Sentencia nº 122-2011 de Sala 1ª de Apelaciones de Trabajo y Previsión Social, 30 de Agosto de 2012
Fecha de Resolución | 30 de Agosto de 2012 |
Emisor | Sala Primera de Apelaciones de Trabajo y Previsión Social |
30/08/2012 – LABORAL
122-2011
Ordinario Laboral
No. 01154-2011-00122 OFICIAL 4to.
R.G.C.L. contra CADBURY ADAMS GUATEMALA, SOCIEDAD ANÓNIMA.
SALA PRIMERA DELA CORTE DEAPELACIONES DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL:Guatemala, treinta de agosto de dos mil doce.-
En apelación y con sus antecedentes se examina la sentencia de fecha veintiuno de marzo de dos mil doce, dictada por el Juzgado Duodécimo de Trabajo y Previsión Social, en el proceso Ordinario Laboral, promovido por R.G.C.L. en contra de CADBURY ADAMS GUATEMALA, SOCIEDAD ANÓNIMA.
RESUMEN D.R.R.: “I)SIN LUGARlas excepciones perentorias de:a)IMPROCEDENCIA DE
PUNTOS DEL OBJETO DEL PROCESO:El actor reclama el pago de las siguientes prestaciones: Reajuste de indemnización, reajuste de vacaciones, reajuste de aguinaldo, reajuste de bonificación anual para trabajadores del sector privado y público, pago de bono de vehículo.
EXTRACTO DE LAS PRUEBAS APORTADAS AL PROCESO:Por la parte demandante: Confesión judicial, documentos, presunciones legales y humanas. Por la parte demandada: Confesión judicial, documentos, presunciones legales y humanas.
DE LOS ALEGATOS DE LAS PARTES:Se concedió audiencia por cuarenta y ocho horas a los recurrentes (actor y demandado) a efecto de que expresara los motivos de su inconformidad y al respecto mediante memoriales de fecha veinticuatro de julio y nueve de agosto, ambos de dos mil doce, manifestaron los agravios que les causa la sentencia apelada, respectivamente y los cuales se analizaran en la parte considerativa de la presente resolución. Se señaló día para la vista y en su alegato tanto el actor como el demandado reiteraron lo manifestado en la expresión de agravios.
CONSIDERANDO: I)En el presente caso ambas partes plantearon Recurso de Apelación en contra de la sentencia de fecha veintiuno de marzo de dos mil doce, proferida por el Juzgado DUODECIMO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL, por su parte la abogada P.A.G.G., en su calidad de MANDATARIA ESPECIAL JUDICIAL Y ADMINISTRATIVO CON REPRESENTACION de la entidad CADBURY ADAMS GUATEMALA, SOCIEDAD ANONIMA, y el actor R.G.C.S. en forma parcial, motivo por el cual esta instancia les concedió audiencia por cuarenta y ocho horas para que expresaran los motivos de inconformidad y, al evacuar la audiencia la parte demandada manifestó; a) su representada no está de acuerdo con lo considerado por el juez en cuanto a que las excepciones planteadas quedan sin materia, debido a que las cantidades descritas como Bonificación Incentivo pagadas en el mes de marzo de los últimos cinco años de la relación laboral forman parte del salario del trabajador de conformidad con el artículo 1 del convenio 95 dela Conferencia(sic) (se refiere a
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