Sentencia nº 2392-2013 de Juzgado Undécimo de Trabajo y Previsión Social de Guatemala, 24 de Junio de 2013

Fecha de Resolución24 de Junio de 2013
EmisorJuzgado Undécimo de Trabajo y Previsión Social de Guatemala

24/06/2013 - LABORAL

2392-2013

JUZGADO UNDÉCIMO DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL: Guatemala, Veinticuatro de Junio del año dos mil trece.

I.- Se tiene a la vista para dictar SENTENCIA dentro del Juicio Ordinario Laboral promovido en la vía oral por: J.L.R.R. en contra de EXPANSION CORPORATIVA MILENIUM, SOCIEDAD ANONIMA. La parte Actora compareció por medio del de los Abogados dela Dirección Generalde Fomento ala Legalidaddel Trabajador del Ministerio de Trabajo y Previsión Social. La parte Demandada no compareció a Juicio Oral, no obstante estar debidamente notificada.

CLASE, TIPO Y OBJETO DEL PROCESO: El Proceso es Ordinario Laboral, su tipo de Conocimiento o Cognición y su Objeto, determinar si al Actor le asiste el derecho al pago de la indemnización, prestaciones irrenunciables, Daños y Perjuicios. Del estudio de las actuaciones se obtienen los siguientes resúmenes:

DELA DEMANDA: Manifestó el Actor que inició la relación laboral con la entidad demandada el día siete de julio del dos mil once y finalizó la misma el día diez de diciembre del año dos mil doce, por despido directo e injustificado; que se desempeñó en el puesto de Transportista, en las instalaciones dela Empleadora, ubicada en Avenida Reforma once guión cuarenta y nueve de la zona diez, nivel dos, del Municipio de Guatemala Departamento de Guatemala; en jornada ordinaria Mixta, en el horario comprendido de cuatro horas con treinta minutos a veintiuna horas con treinta minutos, de lunes a sábado, habiendo laborado un total de dos horas semanales, y que semanalmente laborada sesenta horas extraordinarias las cuales no le fueron canceladas; devengando además un salario promedio mensual en los últimos seis meses de la relación laboral de tres mil novecientos noventa quetzales. Agotó la vía Administrativa el día once de abril del dos mil trece.

DELA CONTESTACIÓN DELA DEMANDA: No se produjo en virtud de la incomparecencia de la parte demandada a la audiencia de juicio oral.

CONCILIACIÓN: No hubo.

DE LOS HECHOS SUJETOS A PRUEBA: a) Existencia de la relación laboral entre el Actor y la entidad Demandada; b) Finalización de la relación laboral sin responsabilidad del Actor; c) Derecho del Actor a que se le paguen las prestaciones laborales cuyo pago demanda.

DE LAS PRUEBAS: Los medios de prueba ofrecidos en la demanda por la parte actora: 1.- Confesión Judicial de la parte Demandada; 2.- Fotocopias de las Actas de laS Adjudicación número R guión cero ciento uno guión...

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