Sentencia nº 33-2006 de Juzgado de 1ª Instancia de Trabajo de Jutiapa, 21 de Septiembre de 2007

PresidenteTercera Instancia; Prescripción
Fecha de Resolución21 de Septiembre de 2007
EmisorJuzgado de Primera Instancia de Trabajo de Jutiapa

STorresNormalSTorres272007-10-25T15:41:00Z2007-10-25T15:41:00Z3444524450Organismo Judicial203572883811.5606CleanClean21falsefalsefalseMicrosoftInternetExplorer4st1\:*{behavior:url(#ieooui) }/* Style Definitions */table.MsoNormalTable{mso-style-name:"Tabla normal";mso-tstyle-rowband-size:0;mso-tstyle-colband-size:0;mso-style-noshow:yes;mso-style-parent:"";mso-padding-alt:0cm 5.4pt 0cm 5.4pt;mso-para-margin:0cm;mso-para-margin-bottom:.0001pt;mso-pagination:widow-orphan;font-size:10.0pt;font-family:"Times New Roman";mso-ansi-language:#0400;mso-fareast-language:#0400;mso-bidi-language:#0400;}

21/09/2007– LABORAL

33-2006

JUZGADO DEPRIMERA INSTANCIA DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL Y DE FAMILIA DEL DEPARTAMENTODE JUTIAPA.Jutiapa, veintiuno de septiembre de dos mil siete.

Para dictar sentencia se tiene a la vista el procesoOrdinario Laboral identificado como número treinta y tres guión dos mil siete, a cargo del oficialprimero, promovido por el señorP.P.L., en contra delESTADO DE GUATEMALA. E. tiene su domicilio en estedepartamento, y es vecino de esta ciudad, compareció bajola Dirección,procuración y auxilio de los abogadosNeryAlfonsoFloriánPeñate, J.M.C.G. y J.L.. Con posterioridad el actor fue representado por su mandatario Judicial conRepresentación, abogado J.L.P.Q.. El ESTADO DE GUATEMALA,compareció representado por las abogadas N.I.A.H. ySILVIAB.Q.G., en su carácter de D. dela Procuraduría Generaldela Nación, la primera de las nombradas, es domiciliadaen este departamento y vecina del municipioComapadel departamento de Jutiapa. La abogadaQuevedo G., tiene su domicilio en el departamento de Guatemala, actuaronbajo su propia dirección, procuración y auxilio.

CLASE YTIPO DE PROCESO, Y OBJETO SOBRE EL QUE VERSÓ:

El presente es un proceso de conocimiento, tipoordinario laboral, que versó sobre la pretensión del actor, de que El ESTADO DE GUATEMALA, CORTESUPREMA DE JUSTICIA, como entenominandor, pruebe la justa causa en que se basó su despido,y le cancele las prestaciones que segúnafirma le adeuda.

RESUMEN DELA DEMANDA:

Lo expuesto por la actora se resume así: I) Iniciórelación laboral, con la entidad demandada, mediante nombramiento porresolución dela CorteSupremade Justicia, en acta numero treinta y seis guión noventa y nueve, de fecha veintinueve deseptiembre de mil novecientos noventa y nueve, habiendo tomado posesión comoSecretario de Instancia I, en el Juzgado de Primera Instancia Penal de estedepartamento, el veintiuno de octubre de mil novecientos noventa y nueve,posteriormente fue ascendido a juez de paz III. II) Durante los últimos catorce meses sedesempeño en el cargo de Juez de Paz III, titular en el juzgado de Paz del municipiode F. del departamento de Petén.III) Durante el tiempo que se desempeñó en el cargo de Juez de Paz III,laboró permanentemente, sin descanso día y noche, incluyendo los fines desemana, por el hecho de que los jueces de paz, son considerados permanentes,para brindar un buen servicio a los usuarios y no tienen descanso reglado y nopueden ausentarse de su lugar de trabajo so pena de ser sancionados. IV) Laborópara la institución demandada, en el cargo de Juez de paz III, devengando losúltimos seis meses, un salario de NUEVE MIL QUETZALES EXACTOS, en formamensual. V) La relación laboral finalizó con el ESTADO DEGUATEMALA(ORGANISMO JUDICIAL), en virtud de haber sidodestituido porla CorteSupremade Justicia, habiendo entregado el cargo el día dosde diciembre del año dos mil cinco; cuya destitución se hizo efectiva porrecomendación que hiciera administrativamentela Juntade DisciplinaJudicial, habiendo laborado en forma continúa e ininterrumpida para la partedemandado por un lapso de SEIS AÑOS, UN MES Y DOCE DIAS. Considerando estaacción por parte de la empleadora, como un despido injustificado ya que elmotivo de la destitución fue un hecho noejerciendo su función jurisdiccional.VI) Por la relación laboral sostenida con la parte hoy demandada, leasiste el derecho al pago de las siguientes prestaciones laborales: A)INDEMNIZACIÓN: por el tiempo que duró su relación laboral, del veintiuno deoctubre de mil novecientos noventa y nueve, al uno de diciembre de dos milcinco, siendo el total del tiempo laborado de seis años, un mes y doce días,ascendiendo la cantidad de CINCUENTA Y CINCO MIL CINCUENTA QUETZALESEXACTOS. B) VENTAJAS ECONÓMICAS: L. económicas que en derecho corresponde (30%), en virtud de que comofuncionario del Organismo Judicial gozó de prerrogativas y prestacionesadicionales a las de ley, como bonificaciones, viáticos y diferido, lo cualasciende a la cantidad de DIESISEIS MIL QUINIENTOS QQUINCE QUETZALESEXACTOS. C) DAÑOS YPERJUICIOS:Los salarios dejados de percibir desde el momento de entrega del cargopor destitución por haber sido despedido injustificadamente, que a la presentefecha, suman treinta y un mil quinientos exactos., más los que se sigancausando hasta la fecha del pago efectivo de su indemnización, de conformidadcon el artículo setenta y ocho inciso b) del Código de Trabajo. D) COSTASJUDICIALES: Las que se causen atendiendo en relación con la situación final delproceso.(sic) VII)El ESTADO DE GUATEMLA (ORGANISMO JUDICIAL, se ha negado a cancelarle suindemnización mediante resolución administrativa dela PresidenciadelOrganismo Judicial de fecha dos de febrero de dos mil seis, misma que le fuenotificada con fecha trece de febrero de dos mil seis. La negativa a cancelarlesu indemnización, está basada en el artículo 40 del pacto Colectivo deCondiciones de Trabajo suscrito entre el sindicato de Trabajadores delOrganismo Judicial y el Organismo Judicial del Estado de Guatemala, sinembargo, dicho pacto no es aplicable a los jueces y que los mismos sonfuncionarios y no están sindicalizados y por lo tanto cuando se negoció dichopacto colectivo los jueces no tuvieron representación en la negociación y comoconsecuencia,.elmismo pactocolectivo no puede ser...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR