Sentencia nº 289-2017 de Sala Regional Mixta de la Corte de Apelaciones de Jalapa - Sentencia de 10 de Marzo de 2018

PonenteAgresión Sexual
PresidenteAgravación de la Pena
Fecha de Resolución10 de Marzo de 2018
EmisorSala Regional Mixta de la Corte de Apelaciones de Jalapa

10/01/2018 - PENAL

289-2017

SALA REGIONAL MIXTA DELA CORTE DEAPELACIONES DE JALAPA: JALAPA, DIEZ DE ENERO DE DOS MIL DIECIOCHO.

En nombre del pueblo dela Repúblicade Guatemala, se dicta sentencia en relación al Recurso de Apelación Especial por Motivo de Fondo de manera parcial, interpuesto por elMINISTERIO PÚBLICOa través del Agente Fiscal dela Unidadde Impugnaciones AbogadoV.R.P.B.,en contra de la sentencia de fecha dieciocho de septiembre de dos mil diecisiete, dictada porla Juez Unipersonalde Sentencia Penal Narcoactividad y Delitos Contra el Ambiente del Departamento de Jalapa, Abogado EDUARDO ALFONSO CAMPOS PAZ, dentro del proceso que se instruyó en contra de L.A.Z.R., por el delito deAGRESIÓN SEXUAL.

DE LAS PARTES QUE INTERVIENEN EN EL PROCESO:Intervienen el procesado L.A.Z.R., quien es de los datos de identificación personal ya conocidos en autos. Acusa: El Ministerio Público a través del A.F., dela Fiscalía DeSección dela Mujer, Fiscalía Distrital de J.D.E.M.R.. La defensa del acusado estuvo a cargo de los AbogadosJ.E.L. FLORES Y RUDY FERNANDO HICHO LIMA. No se constituyó Q.A., Actor Civil, ni Tercero Civilmente Demandado.

ENUNCIACIÓN DE LOS HECHOS Y CIRCUNSTANCIAS OBJETO DELA ACUSACIÓN FORMULADAPOR EL MINISTERIO PUBLICO:El Ministerio Público formuló al acusado el siguiente hecho: “Porque usted: L.A.Z.R., siendo aproximadamente entre las veintitrés horas con cincuenta minutos del día diecinueve de abril de dos mil dieciséis y las cero cero horas con diez minutos del día veinte de abril de dos mil dieciséis , cuando se encontraba en el interior de la residencia ubicada en Caserío Talquezal, Aldea Palo Verde, del municipio y Departamento de Jalapa, en un cuarto utilizado como dormitorio usted se levantó de la cama en donde también se encontraba durmiendo su conviviente (…), se pasó a la cama donde se encontraba durmiendo la menor (…), de diez años de edad, quien es hermana de su conviviente, se acostó junto a la menor, le tapó la boca y los ojos con un trapo, le quitó la falda, el bloomer, le quitó la blusa y el top que la menor vestía la agarró de las manos y se las extendió, luego le abrió las piernas y empezó a tocar con su mano la vagina de la agraviada, luego empezó a pasar su pene sobre la vagina de la víctima intentando penetrarla y empezó a moverse sobre ella durante varios minutos, luego se levantó y se pasó a la otra cama con su conviviente. Posteriormente en horas de la mañana del día veinte de abril de dos mil dieciséis, momentos antes de que la menor agraviada se dirigiera hacia la escuela usted le dijo: “CUIDADITO Y CONTAS” “MIRA NO CONTES SI NO ME LAS VA A PAGAR, TE VOY A HACER PEDACITO Y TE VOY A TIRAR A LOS CHUCHOS” posteriormente cuando la agraviada iba camino a la escuela usted le salió al paso y le dijo “ SI SEGUIS CON ESOS TUS SINTOMAS TE VOY A COMPRAR MEDICINA A ESCONDIDAS, DECILE A TU MAMA QUE TE CAISTE ABIERTA SI NO DECIS ASI TE VOY A MATAR O MATO PRIMERO A TU PAPA”. Su acción causo a la agraviada, laceración en himen con características recientes, himen no desflorado, leve edema y eritema vulvar. No presenta signos de enfermedades de transmisión sexual. No evidencia lesiones en ano. No evidencia lesiones para genitales ni extra genitales, esto según D. pericial identificada como CJAL-20016-000407, INACIF 2016-025573 de fecha Jalapa 22 de abril de 2006, porla Doctora IngridRosina Campos Rivera de G., Perito Profesional II del Instituto Nacional de Ciencias Forenses de Guatemala. La acción ejercida por el acusado permite establecer que es autor del delito de AGRESIÓN SEXUAL contemplada en el artículo 173 Bis del Código Penal.”

PARTE RESOLUTIVA DEL FALLO IMPUGNADO:El Juez Unipersonal de Sentencia Penal, Narcoactividad y Delitos Contra el Ambiente del Departamento de Jalapa al resolver por unanimidad, DECLARA: “I) Que L.A.Z.R. es autor responsable del delito consumado de AGRESIÓN SEXUAL, cometido en contra de la indemnidad sexual de la niña A.J.H.L.. II) Porla Comisiónde este delito, se impone al culpable referido la pena mínima de CINCO AÑOS DE PRISIÓN INCONMUTABLES conforme el artículo 51 del Código Penal, pena de prisión impuesta en contra del culpable en mención, la...

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