Sentencia nº 1849-2019 de Juzgado Décimo Cuarto Pluripersonal de Trabajo y Previsión Social, 18 de Octubre de 2022

PresidenteContrato Individual de Trabajo; Exhibición de Documentos; Incomparecencia de la parte Actora; Ajuste Salarial; Despido Directo; Terminación del Contrato de Trabajo; Confesión Fícta; Principio de Justicia Social; Rebeldía
Fecha de Resolución18 de Octubre de 2022
EmisorJuzgado Décimo Cuarto Pluripersonal de Trabajo y Previsión Social

10/08/2022 - LABORAL

1849-2019

JUICIO ORDINARIO LABORAL No. 01173-2019-01849 Of.

JUZGADO DÉCIMO CUARTO PLURIPERSONAL DE TRABAJO Y PREVISIÓNSOCIAL.Guatemala, dieciocho de octubre del año dos mil veintidós.

Se tiene a la vista para dictarSENTENCIAdel Juicio Ordinario Laboral arriba identificado, promovido porR.G. CARRERAen contra de la entidadGRUPO UNO DE SEGURIDAD, SOCIEDAD ANÓNIMAy del señorJ.A.H.G. PROPIETARIO INDIVIDUAL DE LA EMPRESA MERCANTIL GRUPO UNO,quien actuó por medio de su Mandataria General Judicial con Representación con cláusula EspecialA.C.G.Q. de H..El actor es de datos de identificación personal conocidos en autos, con domicilio en el departamento del El Progreso, compareció bajo el Asesoramiento legal, Dirección y Procuración de los Abogados K.D.P.M. y de la Abogada C.B.M.M.. La mandataria del demandado es de datos de identificación personal conocidos en juicio, de este domicilio, compareció bajo el asesoramiento legal, Dirección y Procuración del Abogado M.O.S.D.. La entidad demandada y el demandado no comparecieron a audiencia no obstante estar debidamente notificados de conformidad con la ley.

CLASE Y TIPO DE PROCESO: El presente proceso es de conocimiento, de naturaleza ordinaria laboral.

OBJETO DEL PROCESO: Establecer si a la parte actora le corresponde el derecho al pago de prestaciones laborales de indemnización, compensación en efectivo de vacaciones, aguinaldo, bonificación anual para los trabajadores del sector privado y público, bonificación incentiva, ajuste salarial, salarios pendientes de pago, daños y perjuicios y costas judiciales que reclamó en su demanda.

Del estudio de lo actuado aparecen los siguientes resúmenes:

DE LA DEMANDA: Manifestó la parte actora que inició relación laboral con la demandada entidad demandada y el demandado eluno de febrero del dos mil quincefinalizando la misma eldiez de febrero del dos mil diecinueve, pordespido directo e injustificado. Continuó indicando que se desempeñó el puesto de Agente de Seguridad, por la naturaleza del trabajo no estuvo sujeto a una jornada ordinaria de trabajo, laboró de lunes a domingo, doce horas continuas de trabajo y doce horas continuas de descanso. Señaló que devengó un salario promedio mensual durante el tiempo que duró la relación laboral deDOS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA QUETZALES. En virtud de lo anterior reclamó el pago de: a) Indemnización; b) Compensación en efectivo de Vacaciones; c) Aguinaldo; d) Bonificación anual para los trabajadores del sector privado y público; e) Bonificación Incentivo; f) Ajuste Salarial; g) Salarios pendientes de pago; h) Daños y Perjuicios; i) Costas Judiciales. La parte actora hizo sus peticiones de trámite y de fondo de conformidad con la ley y ofreció sus medios de prueba.

DE LA CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA:la entidad demandada y el demandado no contestaron la demanda por su incomparecencia a la audiencia celebrada el dieciocho de febrero del dos mil veintiuno.

DE LOS HECHOS SUJETOS A PRUEBA: a) La existencia de la relación laboral entre la parte actora y demandada; b) La fecha de inicio y finalización de la relación laboral; c) la omisión por parte de la demandada del pago de las prestaciones laborales reclamadas por la parte actora; d) la forma de finalización de la relación laboral.

DE LOS MEDIOS DE PRUEBA:POR LA PARTE ACTORA:I) Confesión Judicial;II) Informe: solicitado a la Dirección General de Servicios de Seguridad Privada, obrante en autos; III) Documental:a)Fotocopia de fotografía autenticada en donde aparece el actor portando el uniforme de la entidad Grupo Uno;III) Exhibición de Documentos por parte de los demandados:a)Contrato individual de trabajo suscrito entre las partes, debidamente sellado por la dependencia respectiva del Ministerio de Trabajo;b)Recibos firmados por el actor en el que conste que los demandados le cancelaron las prestaciones laborales que reclamó en su demandada;c)Libro de salarios debidamente autorizado por la Inspección General de Trabajo;d)Reglamento Interior de Trabajo;e)Fotocopia simple de llamadas de atención aceptadas y firmadas por el actor;f)Constancia laboral emitida por la entidad demandada y el demandado;g)Exhibición y devolución del carné del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social, IV) Presunciones legales y humanas;POR PARTE DE LOS DEMANDADOS: Por la incomparecencia de la entidad demandada y del demandado, a la audiencia de juicio oral señalada no aportaron medios de prueba.

CONSIDERANDO: El artículo 18 del Código de Trabajoestablece que el contrato individual de trabajo, sea cual fuere su denominación, es el vínculo económico-jurídico mediante el que una persona (trabajador), queda obligada a prestar a otra (patrono), sus...

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