Acuerdo Gubernativo No. 92-2020.- Se crea el Astillero Naval, para formar parte de la Fuerza de Mar del Ejército de Guatemala, específicamente en Santo Tomás de Castilla, Izabal el cual dependerá tanto administrativamente como operacionalmente de la Comandancia de la Marina de la Defensa Nacional, Ministerio de la Defensa Nacional de Guatemala

MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONAL

ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 92-2020

Guatemala, 1 7 de ¡ulio de 2020

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO

Que de conformidad con la Constitución Política de la República de Guatemala, establece que es deber del Estado, garantizar a Jos habitantes de la República la vida, la libertad, la justicia, la seguridad, la paz y el desarrollo integral de la persona y que el Ejército de Guatemala, es una institución destinada a mantener la independencia, la soberanía y el honor de Guatemala; la integridad del territorio, la paz y la seguridad interior y exterior.

CONSIDERANDO

Que de conformidad con lo establecido en el Decreto 72-90 Ley Constitutiva del Ejercito, es función del Ministerio de la Defensa Nacional, disponer la adquisición, construcción, mantenimiento y acondicionamiento de edificios, fortificaciones, aeródromos, facilidades navales y demás instalaciones militares; con el objeto de modernizar, transformar y ampliar las capacidades del Ejército de Guatemala dentro de los cuales se encuentran los astilleros navales los cuales son necesarios para el cumplimiento de su misión y los compromisos internacionales contraídos por el Estado en materia Marítima. Teniendo dentro de sus prioridades la Fuerza de Mar del Ejército de Guatemala el proporcionar el mantenimiento y reparación de las unidades navales necesarias para el desarrollo de las operaciones que realiza, para poder cumplir con los fines regulados en la Constitución Política de la República y demás leyes y reglamentos le asignan.

POR TANTO /

En ejercicio de las funciones que le confiere el,Artículo 183 incisos a) y e) de la Constitución Política de la República de Guatemala y Artículo 27 inciso J del Decreto Número 114-97 Ley del Organismo Ejecutivo.

ACUERDA

Artículo 1 Creación

Se crea el Astillero Naval, para formar parte de la Fuerza de Mar del Ejército de Guatemala, específicamente en Santo Tomás de Castilla, Izabal, el cual dependerá tanto administrativa como operacíonalmente de la Comandancia de la Marina de la Defensa Nacional, Ministerio de la Defensa Nacional de Guatemala.

Artículo 2 Objeto

El- Astillero Naval, tiene por objeto prestar los servicios de mantenimiento, reparación, diseño y construcción de...

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