Acuerdo No. 32-2022.- Se suprime la competencia en materia de trabajo del Juzgado de Primera Instancia de Trabajo y Previsión Social y de Familia, del municipio de Coatepeque

CONSIDERANDO

Que es deber del Estado garantizar a los habitantes de la República la justicia, la seguridad y la paz. Que para el cumplimiento de estos deberes los ciudadanos deben tener acceso a órganos jurisdiccionales que por su jerarquía y ubicación geográfica tengan competencia para resolver sus pretensiones jurídicas.

CONSIDERANDO

Que es facultad de la Corte Suprema de Justicia emitir las disposiciones que estime pertinentes para hacer efectivo el acceso a la justicia, mediante la creación de órganos jurisdiccionales que conozcan específicamente los conflictos de Trabajo y Previsión Social. En ese sentido, se hace necesario la supresión de la competencia en materia de trabajo del Juzgado de Primera Instancia de Trabajo y Previsión Social y de Familia, del municipio de Coatepeque, del departamento de Quetzaltenango y la creación del Juzgado de Primera Instancia de Trabajo y Previsión Social, del municipio de Coatepeque, del departamento de Quetzaltenango; garantizando con ello el buen funcionamiento de cada uno de los órganos jurisdiccionales y distribuir la competencia por razón de la materia y del territorio, con el objeto de asegurar y resguardar las necesidades de la población.

POR TANTO

Con base en lo considerado y lo que preceptúan los artículos Z203, 205, 207 y 214 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 53 y 54 literales á) y f), 57, 58...

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