Acuerdo Ministerial No. 3386-2018.- Crea el Sistema Nacional de Formación laboral en los subsistemas de educación escolar y extraescolar o paralela del Ministerio de Educación

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN

CONSIDERANDO

Que, la Constitución Política de la República de Guatemala, determina que la educación tiene como fin primordial el desarrollo integral de la persona humana, el conocimiento de la realidad, la cultura nacional y universal. La educación científica, la tecnológica y la humanística constituyen objetivos que el.Estado deberá orientar y ampliar permanentemente. Debiendo promover la educación especial, la diversificada y la extraescolar.

CONSIDERANDO

Que, la Ley de Educación Nacional establece que, uno de los fines de la educación en Guatemala es proporcionar una formación basada en principios humanos, científicos, técnicos, culturales y espirituales que formen integralmente, al educando, lo preparen para el trabajo, la convivencia social y le permita el acceso a otros niveles de vida, así como promover y fomentar la educación sistemática del adulto. Además de crear, mantener e incrementar centros de educación con orientación ocupacional y fomentar la formación técnica y profesional de acuerdo con la vocación de la región.

CONSIDERANDO

Que, es competencia del Ministerio de Educación, formar ciudadanos con conciencia critica de la realidad guatemalteca en función de un proceso histórico para que, asumiéndola, participen activa y responsablemente en la búsqueda de soluciones económicas, sociales, políticas, humanas y justas. El presente acuerdo por ser de interés del Estado, su publicación deberá realizarse sin costo alguno.

POR TANTO

En el ejercicio de las facultades, que le confieren los Artículos 72, 74, 81,194 literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 27 literales a) y m), 33 literales a) y c) de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala; artículos 1, 2, 6,7, 8,10,28, 30,45, 62,64,75, 77 Ley de Educación Nacional, Decreto Legislativo Número 12-91 del Congreso de la República de Guatemala; 2 y 11 del Acuerdo Gubernativo Número 165-96, Creación de las Direcciones Departamentales de Educación; y 12 del Acuerdo Gubernativo Número 225-2008, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Educación.

ACUERDA

CREAR EL SISTEMA NACIONAL DE FORMACIÓN LABORAL EN LOS SUBSISTEMAS DE EDUCACIÓN ESCOLAR Y EXTRAESCOLAR O PARALELA DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN

CAPÍTULO I Artículos 1 a 6

NATURALEZA Y OBJETIVOS

ARTÍCULO 1 Creación

Se crea el Sistema nacional de formación laboral Sinafol que será implementado en los Subsistemas de Educación Escolar y Extraescolar o Paralela en el país.

ARTÍCULO 2 Naturaleza y definición

El Sinafol es la estructura que gestiona y articula los sectores gobierno, productivo y agentes sociales para definir e implementar políticas y estrategias que orienten la educación y formación técnica laboral en el país, a través de procesos de normalización, formación, evaluación y certificación de competencias laborales, de emprendimiento y ciudadanía en un contexto de aprendizaje permanente.

ARTÍCULO 3 Educación y formación técnica laboral

Es un proceso flexible, perfectible, dinámico y participativo que desarrolla competencias para la vida y el trabajo, el emprendimiento y el desarrollo sostenible, respondiendo a la vocación productiva y social del contexto geográfico en donde estén situados los centros de formación escolar y extraescolar.

ARTÍCULO 4 Objetivos
  1. Mejorar los programas de formación técnica laboral y vocacional que se desarrollan en el Nivel de Educación Media del Subsistema de Educación Escolar y en los programas del Subsistema de Educación Extraescolar o Paralela.

  2. Disminuir la brecha entre la oferta formativa y la demanda productiva.

  3. Diseñar la oferta formativa, asociada a familias ocupacionales y cualificaciones laborales.

  4. Acreditar y...

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