Mantener vigentes las disipaciones contenidas en los Acuerdos Ministeriales número 105-2020, 106-2020, 107-2020 y 108-2020 del Ministerio de Energía y Minas

MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS

ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 114-2020

Guatemala, 13 de abril de 2020

EL MINISTRO DE ENERGÍA Y MINAS

CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que el Estada de Guatemala se organiza para proteger a la persona y a la familia; su fin supremo es la realización del bien común, siendo deber del mismo garantizarle a los habitantes de la República la vida, la libertad, la justicia, la seguridad, la paz y el desarrollo integral de la persona, protegiendo la vida humana desde su concepción, así como la integridad y la seguridad de la persona.

CONSIDERANDO

Que según el artículo 2 de la Constitución Política de la República de Guatemala, el principio de seguridad jurídica consiste en la confianza que tiene el ciudadano, dentro de un. Estado de Derecho, hacia el ordenamiento jurídico, es decir, hacia el conjunto de leyes que garantizan su seguridad, y demanda que dicha legislación sea coherente e inteligible; en tal virtud, las autoridades en el ejercicio de sus facultades legales, deben actuar observando dicho principio, respetando las leyes vigentes, principalmente la ley fundamental.

CONSIDERANDO

Que conforme el Decreto Gubernativo número 6-2020 del Presidente de la República en Consejo de Ministros de fecha 21 de marzo de 2020, publicado el 22 de marzo de 2020 que reformó el Decreto Gubernativo número 5-2020 y el Decreto Gubernativo número 7-2020 del Presidente de la República en Consejo de Ministros de fecha 24 de marzo de 2020, publicado el 25 de marzo de 2020, en el que se prorroga el plazo...

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