Acuerdo No. 16-2024.- Se modifica la competencia establecida en el artículo 3 del Acuerdo 19-97, modificado mediante el artículo 1 del Acuerdo 34-2023



CONSIDERANDO

Que es -prioridad de esta Corte contar con tribunales que contribuyan a una administración de justicia pronta y cumplida, de conformidad con lo contemplado en el articulo 207 de la Constitución Política de la República de Guatemala.

CONSIDERANDO:

Derivado del incremento en la cantidad de expedientes laborales del departamento de Guatemala, se hace necesaria la modificación de competencia de las Salas Primera, Segunda, Tercera, Quinta y Sexta de la Corte de Apelaciones de Trabajo y Previsión Social del departamento de Guatemala, con el fin de agilizar la administración de justicia.

POR TANTO:

En ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 203, 204 y 205, de la Constitución Política de la República de • Guatemala; 51, 52, 54 literales a) y f) , y 86, de la Ley del Organismo Judicial, Decreto número 2-89; Acta número 60-2023 de la Corte Suprema de Justicia del 21 de noviembre del año 2023.

ACUERDA:

Artículo 1 Se modifica la competencia establecida en el artículo 3 del Acuerdo 19-97, modificado mediante el artículo 1 del Acuerdo 34-2023, ambos de la Corte Suprema de Justicia, de la manera siguiente:
  1. Sala Primera de la Corte de Apelaciones de Trabajo y Previsión Social: conocerá en segunda instancia los asuntos provenientes de:

    1. Juzgado Cuarto Pluripersonal de Primera Instancia de Trabajo y Previsión Social.

    2. Juzgado Undécimo Pluripersonal de Primera Instancia de Trabajo y Previsión Social.

    3. Juzgado Duodécimo Pluripersonal de Primera Instancia de Trabajo y Previsión Social. -

  2. Sala Segunda de la Corte de Apelaciones de Trabajo y Previsión Social: conocerá en segunda instancia los asuntos provenientes de:

    1. Juzgado Primero Pluripersonal de Primera Instancia de Trabajo y Previsión Social.

    2. Juzgado Décimo Pluripersonal de Primera Instancia de Trabajo y Previsión Social.

    3. Juzgado Pluripersonal de Trabajo y Previsión Social para la Admisión de Demandas del departamento de. Guatemala.

    4. Juzgado de Primera Instancia de Faltas Laborales dél departamento de Guatemala.

  3. Sala Tercera de la Corte de Apelaciones de Trabajo y...

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