Sentencia nº 4922-2020 de Juzgado Segundo Pluripersonal de 1ª Instancia de Trabajo y Previsión Social, 13 de Mayo de 2021

PresidenteDerechos Irrenunciables; Terminación del Contrato de Trabajo; Despido Directo; Contrato Individual de Trabajo; Abandono de Labores
Fecha de Resolución13 de Mayo de 2021
EmisorJuzgado Segundo Pluripersonal de Primera Instancia de Trabajo y Previsión Social

13/05/2021 – LABORAL

4922-2020

JUICIO ORDINARIO LABORAL NÚMERO 01173-2020-04922 OF. 5°.

JUZGADO SEGUNDO PLURIPERSONAL DE PRIMERA INSTANCIA DE TRABAJOY PREVISIÓN SOCIAL. Guatemala, trece de mayo de dos mil veintiuno.

Se tiene a la vista para dictar Sentencia el Juicio arriba identificado, promovido por R.Q.I. en contra de SECURITY PROFESSIONAL SYSTEMS, SOCIEDAD ANÓNIMA. Las partes son de este domicilio y civilmente capaces para comparecer en juicio. La parte actora compareció a juicio asesorado por el abogado J.R.M.L.. Mientras que la parte demandada, compareció a través de su Gerente Administrativo y R.L.E.A.L. de León, quien compareció asesorado por el abogado J.A. de León

Maldonado.

CLASE Y TIPO DE PROCESO: El presente proceso es de conocimiento, de naturaleza ordinaria laboral.

OBJETO DEL PROCESO: Establecer si el actor fue despedido de manera directa e injustificadamente y si a consecuencia de ello tiene derecho al pago de indemnización, daños y perjuicios y costas judiciales, así mismo el pago de las prestaciones consistentes en: vacaciones, aguinaldo, B. anual para trabajadores del sector privado y público y salarios pendientes de pago.

RESUMEN DE LOS HECHOS CONTENIDOS EN EL MEMORIAL DE DEMANDA:La parte actora en su memorial inicial de demanda manifestó, que inició su relación laboral el quince de enero del año dos mil diecinueve y finalizo el día ocho de junio del año dos mil veinte, por despido directo e injustificado, la jornada laboral fue por turnos de doce horas continuas por doce horas de descanso, el salario devengado durante los últimos seis meses de la relación laboral fue de tres mil setenta y cinco quetzales con diez centavos, el lugar donde desempeño sus funciones fue en las instalaciones de la entidad demandada ubicada en la diecinueve calle diez guion cincuenta y ocho zona doce colonia la Reformita. Ofreció sus medios de prueba y realizó sus peticiones correspondientes.

RESUMEN DE LA CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA Y DE LA OPOSICIÓN DE LA MISMA: Laparte demandada contestó la demanda en sentido negativo, oponiéndose a la pretensión hecha por la parte actora, al considerar que las peticiones de la parte actora carecen de apego a la verdad y a la realidad, intentando aparentar un despido directo e injustificado cuando en realidad se configuro un abandono de labores en virtud de la naturaleza de la forma en que finalizó la relación que sostuvieron las partes, la parte actora se ausentó de sus labores los días ocho, nueve y diez de junio de dos mil veinte. En ese sentido la misma no se ajusta a los preceptos fácticos y legales que se evidencian dentro de la solicitud de la parte actora. Ofreció sus medios de prueba.

DE LOS HECHOS SUJETOS A PRUEBA:Estuvieron sujetos a prueba los hechos siguientes: a) Establecer si fue despedido de manera directa e injustificadamente y si a consecuencia de ello tiene derecho al pago de indemnización, daños y perjuicios y costas judiciales, así mismo el pago de las prestaciones consistentes en: vacaciones, aguinaldo, B. anual para trabajadores del sector privado y público y salarios pendientes de pago.

DEL OFRECIMIENTO Y DILIGENCIAMIENTO DE LOS MEDIOS DE PRUEBA: I) POR LA PARTE ACTORA: Para demostrar los hechos aducidos en la demanda, la parte actora ofreció los medios probatorios que se diligenciaron, siendo los siguientes:A) DOCUMENTOS:a) Copia de gafete de identificación laboral; b) Copia de la tarjeta de ahorro;B) EXHIBICIÓN DE DOCUMENTOS: a) Copia de libros de salarios; b) Copias de libros de salarios de contabilidad; c) Contrato de trabajo suscrito entre las partes. La parte demandada únicamente exhibió el contrato de trabajo y no así la demás documentación requerida por el Juzgador.C) CONFESIÓN JUDICIAL; medio de prueba que se diligenció en la audiencia respectivaD) PRESUNCIONES LEGALES Y HUMANAS:que de los hechos probados se deriven.

I) POR LA PARTE DEMANDADA: A) DOCUMENTOS: a) constancia de goce de vacaciones del periodo dos mil diecinueve guion dos mil veinte; b) contrato individual de trabajo; c) constancia de pago de aguinaldo del años dos mil diecinueve; constancia de pago de bonificación anual par trabajadores del sector privado y público; d) Memorándum de fecha ocho de junio de dos mil veinte; e) Memorándum de fecha nueve de junio de dos mil veinte; f) Memorándum de fecha diez de junio de dos mil veinte; f) Memorándum de fecha diez de junio de dos mil veinte B)CONFESIÓN JUDICIAL: medio de prueba que se diligencio en la audiencia respectiva;C) PRESUNCIONES LEGALES Y HUMANAS.

CONSIDERANDO:El artículo 18 del Código de Trabajo establece que el contrato individual de trabajo, sea cual fuere su denominación, es el vínculo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR