Sentencia nº 320-2017 de Juzgado de 1ª Instancia de Trabajo de Cobán, Alta Verapaz, 4 de Septiembre de 2017

PresidenteDespido Directo; Contrato Individual de Trabajo
Fecha de Resolución 4 de Septiembre de 2017
EmisorJuzgado de Primera Instancia de Trabajo de Cobán, Alta Verapaz

04/09/2017 - LABORAL

320-2017

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL Y DE LO ECONOMICO COACTIVO DEL DEPARTAMENTO DE ALTA VERAPAZ, COBAN, CUATRO DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL DIECISIETE.

Para dictar sentencia, se trae a la vista el expediente identificado arriba, que promueveR.B.C.en contra deE.D.M.. El demandante es de este domicilio, actúa con la asesoría de los abogados E.O.C.V. y María del Rosario Winter Cú. El demandado no compareció al presente juicio. El presente proceso es de conocimiento y tiene por objeto determinar si el demandante tiene derecho al pago de las siguientes prestaciones laborales: ajuste salarial, bonificación anual para trabajadores del sector privado y público, aguinaldo, bonificación Incentivo, compensación de vacaciones, salarios caídos, costas y gastos judiciales. A continuación se hace un resumen de la demanda y su contestación.

Resumen de la demanda:El demandante manifiesta en su demanda, que con el demandado inició relación laboral mediante contrato verbal, el uno de marzo de dos mil dieciséis, se desempeñó como peón jornalero, durante los últimos seis meses que duró la relación laboral, devengó un salario de mil doscientos quetzales mensuales, y el treinta y uno de enero de dos mil diecisiete fue despedido por el demandando, sin el respectivo pago de las prestaciones laboral de ley, por lo que solicita que su demanda sea declarada con lugar y se reconozca su derecho a que el demandado le pague las siguientes prestaciones laborales: ajuste salarial, bonificación anual para trabajadores del sector privado y público, aguinaldo, bonificación Incentivo, vacaciones, salarios caídos, costas y gastos judiciales. A continuación se hace un resumen de la demanda y su contestación.

De la contestación de la demanda y del juicio oral: en la audiencia de juicio oral correspondiente, compareció únicamente el demandante, no así el demandado, por lo que se continuó el juicio sin más citarle ni oírle.De la fase conciliatoria:en esta fase no fue posible proponer fórmulas ecuánimes de arreglo, debido a la inasistencia del demandado.De la recepción de las pruebas ofrecidas por las partes. Por parte del demandante se recibió:I) DOCUMENTAL: a) fotocopia simple del documento personal de identificación del demandante; b) Fotocopia de los documentos personales de identificación de los testigos; c) fotocopia simple de la adjudicación número R uno guión mil seiscientos uno guión ciento diecisiete guión dos mil...

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