado.
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Los voladizos apoyados en fachadas o marquesinas, cinco quetzales (Q. 5.00) al año por metro cuadrado.
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En sombras colocadas en paradas de autobuses, cincuenta quetzales (Q. 50.00) al año por metro cuadrado o fracción.
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En puentes, pasarelas o similares cincuenta quetzales (Q. 50.00) por metro cuadrado al mes.
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En aceras, cincuenta quetzales (Q. 50.00) al año por metro...
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