Acuerdo Ministerial No. 06-2024.- Procedimiento administrativo para la contabilización de emisiones de gases de efecto invernadero para el inventario nacional de emisiones

EL MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINASCONSIDERANDO:Que la República cié Guatemala ratificó el Protocolo cié Kioto cíe la Convención Marco cié las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático el 1O de julio de 1998 a través del Decreto Número 23-99 del Congreso de la República, así mismo ratificó mediante el Decreto Número A8-2O16 del Congreso de la República, el Acuerdo de París, a través del cual se comprometió a reducir sus emisiones totales de gases efecto invernadero y a contribuir en el objetivo de limitar el aumento de la temperatura mundial para el año 2030. Que se ha presentado ante la Secretaría de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático la actualización de la Contribución Nacionalmente Determinada (CND, NDC por sus siglas en inglés), y dentro de ellas, una de las medidas de mitigación príorizadas en el sector de energía es la movilidad sosten i ble, que incluye el uso del Alcohol Carburante en las gasolinas.CONSIDERANDO:Que la Ley Marco para regular la reducción de la vulnerabilidad, la adaptación obligatoria ante los efectos del Cambio Climático y la Mitigación de Gases de Efecto Invernadero, Decreto 7-2013 del Congreso de la República, regula la creación del sistema de información sobre Cambio Climático, así mismo estipula que todas ias entidades públicas y privadas deberán proporcionar la información directamente relacionada con cambio climático, especialmente, en cuanto a emisiones y reducción de gases de efecto invernadero, vulnerabilidad y adaptación al cambio climático que solicite el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales, necesaria para las comunicaciones nacionales a que está obligado el país.CONSIDERANDO:Que el artículo 5 del Reglamento General de la Ley de Alcohol Carburante, Acuerdo Gubernativo 1S9-2O23, define como una función del Departamento de Alcohol Carburante llevar el registro y control de los datos de la reducción de gases de efecto invernadero en el sector transporte, como producto de la mezcla de alcohol carburante, con las gasolinas en el país, mediante la aplicación de los valores por defecto aprobados por la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo de la Unión Europea, relativa al fomento del uso de la energía procedente de fuentes renovables (Directiva Energía Renovable II en su Anexo V, inciso Ay D).CONSIDERANDO:Que de conformidad con lo establecido en el artículo 33, literal "E" del Acuerdo Gubernativo 159-2023, ei Ministerio de Energía y Minas emitirá las Normas Técnicas que regulen...

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