Sentencia nº 545-2013 de Juzgado Segundo de Trabajo, 23 de Enero de 2014

Fecha de Resolución23 de Enero de 2014
EmisorJuzgado Segundo de Trabajo

23/01/2014 - LABORAL

545 -2013

JUZGADO SEGUNDO DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL.Guatemala, veintitrés de enero de dos mil catorce.

Se tiene a la vista para dictar SENTENCIA, del juicio en el acápite identificado, el cual fue promovido por ELMER AUGUSTO ODOÑEZ GUACAMAYA en contra de la entidad FUERZA DE SEGURIDAD PRIVADA, SOCIEDAD ANONIMA. Las partes son de este domicilio y civilmente capaces para comparecer en juicio, la parte actora no compareció a juicio y la parte demanda compareció a través de su Subgerente Administrativo y R.L.J.L.R.R. asesorado por el abogado J.C.G.A..

OBJETO Y NATURALEZA:La naturaleza del presente juicio, es de conocimiento en la vía ordinaria y tiene por objeto, establecer y declarar si al actor le asiste el derecho a la indemnización, daños y perjuicios; así como a las prestaciones de carácter irrenunciables reclamadas. De las actuaciones, se desprenden los siguientes resúmenes.

DELA DEMANDA:Manifestó el actor, que inició relación laboral con la entidad demandada el dieciocho de agosto del año dos mil diez, la cual finalizó el once veinticuatro de septiembre de dos mil doce, al haber sido despedido en forma directa e injustificadamente. Que de desempeñó en jornada especial por la naturaleza del trabajo veinticuatro horas de labor por veinticuatro horas de descanso de lunes a domingo, desempeñando el puesto de Agente de Seguridad, que durante los últimos seis meses de su relación de trabajo devengó un salario promedio mensual de Dos mil cuarenta y cuatro quetzales; de esa cuenta, reclama el pago de la indemnización y daños y perjuicios que ésta genera. Ofreció sus pruebas e hizo su petición de trámite y sentencia en forma clara y precisa.

D.C.D. DEMANDA:El Representante Legal de la entidad demandada contestó la demanda en sentido negativo argumentando para el efecto, que su representada se opone a la demanda promovida pro el actor E.A.O.G.; toda vez, que su representada debidamente facultada por la ley dio por terminada la relación laboral, por abandonó su puesto de trabajo sin justificación o sustento legal alguno, por lo que no le puede asistir el derecho a reclamar las prestaciones que aduce. Por tales razones y pruebas aportadas se opone a las pretensiones del actor concernientes al pago de Indemnización y Daños y perjuicios.DELA CONCILIACION:La misma fracaso en audiencia.HECHOS CONTROVERTIDOS EN JUICIO:a) Establecer si la parte actora fue despedida directa e injustificadamente; y, si tiene derecho al pago de...

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