Sentencia nº 13-2008 de Juzgado de 1ª Instancia de Trabajo de Izabal, 11 de Marzo de 2008

PresidentePensión por viudez; Trabajadores del estado
Fecha de Resolución11 de Marzo de 2008
EmisorJuzgado de Primera Instancia de Trabajo de Izabal

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11/03/2008– LABORAL

13-2008

JUZGADO DEPRIMERA INSTANCIA DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL DEL DEPARTAMENTO DE IZABAL.PUERTO BARRIOS, ONCE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL OCHO.

Se tiene a la vista para emitir Sentencia dentrodel juicio Ordinario Laboral identificadoen el epígrafe, promovido por C.M.G. en contra del INSTITUTOGUATEMALTECO DE SEGURIDAD SOCIAL. La actora actúa bajo la asesoría profesionaldela AbogadaDEBORAODETHJUAREZ SOSA. La entidad demandada actúa a través de su Mandatario EspecialJudicial con Representación AbogadaEDNAJUDITHGONZALEZQUIÑONEZ. Del estudio de las actuaciones, seextraen los siguientes resúmenes:

DE LOSHECHOS EXPUESTOS EN EL MEMORIAL DEDEMANDA:La actora manifestólo siguiente: “Es el caso señor J. que el día veintiocho de septiembre delaño mil novecientos noventa y ocho contraje matrimonio con el señor M.M.U., y de esa unión procreamos dos hijos A.J.M. de cuatro años de edad y M.Á.M.M. de nueveaños de edad. Con fecha treinta y uno de diciembre del año dos mil cuatro miesposo falleció, a consecuencia de Accidente Común. Que mi esposo el ahorafallecido laboro para el Instituto de Antropología e Historia, bajo el renglóncero treinta y uno (planillas), como vigilante, iniciando labores el día uno demarzo de mil novecientos ochenta y cuatro, finalizando laborales el treinta yuno de diciembre del año dos mil cuatro, y al momento de iniciar la relacióncon dicha institución fue inscrito en el Instituto Guatemalteco de SeguridadSocial, bajo el número de afiliación ciento cincuenta trescientos cuarenta y cuatro cero cincoguión cero (15934405-0) y número patronalnoventa ciento veinticinco (90125)…al momento de su fallecimiento el devengabaun salario de mil seiscientos cincuenta y ocho quetzales con treinta y cuatrocentavos (Q.1,658.34) mismo que servía para el sostenimiento del hogar. Por talmotivo al quedarme viuda y con mis dos hijos menores de edad mevien la necesidad de solicitar ala Junta Directivadel Instituto Guatemalteco de Seguridad el servicio y pago de cobertura por elriesgo desobrevivenciaa la que conforme a derechome corresponde, el quince de noviembre del dos mil seis fui notificada de laresolución número R guión sesenta y nueve ciento treinta y ocho guión S(R-69138-S) de fecha veintisiete de septiembre del año dos mil seis en donde seme informaba...

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