Acuerdo No. CD-INACIF-20-2018.- Reglamento de Administración de Puestos y Salarios del Instituto Nacional de Ciencias Forenses de Guatemala

EL CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO NACIONAL DE CIENCIAS FORENSES DE GUATEMALA

CONSIDERANDO

Que el artículo 108 de la Constitución Política de la República de Guatemala, establece que las relaciones del Estado y sus entidades descentralizadas o autónomas con sus trabajadores, se rigen por la Ley del Servicio Civil, con excepción de aquellas que se rijan por leyes o disposiciones propias de dichas entidades.

CONSIDERANDO

Que mediante el Decreto 32-2006 del Congreso de la República, el Instituto Nacional de Ciencias Forenses de Guatemala fue creado, como una institución auxiliar de la administración de justicia, con autonomía funcional, personalidad jurídica, patrimonio propio y con competencia a nivel nacional. Tiene como finalidad principal la prestación del servicio de investigación científica de forma independiente y la responsabilidad de la emisión de los dictámenes técnicos científicos.

CONSIDERANDO

Que es responsabilidad del Instituto Nacional de Ciencias Forenses de Guatemala, y proteger la dignidad de los trabajadores, remunerando el correcto desempeño de los cargos públicos en forma justa y decorosa; por lo que, se debe desarrollar un instrumento técnico, ordenado, coherente y actualizado que regule, desarrolle y garantice la Carrera Forense y Administrativa, que como resultado fortalezca la institucionalidad, garantizando la transparencia en los procesos de reclutamiento de persona), clasifica de puestos y escala salarial.

POR TANTO

En el ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 8, literal f) y con fundamento en el artículo 19, literales a), c), g); y los artículos 32, y 36 de la Ley, Orgánica del Instituto Nacional de Ciencias Forenses de Guatemala.

ACUERDA

Emitir el siguiente

REGLAMENTO DE ADMINISTRACIÓN DE PUESTOS Y SALARIOS DEL INSTITUTO NACIONAL DE CIENCIAS FORENSES DE GUATEMALA

TÍTULO I CAPÍTULO ÚNICO
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 18
ARTICULO 1 Objeto.

El presente Reglamento tiene como objeto establecer las normas que regulen la Carrera Forense y Administrativa a través de la Clasificación de Puestos y de Salarios, del Instituto Nacional de Ciencias Forenses de Guatemala, en armonía con el Manual de Clasificación de Puestos y Salarios.

Para los efectos del presente reglamento se podrá utilizar la abreviatura - INACIF para referirse al Instituto Nacional de Ciencias Forenses de Guatemala.

ARTÍCULO 2 Aplicación.

La aplicación del presente Reglamento corresponde a la Dirección General a través de la Unidad de Recursos Humanos del INACIF.

ARTÍCULO 3 Ámbito de Aplicación.

Las disposiciones contenidas en el presente Reglamento regulan la administración y asignación de los puestos de carácter permanente con cargo a la partida presupuestaria renglón Q. 11 y para trabajadores nombrados o contratados bajo los renglones presupuestarios Q. 21 y Q. 22.

ARTÍCULO 4 Definiciones Generales.

Para la eficaz aplicación del presente Reglamento en materia de la Clasificación de Puestos, los términos técnicos a utilizar, son los siguientes:

Manual de Clasificación de Puestos y Salarios: instrumento técnico que determina como mínimo,, la denominación, funciones, requisitos,

responsabilidades, preparación académica, experiencia adquirida y otras habilidades y aptitudes, que tienen asignados los diferentes puestos de trabajo, así como el salario correspondiente.

Clasificación de Puestos: Ordenamiento y agrupación homogénea de los puestos contenidos en el Manual de Clasificación de Puestos y Salarios del INACIF, sobre la base de las funciones y atribuciones, deberes y responsabilidades de cada puesto, a fin de asignarles la denominación más adecuada por su naturaleza.

Descripción del Puesto: Documento que contiene la denominación del puesto así como su naturaleza, serie, clase, requisitos y funciones, código, versión, vigencia, asignación salarial,, área funcional y los aspectos que considere :

necesarios la Unidad de Recursos Humanos para favorecer la especialización de los puestos de acuerdo a las necesidades institucionales.

Denominación: Nombre del puesto de trabajo integrado por un conjunto de funciones, atribuciones, obligaciones y competencias para desempeñarlos.

Plaza: Espacio presupuestario para cada puesto de trabajo asignado a las diferentes dependencias que integran la estructura organizativa del INACIF.

Serie de Puesto: identifica a un grupo de puestos similares como resultado del proceso de análisis de las actividades y tareas, los cuales son valuados en función de sus deberes y responsabilidades, de manera que la denominación descriptiva se utilice con claridad para designar a cada puesto perteneciente a la categoría.

Clase de puestos: Conjunto de dos o más puestos que tienen similitud en cuanto a la naturaleza del trabajo, pero que difieren en cuanto a la complejidad, grado de dificultad, responsabilidad y nivel de autoridad, lo cual se expresa con números romanos, en forma ascendente partiendo de f, como nivel inferior.

Escala de Salarios: instrumento técnico, que define las asignaciones salariales con base en la naturaleza, serie y clase de puesto de trabajo.

ARTÍCULO 5 Instrumentos Técnicos.

Además de las disposiciones del presente Reglamento, los instrumentos que regulan la administración del personal del INACIF son:

  1. Ley Orgánica del Instituto Nacional de Ciencias...

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