Acta No. 2-2018.- Modificación al PLAN DE TASAS, RENTAS, LICENCIAS, SERVICIOS, PRECIOS, PRODUCTOS, MULTAS Y DEMAS TRIBUTOS DEL MUNICIPIO DE SAN AGUSTÍN ACASAGUASTLÁN DEL DEPARTAMENTO DE EL PROGRESO

EL INFRASCRITO SECRETARIO DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN AGUSTIN ACASAGUASTLAN DEL DEPARTAMENTO DE EL PROGRESO. CERTIFICA: Que para el efecto tuvo a la vista el libro de actas de Sesiones Públicas ordinarias número noventa (90) en el que se encuentra el Acta número 02-2018, de fecha diecisiete de enero de año dos mil dieciocho, la que en el Punto VIGESIMO: Literalmente dice: “VIGESIMO: Continuando con el orden de la Agenda, a propuesta del señor Alcalde Municipal MARIO AUGUSTO CASTRO TELLES, el honorable Concejo Municipal entra a conocer el tema de la Modificación al PLAN DE TASAS, RENJAS, LICENCIAS, SERVICIOS, PRECIOS, PRODUCTOS, MULTAS Y DEMAS TRIBUTOS DEL MUNICIPIO DE SAN AGUSTÍN ACASAGUASTLÁN DEL DEPARTAMENTO DE EL PROGRESO, mismo que fue aprobado por el honorable Concejo Municipal, tal como consta en el punto CUARTO del Acta número 18-2016, de tocha treinta de marzo del año dos mil dieciséis y debidamente publicado en el Diario Oficial con fecha veintiséis de mayo del año dos mil dieciséis. Por lo que toma la palabra el señor Alcalde

Municipal MARIO AUGUSTO CASTRO TELLES, quien manifiesta que es necesario modificar el PLAN DE TASAS, RENTAS, LICENCIAS, SERVICIOS, PRECIOS, PRODUCTOS, MULTAS Y DEMAS TRIBUTOS DEL MUNICIPIO DE SAN AGUSTÍN ACASAGUASTLAN DEL DEPARTAMENTO DE EL PROGRESO en los siguientes puntos:

Articulo 3 Tasa de Servicio Municipal de recolección de desechos sólidos, (no ripio)

Por el servicio de extracción de basura, se cobrará a los usuarios una tasa mensual de: el cual esté aprobado de la siguiente manera:

  1. Servicio Doméstico Q. 10.00

  2. Servicio Comercial Q. 35.00

  3. Servicio industrial Q. 75.00

Debido a que se ha establecido que la tabla anteriormente relacionada no se ajusta a la realidad económica y de volumen de basura que se extrae de los diferentes lugares a donde se presta el servicio, se propone que se apruebe la siguiente tabla:

Articulo 3 Tasa de Servicio Municipal de recolección de desechos sólidos, (no ripio) Por el servicio de extracción de basura, se cobrará a los usuarios una tasa de:
  1. Servido Doméstico (mensual) Q. 5.00

  2. Servido Comercial (mensual) Q. 50.00

  3. Servicio industrial (diario) Q. 50.00

Asimismo se propone la modificación del numeral 18 del Articulo 1; el cual está aprobado de la siguiente manera;

Articulo 1

Tasas administrativas

Por la prestación de servicios administrativos y registros se cobrarán las siguientes tasas;

18 Por Certificaciones de autorización y adjudicación de bienes inmuebles Q...

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