Acuerdo Gubernativo No. 15-2024.- Crear el Programa para fortalecimiento de los objetivos de las escuelas técnicas de campo para la alimentación escolar

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDOQue la Constitución Política de la República de Guatemala establece que es obligación del Estado proporcionar y facilitar educación a sus habitantes, sin discriminación alguna y que la educación tiene como fin primordial el desarrollo integral de la persona humana, el conocimiento de la realidad, la cultura nacional y universal.CONSIDERANDOQue el Plan Nacional de Desarrollo K'atun, Nuestra Guatemala 2032, articula las políticas, planes, programas, proyectos e inversiones, constituyendo de esa forma el ciclo de gestión del desarrollo, el cual pretende mediante la ejecución del conjunto de lincamientos planteados, que la relación entre democracia, desarrollo y derechos humanos se consolide, con la finalidad de lograr transformaciones sociales y económicas, así como el fortalecimiento del Estado; al respecto, los ejes establecidos en el Plan relacionado, como “Bienestar para la gente", que comprende los aspectos vinculados con el desarrollo social, de manera integral e involucra en sus prioridades, la universalidad de la protección social y la equidad, para generar así resultados de desarrollo que garanticen la sostenibilidad de los medios de vida de la población; y “Riqueza para todos y todas", que determina, asegurar el desarrollo económico en función del bienestar de las personas, cuyo objetivo es crear condiciones que dinamicen las actividades económicas productivas actuales y potenciales para generar acceso a fuentes de empleo y autoempleo digno e ingresos que permitan la cobertura de las necesidades de la persona y 1a familia. En ese sentido, el Ministerio de Educación, con la finalidad que los egresados de las Escuelas Técnicas de Campo para la Alimentación Escolar cuenten con las aptitudes necesarias para el desarrollo y estímulo para el desarrollo de la economía local, por medio de la tecnificación de procesos agropecuarios, considera oportuno que sea emitida la presente disposición legal, la cual es de estricto interés del Estado.POR TANTOEn ejercicio de las funciones que le confiere el Artículo 183, literal e) de la Constitución Política de la República de Guatemala.ACUERDACREAR EL PROGRAMA PARA EL FORTALECIMIENTO DE LOS OBJETIVOS DE LAS ESCUELAS TÉCNICAS DE CAMPO PARA LA ALIMENTACIÓN ESCOLARARTÍCUL01. Creación y objetivo. Se crea el Programa para el Fortalecimiento de los Objetivos de las Escuelas Técnicas de Campo para la Alimentación Escolar -ETCAE-, el...

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