Sentencia nº 27-2010 de Juzgado de 1ª Instancia de Trabajo de Jalapa, 10 de Diciembre de 2010

PresidenteFiniquito; Excepción perentoria de pago
Fecha de Resolución10 de Diciembre de 2010
EmisorJuzgado de Primera Instancia de Trabajo de Jalapa

STorresNormalSTorres2282011-04-29T16:39:00Z2011-04-29T16:39:00Z3274815115Organismo Judicial125351782811.5606CleanClean21falsefalsefalseMicrosoftInternetExplorer4/* Style Definitions */table.MsoNormalTable{mso-style-name:"Tabla normal";mso-tstyle-rowband-size:0;mso-tstyle-colband-size:0;mso-style-noshow:yes;mso-style-parent:"";mso-padding-alt:0cm 5.4pt 0cm 5.4pt;mso-para-margin:0cm;mso-para-margin-bottom:.0001pt;mso-pagination:widow-orphan;font-size:10.0pt;font-family:"Times New Roman";mso-ansi-language:#0400;mso-fareast-language:#0400;mso-bidi-language:#0400;}

10/12/2010– LABORAL

27-2010

JUZGADO DEPRIMERA INSTANCIA DE TRABAJO, PREVISIÓN SOCIAL Y DE FAMILIA DEL DEPARTAMENTO DEJALAPA, JALAPA DIEZ DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIEZ.

Se tiene a la vista para dictar sentencia el juicioordinario laboral número veintisieteguiondos mildiez (27-2010) a cargo del oficial primero de este juzgado, promovido porFLORIDALMAESTRADA CATALÁN en contra de PIZZABURGERDINERJALAPA a través desus representante legal M.S., las partes son hábiles para comparecer ajuicio, guatemaltecas, de éste domicilio, mayores de edad, le actor comparecióbajo la dirección y Procuración del LicenciadoAbnerJosué JuárezRecinosy la parte demandada compareció bajo ladirección procuración del LicenciadoRonyEstuardoDuarteRecinos.

OBJETO YNATURALEZA DEL JUICIO:

La actora pretende a través del presente juicioordinario laboral que la partedemandadale cancelea.) B.A., b) A., c.) Vacaciones; d.) SalarioExtraordinario, e.) Daños y Perjuicios.

DE LOSHECHOS EXPUESTOS EN LA DEMANDA:

La demandanteFLORIDALMAESTRADA CATALÁN expuso en su memorialdedemanda de fecha diecinueve de julio del año dos mildiez, que: A) DE LARELACIONLABORAL Y DE LARENUNCIA. Inicio relación laboral con laparte demandada el cinco de julio del año dos mil nueve, finalizando la mismael día nueve de enero del año dos mil diez. B. DEL TRABAJO REALIZADO Y SALARIODEVENGADO: La demandante indico quetrabajo para la parte demandada desempeñándose como lavaplatos devengando un salario mensual de un mil quinientosquetzales exactos (Q.1,500.00) a razón de setecientos cincuenta quetzalesquincenales (Q.750.00) en efectivo (y que incluían la bonificación Incentivo deLey).

C. DE LA JORNADA DE TRABAJO MIXTA: La demandantemanifestó que tuvo un horario de trabajo de siete a veinte horas con descansode media hora para tomar el desayuno y media hora para el almuerzo, de viernesa miércoles con descanso los jueves de cada semana. D. DEL DESPIDO: L. manifestó que fue despedida en forma directa e injustificada, elnueve de enero del año dos mil diez.

E. DE LAS PRESTACIONES RECLAMADAS: a.) BonificaciónAnual, b) A., c.) Vacaciones; d.) Salario Extraordinario, e.) Daños yPerjuicios.

RESULTA. DELA AUDIENCIA SEÑALADA PARA EL JUICIO ORAL LABORAL DE LAS PARTES:

El día de la audiencia señalada para el juicio orallaboral de las partes, del día diecisiete de septiembre del año dos mil diez, alas ocho horas con treinta minutos, comparecieron la actoraFLORIDALMAESTRADA CATALÁN y por la parte demandada comparece M.S. actoracompareció bajo la dirección y procuración de su Abogado directorAbnerJosué JuárezRecinos, y laparte demandada compareció bajo la dirección y procuración del AbogadoRonyEstuardo DuarteRecinos. E.J. identifico a los sujetos procesales conforme lo establece laley. Les fue leída íntegramente el memorial de la demanda a las partes,indicando la actoraFLORIDALMAESTRADA CATALÁN, quela ratifica en todas y cada una de su partes, por ser cierto su contenido, queno tiene ampliación ni modificación que hacerle.

RESULTA. DELA CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA:

La parte demandada: al contestar la demanda por mediode su memorial presentado en dicha audiencia el cual fue identificado en lasecretaria de este Juzgado con el número doscientos veintisiete guión dos mildiez contestándola en sentido negativo...

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