Acta No. 047/2018.- Regular el uso, venta, distribución y comercialización de bolsas plásticas, pajillas plásticas, duroport y sus derivados, y plásticos desechables NO biodegradables, dentro del Municipio de Santa Lucia Utatlán

CERTIFICA: Tener a la vista el libro de Actas del Honorable Concejo Municipal, en el cual aparece suscrita el ACTA NUMERO 047/2.018, de Sesión Publica Extraordinaria del Concejo Municipal, de fecha 18 de Julio de 2,018, y en ella el punto que copiado literalmente dice:

DÉCIMO: ACUERDO DE PROHIBICIÓN DEL USO Y DISTRIBUCIÓN DE UTENSILIOS PLÁSTICOS DESECHABLES BOLSAS PLÁSTICAS, PAJILLAS PLASTICAS, PLATOS Y VASOS DE DUROPOR, PLÁSTICOS DESECHABLES, EN EL MUNICIPIO DE SANTA LUCÍA UTATLAN, SOLOLÁ.

El Honorable Concejo Municipal, del Municipio de Santa Luda Utatlán, del Departamento de Sololá, reunido en el Salón de Sesiones del Palacio Municipal:

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de República de Guatemala establece que el Estado, las Municipalidades, y los habitantes del territorio nacional están obligados a propiciar el desarrollo económico y tecnológico que prevenga la contaminación del medio ambiente y mantenga el equilibrio ecológico, y que además declara de interés nacional la conservación, protección y mejoramiento del patrimonio natural de la Nación.

CONSIDERANDO:

Que siendo el Lago de Atitlán un activo ambiental de relevante importancia nacional dentro de la seguridad hídrica del país, y que sufre ya una grave contaminación en sus aguas y su entorno, que requiere de acciones inmediatas para el cuidado integral del mismo, que conlleve a la ejecución de programas y proyectos orientados a garantizar la preservación, conservación y protección del medio ambiente y del equilibrio ecológico del Lago de Atitlán y su entorno.

CONSIDERANDO:

Que según lo define el Código de Salud, corresponde a las municipalidades la prestación de los servicios de limpieza o recolección, tratamiento y disposición de los desechos sólidos, de acuerdo con las leyes específicas y en cumplimiento de las normas sanitarias aplicables. Así mismo, el Código Municipal establece que es competencia propia del municipio el formular y coordinar políticas, planes, programas, proyectos y acciones relativos a la recolección, tratamiento y disposición final de desechos y residuos sólidos hasta su disposición final.

CONSIDERANDO:

Que es un menester y una demanda de la población del municipio de Santa Lucía Utatlán, Sololá, así como de los vecinos de la cuenca del Lago de Atitlán, reducir los niveles de contaminación generados por el uso de bolsas plásticas, pajillas plásticas, duroport, y sus derivados, dado a que los daños que causan sobre los ecosistemas naturales del Lago y...

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